2 de diciembre de 2015
El TC anula por unanimidad la resolución independentista sin apercibir a los 21 cargos
Los magistrados ya solo están pendientes de firmar la resolución, en la que se señala que no cabe plantear ninguna legitimidad democrática fuera de la Carta Magna
Solo veinte días ha necesitado el Tribunal Constitucional para declarar nula la resolución independentista aprobada por el Parlamento catalán el pasado 9 de noviembre. En un tiempo récord -que no se recuerda en el TC salvo en casos de procesos electorales-, y de nuevo por unanimidad, el Pleno ha tumbado esta mañana el nuevo plan secesionista. Según el tribunal, cuyos miembrosya solo están pendientes de firmar la sentencia, «no cabe plantear ninguna legitimidad democrática fuera de la Carta Magna».
Como publicó ABC, cuando el TC suspendió la resolución independentista -una consecuencia que se derivaba de la mera admisión a trámite del recurso del Gobierno- fuentes del Tribunal ya manifestaron que el Pleno entraría pronto en el fondo del asunto, es decir, en la posible inconstitucionalidad de la resolución. Estaba claro que el TC no iba a agotar el plazo de cinco meses que la Constitución contempla para que se ratifique o levante esa suspensión, pero pocos apostaron por que el fallo llegara antes de las elecciones generales por una mera cuestión de plazos. Hace apenas unos días el «Parlament» presentó sus alegaciones frente a la suspensión, en las que ponía el acento en que la resolución era en realidad una aspiración política, una mera declaración de intenciones sin carácter jurídico. Trataba de salvar así la constitucionalidad de una iniciativa que comparan con la declaración soberanista de Artur Mas, en la que el TC solo admitió parcialmente el recurso del Gobierno.
El esfuerzo y dedicación del ponente de la sentencia, Andrés Ollero, en las dos últimas semanas, sumado a la «especial trascendencia del asunto» -por el desafío a la unidad de España que esta nueva iniciativa plantea- hicieron aconsejable introducir el debate en el orden del día del Pleno de ayer, el penúltimo antes de las elecciones y a dos días del inicio de la campaña electoral. El presidente del Tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, ya ha había mantenido varias reuniones informales con magistrados que le habían mostrado su preocupación e interés por abordar este asunto cuanto antes. Tras tomar el pulso entre los miembros del Pleno, finalmente decidió introducir el debate en la reunión ordinaria que comenzó ayer y en el que el fondo de la cuestión no planteó ningún problema. Sí la redacción de la sentencia, que, si se quiere que sea unánime, como es el caso, ha de contentar a todos los magistrados. Por este motivo, para apuntalar la redacción del borrador de Ollero, el Pleno se interrumpió ayer a la una y media de la tarde. Será hoy a partir de las once, cuando el texto se someta a votacion.
En la sentencia no habrá apercibimiento alguno a los 21 cargos a los que sí se refirió la providencia que acordó la suspensión. Los magistrados consideran que el artículo 164 de la Constitución es suficientemente claro cuando otorga el valor de cosa juzgada a las sentencias del TC.
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