7 de julio de 2016
El Constitucional anula las estructuras de Estado catalanas por unanimidad
El Constitucional anula las
estructuras de Estado catalanas por unanimidad
Los magistrados tumban los artículos de la ley aprobada por la
Generalitat que preveían una Hacienda propia
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EL PAIS - Madrid 7 JUL 2016 - 09:26 BRT
Fachada del
Tribunal Constitucional , en Madrid. EFE
El Tribunal Constitucional ha
anulado por unanimidad varios artículos de la ley con la que la Generalitat de
Cataluña pretendía regular las estructuras de un futuro e hipotético Estado
independiente. Entre los preceptos que los magistrados consideran
inconstitucionales están las disposiciones y artículos que prevén la creación
de un plan director de la Administración Tributaria de Cataluña; la elaboración
de un catálogo de infraestructuras estratégicas; el plan director relativo a
los sectores de la energía, las telecomunicaciones y los sistemas de
información y del transporte ferroviario; la creación de un Servicio
Meteorológico de Cataluña; y la limitación para el establecimiento de grandes
establecimientos comerciales en puertos públicos.
Según
fuentes jurídicas, el tribunal sí declara constitucionales,
siempre y cuando se interpreten como determina la sentencia acordada este
jueves, las disposiciones que prevén la elaboración de un inventario del
patrimonio de las administraciones públicas de Cataluña y la creación de una
Agencia catalana de Protección social.
Tras
dos días de pleno, los magistrados han llegado a un acuerdo unánime a partir
del tercer borrador de la sentencia que había elaborado el juez Santiago
Martínez Vares. La sentencia adoptada por el pleno del tribunal de garantías se
notificará en los próximos días al Gobierno catalán y al Ejecutivo central, que
fue quien la recurrió en junio de 2015 al considerar
inconstitucionales algunos preceptos de esta ley por entender que estaban pensados para sentar "las
bases" de un futuro Estado catalán independiente de España.
Los artículos
que ahora ha anulado el Constitucional están suspendidos desde que en junio de
2015 el Constitucional admitió a trámite el
recurso del Gobierno central contra la norma que las regulaba. La suspensión
fue cautelar, pero el alto tribunal acabó haciéndola firme hasta que los
magistrados se pronunciaran sobre el fondo del asunto, que es lo que han hecho
en la sentencia acordada hoy
Etiquetas:
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