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25 de enero de 2018

El Gobierno recurrirá la candidatura de Puigdemont pese al informe en contra del Consejo de Estado

El Gobierno recurrirá la candidatura de Puigdemont pese al informe en contra del Consejo de Estado
Aunque la opinión del Consejo de Estado no es vinculante, este pronunciamiento supone un duro varapalo para el Ejecutivo

EL PAIS -  Madrid 25 ENE 2018 - 17:51 BRST

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy. J. CASARES EFE

El Gobierno recurrirá ante el Tribunal Constitucional la candidatura de Carles Puigdemont a presidir la Generalitat, pese al informe negativo del Consejo de Estado. El Ejecutivo, como es preceptivo, pidió que este órgano se pronunciara sobre la decisión de impugnar la propuesta de la Mesa del Parlament para que Puigdemont sea candidato a ser investido presidente del Gobierno catalán. El Consejo de Estado respondió que no hay base legal para hacerlo. Aunque el informe no es vinculante, este pronunciamiento supone un duro varapalo para el Gobierno. 

El Consejo de Estado se ha pronunciado en contra de la impugnación de la candidatura de Puigdemont, aunque sí comparte con el Gobierno y con los letrados del Parlamento de Cataluña que el voto debe ser presencial y no telemático ni a través de otras personas.
El Gobierno no podía imaginar que esta iba a ser la respuesta del Consejo de Estado, aunque fuentes de ese órgano han señalado a EL PAÍS que no han tenido muchas dudas de que no había soporte “jurídico ni constitucional” para impugnar esa candidatura.

El Ejecutivo argumenta que el candidato Puigdemont no tiene “libertad de deambular” por España, ya que sobre él pesa una orden de detención que tendrá que ejecutarse en cuanto llegue a territorio español. Como prueba, además, señala que el presidente del Parlament, Roger Torrent, tuvo que entrevistarse con el candidato en Bruselas, y no donde se reúne con el resto de los parlamentarios electos y donde han sido convocados los parlamentarios. Es decir, en Barcelona, y en el Parlament de Cataluña. Por ello, ha decidido seguir adelante con su decisión de impugnar ante el Tribunal Constitucional, con el riesgo de que este lo rechace.

Entretanto, el presidente del Parlamento de Cataluña, Roger Torrent, mantiene el pulso con el Gobierno central, ya que su respuesta al anuncio del Ejecutivo de impugnar la candidatura de Puigdemont ha sido convocar el próximo día 30 el pleno para debatir y votar la investidura del expresidente de la Generalitat. 


28 de noviembre de 2014

El Consejo de Estado censura la fórmula para retocar la ley del aborto

El Consejo de Estado censura la fórmula para retocar la ley del aborto

Sanidad intenta incluir el cambio sobre las menores en una ley de rango inferior

Una mujer se manifiesta a favor del aborto, en Madrid / JULIAN ROJAS
El Consejo de Estado ha echado por tierra el intento del Gobierno de introducir cambios por la puerta de atrás en la ley del aborto en vigor (la que aprobó en la pasada legislatura el Ejecutivo socialista de José Luis Rodríguez Zapatero). Después de que el presidente, Mariano Rajoy, decidiera guardar en un cajón la polémica reforma que le costó el cargo de ministro de Justicia a Alberto Ruiz-Gallardón, el Ministerio de Sanidad intenta aprovechar un atajo legal para retocar la norma solo en un punto: el que obligará a las adolescentes de 16 y 17 años a contar con el consentimiento de sus padres para abortar. Ese retoque se pretende hacer a través de una ley de infancia que nada tiene que ver con la ley del aborto y que es una norma de rango inferior. Por ello, el Consejo de Estado entiende —en un informe que no es vinculante— que ese artículo no modifica en nada la ley de interrupción voluntaria del embarazo.
La norma actual, aprobada en 2010, permite a las chicas de 16 y 17 años abortar en las mismas condicionesque el resto de mujeres, sin informar a su familia si hacerlo implica "un conflicto grave" y siempre que cuenten con la aprobación del médico. El plan de Sanidad para atajar uno de los aspectos más polémicos de la norma —y que causa más rechazo entre las bases del PP— es invalidar ese artículo a través del Anteproyecto de Ley de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y la Adolescencia, un cajón de sastre que regula aspectos muy diversos relativos a menores.
En el texto remitido al Consejo de Estado no figura la palabra “aborto” ni se menciona directamente la "interrupción voluntaria del embarazo". Se vale de un cambio en la redacción de un artículo a la hora de legislar sobre quién tiene la última palabra en las intervenciones médicas a adolescentes: sustituye el consentimiento de los menores emancipados o mayores de 16 años, que figura en la norma actual, por el consentimiento de los representantes legales (los padres).
El Consejo de Estado advierte, en su dictamen aprobado ayer y que será remitido al Gobierno, de que el cambio no tiene consecuencia alguna sobre la normativa del aborto, puesto que se ha tramitado a través de una ley ordinaria que en ningún caso puede anular o modificar una norma de rango superior. La de interrupción del embarazo es una ley orgánica.
El organismo sostiene que el atajo elegido por el Ejecutivo de Mariano Rajoy carece de efectos legales
Lo apunta así el informe del Consejo de Estado: "Debe repararse, en cualquier caso, en que el alcance de estas reglas se limitará a aquellos supuestos de prestación del consentimiento por menores que están regulados en leyes ordinarias, pero no en leyes orgánicas, como es señaladamente el caso de la citada Ley Orgánica 2/2010, que establece [...] los requisitos comunes para la interrupción voluntaria del embarazo, entre los que se encuentra el consentimiento de la mujer".
El informe del organismo explicita además un “severo reproche” al Gobierno por haber introducido ese artículo a última hora, después de que el texto ya hubiese pasado el examen de las comunidades autónomas y del Consejo Económico y Social.

4 de septiembre de 2013

El Consejo de Estado ve constitucional la prisión permanente

El Consejo de Estado ve constitucional la prisión permanente

El órgano consultivo no ve necesaria ni justificada su oportunidad

Cree que el Gobierno se ha dejado llevar por "la alarma social"

Alberto Ruiz-Gallardón, este martes en el Ministerio de Justicia tras una entrevista con Efe. / EMILIO NARANJO (EFE)
Una de las medidas más novedosas y más duras del futuro Código Penal, la pena de prisión permanente revisable, ha pasado el visto bueno del Consejo de Estado, un órgano consultivo formado por juristas, académicos, exministros de distinto color político y expresidentes del Gobierno (aunque de estos solo está José Luis Rodríguez Zapatero). El organismo público ha emitido un informe, fechado el 27 de junio y citado este martes por la agencia Efe, en el que concluye que la nueva pena es constitucional. Aun así, da un rapapolvo al Ministerio de Justicia —dirigido por Alberto Ruiz-Gallardón— al subrayar que en ningún momento ha explicado la necesidad de incorporar a la legislación española esa medida tan relevante, que no la ha justificado con datos y que puede estar dejándose llevar por la “alarma” que determinados crímenes especialmente graves hayan suscitado en la opinión pública.
La prisión permanente revisable es como una cadena perpetua, pero reversible: el reo es condenado a cárcel de por vida, pero a los 25 o 35 años (en función de la gravedad de los delitos) esa pena es revisada; si se considera que está rehabilitado, se le deja en libertad (aunque condicional durante un tiempo). Si todavía no está rehabilitado, sigue en la cárcel, sometido a nuevas revisiones periódicas. La libertad puede llegar incluso antes, porque a partir de los 15 años —cuando la condena es por un solo delito— el reo tiene la posibilidad de acceder al tercer grado (volver a prisión solo para dormir).
En realidad, el Código Penal actual —uno de los más duros de Europa— ya prevé casos muy graves en los que el condenado puede pasar hasta 40 años en la cárcel; es decir, más que con la prisión permanente revisable si el reo se rehabilita. Pero la nueva pena supone un salto cualitativo conceptualmente, porque implica la posibilidad de que el condenado pase toda su vida en prisión; según algunos juristas, eso choca con el objetivo de “reinserción” que da la Constitución española a las penas de cárcel.
De hecho, el informe del Consejo General del Poder Judicial —que también tuvo que opinar sobre el anteproyecto el pasado enero— concluyó que esa pena vulneraba el principio de legalidad y seguridad jurídica del artículo 25 de la Constitución, porque se basaba en la futura peligrosidad del condenado. También el Consejo Fiscal expresó sus dudas sobre la constitucionalidad de la pena.
Ahora, el Consejo de Estado —cuyo informe, como el del CGPJ, no es vinculante— la considera constitucional. Porque no somete al preso a un trato degradante o inhumano y porque, al ser revisable, abre la puerta a la libertad condicional. El anteproyecto de ley, sin embargo, “en ningún momento apunta las razones, motivos, causas o circunstancias por las que se ha entendido que una reforma de esta magnitud resulta necesaria en el momento actual”, dice el organismo consultivo. Luego atribuye la iniciativa del Gobierno a que pueda estar dejándose llevar por la “alarma” que determinadas excarcelaciones de presos por delitos especialmente graves hayan generado entre la población, lo que le lleva a “discrepar” de la forma en que se ha presentado “esta importante decisión de política penal y penitenciaria”.
Cuando Alberto Ruiz-Gallardón presentó la reforma del Código Penal, el pasado septiembre, apeló en dos ocasiones a crímenes que “han ocurrido en España” y que “en la mente de todos están” para enmarcar las nuevas penas. España, sin embargo, tiene una de las tasas de población penitenciaria más altas de Europa, con uno de los índices de criminalidad más bajos. La pena de prisión permanente revisable se aplicará a homicidios terroristas, magnicidio, genocidio, delitos de lesa humanidad y a los casos de “asesinato agravado” (asesinatos de menores de 16 años o discapacitados, asesinatos múltiples, los cometidos por organizaciones y los que sean “subsiguientes a un delito contra la libertad sexual”).
El Consejo de Estado también ha considerado constitucional otra de las medidas nuevas del anteproyecto inicial, la custodia de seguridad (que permitía mantener en la cárcel al preso hasta diez años más, tras cumplir la pena original). Pero esa medida ya ha sido suprimida del anteproyecto por el Ministerio de Justicia, según confirmó un portavoz el pasado julio.
Además, el futuro Código Penal incluirá un nuevo delito para perseguir la “divulgación no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas, incluso si se han obtenido con consentimiento de la víctima”, como anunció Gallardón en octubre tras conocerse el caso de la concejal Olvido Hormigos. En la primera versión del anteproyecto —la definitiva solo se conocerá cuando sea aprobada por el Consejo de Ministros— ese nuevo delito estaba castigado con entre seis meses y un año de cárcel; no supondría, por tanto, la entrada en prisión si no hay antecedentes. El Ministerio de Justicia no aclaró entonces si la pena se aplicaría únicamente a la persona que grabara el vídeo íntimo y lo difundiera o también a todo aquel que contribuyese después a su difusión (por ejemplo, retuiteándolo).
El anteproyecto endurece, por otra parte, el castigo contra la piratería en Internet, un aspecto que ha generado divergencias en el seno del Ejecutivo y que aún está perfilándose, según fuentes gubernamentales. Tal y como está ahora la propuesta de Justicia, se prevén, por ejemplo, penas de hasta seis años de prisión para quienes, “con ánimo de obtener beneficio directo o indirecto”, faciliten la “localización activa y sistemática de contenidos objeto de propiedad intelectual ofrecidos ilícitamente en Internet”, ofreciendo “listados ordenados y clasificados de enlaces a las obras y contenidos”.

24 de abril de 2013

El Consejo de Estado pide a Wert que mantenga la asignatura de Ciudadanía


El Consejo de Estado pide a Wert que mantenga la asignatura de Ciudadanía

El dictamen sobre la reforma educativa rechaza que las comunidades con lengua cooficial tengan que pagar una escuela privada si un alumno prefiere clases en castellano

Los ministros (de izda a dcha), de Empleo, Fátima Báñez; de Educación, José Ignacio Wert; y de Fomento, Ana Pastor, en el Congreso. / JUAN CARLOS HIDALGO (EFE)
El Consejo de Estado se acaba de pronunciar sobre la reforma educativa que impulsa el ministro José Ignacio Wert, y contra la que se ha levantado una parte importante de la comunidad educativa. En su dictamen de 180 páginas, al que ha tenido acceso este diario, le recrimina al proyecto de ley, entre otras cosas, la desaparición completa del currículo de cualquier rastro de asignaturas "de formación ético-cívica", hasta ahora englobadas dentro de la polémica área de Educación para la Ciudadanía, por lo que sugiere que se incluya. "Acaso procedería imponerla como obligatoria en algún momento, pues han sido numerosos los acuerdos y recomendaciones, suscritas por España, del Consejo de Europa y de la Unión Europea desde 1997 en el sentido de propugnar como objetivos de los sistemas educativos de la Unión el velar por el aprendizaje de los valores democráticos y de la participación democrática con el fin de preparar a las personas para una ciudadanía activa", dice el texto del dictamen, que no es vinculante.
Asimismo, respecto al polémico apartado de la enseñanza en las lenguas cooficiales en comunidades bilingües, el Consejo de Estado acepta que los Gobiernos autónomos deban "determinar la 'proporción razonable' de uso de ambas lenguas y las medidas que en su caso hayan de adoptarse para garantizar el conocimiento de las mismas". Sin embargo, rechaza que, para garantizar que un alumno pueda, si quiere, tener clases preferentemente en castellano, la comunidad deba pagarle si es necesario un colegio privado, como dice el proyecto. "Más allá de las dificultades técnico-jurídicas que podría conllevar su aplicación [...], no debería figurar en la ley, por afectar al ámbito de decisión de las comunidades autónomas con lengua propia, debiendo quedar en el marco de las medidas en su caso a adoptar por las administraciones educativas cuando estas así lo decidan, en el supuesto de no disponer de otros medios o recursos para garantizar en la red pública el uso del castellano como lengua vehicular", señala el dictamen.
El pasado agosto el Consejo de Ministros aprobó el cambio de contenidos de la asignatura de Educación para la Ciudadanía en primaria y secundaria (como las referencias a los conflictos sociales, a la desigualdad de género y a la lucha contra la homofobia), primer paso antes de eliminar la materia casi completamente del currículo escolar. El objetivo de la Ley era eliminarla en primaria y quitarle el apellido de Ciudadanía de la Ética de 4º de ESO y de Filosofía de 1º de bachillerato. Se mantendría solamente en 2º o 3º de ESO con contenidos limados y con el nombre de Educación Cívica y Constitucional.
Sin embargo, el proyecto de ley elimina completamente la materia de Educación para la Ciudadanía creada con la reforma de 2006 y la Ética de 4º de ESO, obligatoria en el currículo desde los años noventa de siglo pasado. Al mismo tiempo, se recupera la materia alternativa a la de Religión, que se llamará Valores Culturales y Sociales en primaria y Valores Éticos en secundaria. Wert llegó a hablar de "materias que distraen" para defender más tiempo para las instrumentales (ciencias, lenguas y matemáticas) en detrimento de otras como Educación para la Ciudadanía. La Iglesia había mostrado siempre su rechazo a la ley por contener "cuestiones controvertidas y susceptibles de caer en el adoctrinamiento ideológico".
El Consejo de Estado llega hablar de discriminación en su dictamen para los alumnos que se queden sin formación ético-cívica por elegir Religión. "Hay que advertir que la proyectada reforma establece como optativa a la 'Religión' la materia de 'Valores Culturales y Sociales', o 'Valores éticos', de modo que su mantenimiento, en su caso, discriminaría a los alumnos que al elegir la primera no cursarán asignatura alguna sobre valores sociales y éticos a lo largo de toda su formación”.

Laberinto judicial

Otra de las grandes polémicas del proyecto de ley impulsado por el ministro de Educación, José Ignacio Wert, es sin duda el de las lenguas cooficiales, en concreto, en torno a Cataluña, donde el modelo de inmersión lingüística consiste en dar la inmensa mayoría de las clases en catalán. El ministro, que ha sembrado polémica en torno a este asunto, por ejemplo, al hablar de "españolizar" a los niños catalanes, siempre ha dicho que su intención es trasladar a la ley las sentencias de los tribunales Constitucional, Supremo y Superior de Cataluña, que dicen que la inmersión es perfectamente legal, pero que la Generalitat debe garantizar una "proporción razonable" de enseñanza en catalán y castellano.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictaminado -aplicando la doctrina del Supremo- cómo hay que satisfacer las demandas de las familias que reclaman más horas de castellano: si un alumno lo pide, habrá que dárselas a él y a toda su clase, aunque el resto de padres quieran la inmersión en catalán. El fallo deja que la Generalitat decida cómo hacerlo y este ha informado de que recurrirá la sentencia del TSJC. Argumenta que con la atención individualizada se cumplen las decisiones judiciales. Ello supone que el docente atienda en castellano al alumno que se lo pida aunque la clase es en catalán. La tensión con el Gobierno llegó a ser tal que la consejera Irene Rigau llegó a abandonar una reunión con Wert.

Educación separada por sexos

También responde a resoluciones judiciales el punto del proyecto de ley que garantiza que los colegios que separan por sexo puedan tener subvenciones públicas, conciertos. Pero, en este caso, lo que la justicia había dicho es que estas subvenciones no son posibles porque contravienen el principio de no discriminación que contiene la ley educativa (LOE, de 2006). Así, la Lomce señala expresamente quepueden ser concertados porque no discriminan, según una convención de la UNESCO.
Sin embargo, tras un repaso a la legislación internacional, el Consejo de Estado concluye que la norma "debe establecer en su articulado para los centros con educación diferenciada que aspiren al concierto, la exigencia de una justificación objetiva y razonable de la excepción y la concreción de un programa y de las medidas académicas a implementar para favorecer la igualdad [...]. De no ser así, la previsión podría no ajustarse a las exigencias derivadas del principio de igualdad que garantiza el artículo 9.2 y 14 de la Constitución", señala el dictamen, que hace, además, una defensa de la educación mixta "para promover desde la escuela la igualdad de género, pues a través de la convivencia en la escuela se enseña desde la más temprana edad a conocer, respetar y tratar igual la diferencia".
Cerca de 70 de estos centros reciben fondos de las distintas comunidades en este momento. La mayoría están vinculados al Opus Dei. La Junta de Andalucía ha iniciado el proceso para retirarles la subvención si no se coinvierten en mixtos.