7 de octubre de 2013
España se resiste a juzgar el franquismo
España se resiste a juzgar el franquismo y también a que se lo juzguen otros. De momento, el Estado está reaccionando como Argentina o Chile hace 17 o 15 años, cuando era un juez español, Baltasar Garzón, quien reclamaba la detención de dictadores, militares o policías de ambos países en aplicación del principio de justicia universal. El Gobierno mintió para que no avanzara la causa abierta por una juez desde Buenos Aires, asegurándole por escrito que había “numerosos procedimientos judiciales abiertos” en España por los crímenes del franquismo. Después, vetó la toma de declaración por videoconferencia de las víctimas. Y ahora, tras las primeras imputaciones, contra cuatro torturadores de la dictadura —dos han muerto—, el Gobierno, jueces y fiscales la esquivan e invocan los argumentos que antes esgrimieron otros países: la ley de Amnistía de 1977.
Normalmente, las órdenes de Interpol se ejecutan en horas —así ocurrió recientemente, por ejemplo, con el pederasta indultado por error por el rey de Marruecos, Daniel Galván—, pero en este caso, 18 días después del auto por el que la juez argentina María Servini de Cubría los reclamaba para interrogarlos, siguen sin ser arrestados. El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz comunicó a través de Interpol que dos de los reclamados habían fallecido y espera para citar a los dos que aún viven (el exguardia civil Jesús Muñecas y el exinspector José Antonio González Pacheco, Billy el Niño) a que las autoridades argentinas remitan a las españolas la documentación de extradición cumplimentada. Ruz, al igual que la fiscalía de la Audiencia Nacional, no considera necesario detenerlos cautelarmente ya que están localizados por las fuerzas de seguridad, informa Fernando J. Pérez. La fiscalía española, que no comprobó siquiera si los cuatro reclamados seguían vivos, mantiene que pueden estar amparados por la ley de Amnistía de 1977, lo que impediría su entrega.
Dos enviados de la ONU a España, un argentino y una bosnia, del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre las Desapariciones Forzadas, acaban de pedir al Gobierno que deje sin efecto la ley para juzgar aquí la desaparición de más de 114.000 españoles y 30.000 niños robados durante la Guerra Civil y la dictadura.
El grupo pide, además, que España ratifique la Convención sobre imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de lesa humanidad. Desde el Ministerio de Justicia prometen “estudiar con detenimiento” sus peticiones. Pero todas las iniciativas presentadas hasta ahora para atender a ese llamamiento, que ya en anteriores ocasiones había hecho la ONU, han sido sucesivamente rechazadas en el Congreso. La mayoría del Parlamento (PP y PSOE) rechaza tocar la ley.
Las 204 páginas que ha redactado la juez María Servini de Cubría para pedir la detención de los torturadores españoles, acusados de crímenes contra la humanidad, colocan a España en el mismo lugar que Garzón puso a Argentina en 1996. Es decir, obliga al Estado a tomar postura sobre un asunto que allí, en su día, se intentó zanjar con dos leyes (de obediencia debida y punto final) y aquí por dos vías: la administrativa (la ley de Memoria Histórica) y la judicial (la sentencia del Supremo sobre la causa de Garzón y el auto de marzo de 2012 que cerró la vía para la investigación penal de esos crímenes en España).
Allí, tras un largo y accidentado proceso, que incluyó medidas para impedir la colaboración con la justicia española, finalmente, optaron por derogar sus leyes de amnistía. “Cuando España pidió la extradición de ciudadanos argentinos por delitos cometidos en nuestro territorio en función del principio de justicia universal, los jueces nos encontramos en la disyuntiva entre enviarlos a que los juzgase una jurisdicción extranjera o juzgarlos nosotros”, recordaba a EL PAÍS, tras la muerte en prisión de Videla, Raúl Zaffaroni, uno de los siete juristas que anuló las leyes de amnistía argentinas. “En el primer caso, estaríamos dejando al país en la situación de una tribu y a todos sus ciudadanos en riesgo de ser procesados por cualquier país. La única solución era asumir la jurisdicción y juzgarlos conforme a nuestras leyes, por nuestros tribunales”.
Aquí, de momento, el Gobierno ha hecho todo lo que ha podido por desanimar a la juez argentina, y la justicia tampoco se ha dado prisa en complacerla. El fondo del asunto, como lo fue en otros países, es la ley de Amnistía. Argentina derogó las suyas con la llegada al poder de Néstor Kirchner. Chile y Guatemala la adaptaron de forma que se pudieran investigar las desapariciones forzadas de las víctimas. Perú tampoco aplica la suya. Brasil la mantiene.
Fue precisamente el auto por el que Garzón abrió, en 2008, una investigación sobre los crímenes del franquismo, el que resucitó el debate sobre la ley y provocó un juego de sillas entre partidarios y detractores de la norma: quienes con más ahínco la defendían en 1977 eran los que más empeño ponían tres décadas después en que se modificara o derogara y viceversa. Así, en 1977, era el diputado de Alianza Popular Antonio Carro quien se oponía a la ley: “No es buena medicina la amnistía. La única medicina que aplican las democracias más genuinas y consolidadas es una estricta aplicación de la ley”, decía. Y casi 36 años más tarde, el pasado 25 de septiembre, era el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón (PP), quien defendía en el Congreso la vigencia de la ley, tomando prestadas las palabras de un comunista, Marcelino Camacho: “La amnistía es una política nacional y democrática, la única consecuente que puede cerrar ese pasado de guerras civiles y cruzadas”. El suegro del ministro, José Utrera Molina, es, por cierto, una de las imputaciones que solicitan los querellantes. ¿Qué ha pasado en 36 años para que un diputado del PP termine parafraseando a un comunista precisamente para responder a otro, Cayo Lara, quien acababa de decir que “ninguna ley de amnistía puede ser utilizada como ley de punto final”? Estas son las distintas posiciones y argumentos.
Garzón: “No afecta a crímenes de lesa humanidad”.
El juez argumentó que los hechos denunciados por las víctimas del franquismo no entraban dentro de la ley de Amnistía porque esta norma amnistiaba “actos de intencionalidad política” y él, explicaba, estaba investigando crímenes contra la humanidad, que no prescriben. Garzón apoyaba su argumento en la jurisprudencia de tribunales internacionales (el especial para Sierra Leona, Estrasburgo, o la Corte Interamericana de Derechos Humanos).
El juez del Supremo Luciano Varela calificó de “imaginación creativa” la argumentación de Garzón y en abril de 2010 abrió un caso contra él por prevaricación. El alto tribunal terminó absolviéndole, pero en la misma sentencia quiso zanjar el debate jurídico sobre la ley de Amnistía y la posibilidad de juzgar el franquismo. La sentencia recordaba que la fiscalía calificó los hechos de “delitos comunes” y prescritos. Y argumentaba que, aunque en otros países existían los llamados “juicios de la verdad”, en España ese papel corresponde “a los historiadores”, no a los jueces, ya que solo es posible realizar una investigación cuando existe un responsable vivo. La ley de Amnistía, destacaban, “tuvo un evidente sentido de reconciliación” en la transición española, “tan alabada nacional e internacionalmente”, y “ningún juez puede cuestionar la legitimidad de ese proceso. Se trata de una ley vigente cuya eventual derogación correspondería, en exclusiva, al Parlamento”.
El Congreso ha rechazado en varias ocasiones iniciativas para modificar la ley de forma que los crímenes del franquismo se puedan juzgar en España. El pasado septiembre, Ruiz-Gallardón recurría a Marcelino Camacho para justificar ante Cayo Lara la vigencia de la norma. Unos meses antes, en abril, el Gobierno respondía a otra pregunta parlamentaria de Gaspar Llamazares con la misma idea: “Ha sido un instrumento fundamental de reconciliación entre los españoles. El Tribunal Constitucional se ha manifestado a favor de la misma”.
“Fue una ley necesaria y no creemos conveniente revertirla”, explica a EL PAÍS Ramón Jáuregui, exministro del segundo Gobierno de Zapatero. “Comprendemos los sentimientos. Estamos mucho más cerca de los torturados que de los torturadores, pero seguimos convencidos de que la ley estuvo bien hecha. Algunos perdonamos mucho más que otros, pero el perdón fue colectivo. Y esa decisión es la base de una convivencia reconciliada”. Preguntado por la posibilidad de que el franquismo se juzgue en Argentina, responde: “Yo acepto la justicia universal, pero creo que siempre tiene que ser sometida a los criterios de la soberanía popular. El proceso argentino está cargado de buenas intenciones, pero en España decidimos hace mucho tiempo que no nos íbamos a pasar factura de lo que hicimos antes de 1976”.
Gaspar Llamazares, por lado, insiste: “No hace falta derogar la ley, basta con modificarla para impedir cualquier interpretación de impunidad de los crímenes del franquismo. Si no, haremos el mismo papel que hizo Chile con Pinochet. Sería una vergüenza que el franquismo se termine juzgando en Argentina. Demostraría que somos unos hipócritas que hace años dábamos lecciones a los demás”.
La ONU: “España está obligada a investigar”
La declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, aprobada por la Asamblea General de la ONU en 1992 y la convención internacional para la protección de todas las personas contra la desaparición forzada, que España ratificó en 2009, “impide expresamente la aplicación de la ley de Amnistía para estos delitos”, explica Ariel Dulitzky, uno de los enviados de la ONU. “España está obligada internacionalmente a no aplicar los efectos de la ley que impiden una investigación judicial. El poder judicial no puede presumir que han muerto sin investigar, y la prescripción no empieza a contar hasta que los familiares de la víctima saben su paradero”. Dulitzky cree que, tarde o temprano, España tendrá que enfrentarse al problema. “La demanda de justicia de las víctimas no va a cesar. Han pasado 70 años y las familias siguen ahí, pidiendo justicia, verdad y reparación”.
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