El letrado del Parlament advierte del riesgo de seguir con la secesión
Un informe recuerda los efectos de la sentencia que anuló la resolución independentista
El documento fue encargado por la Mesa del Parlament a petición del grupo de Catalunya sí que es Pot y fue demorándose en su redacción, de forma que en el 2 de diciembre se dictó la sentencia del Constitucional que anula la polémica resolución de la Cámara. De ahí, que el informe, fechado el pasado 15 de diciembre, señale que la doctrina de la sentencia es muy clara y que “no es nada descartable que ante cualquier actuación futura del Parlament relacionada con la resolución, el Estado intente promover un incidente de ejecución y pida la nulidad de una decisión parlamentaria por entender que contradice la sentencia”.
El letrado defiende la competencia del Parlament para elaborar leyes y recuerda que de la sentencia “no se desprende ninguna prohibición a esa competencia”, pero recuerda la posibilidad que siempre tiene el Gobierno de promover un recurso de inconstitucionalidad y de impugnar una decisión del Parlament y de los efectos suspensivos inmediatos que se produciría. El informe advierte de que “es posible que estas vías sean utilizadas por el Estado contra cualquier decisión del Parlament que tenga relación directa con la resolución” independentista. El letrado mayor va más allá y alerta de que se está refiriendo “especialmente” a las anunciadas leyes del “proceso constituyente, de Hacienda y de Seguridad Social que se anuncian en el apartado quinto de la resolución” secesionista.
Por eso, insiste el informe, “la doctrina de la sentencia pone en evidencia cuáles pueden ser las dificultades jurídicas a que se pueden enfrentar las futuras decisiones del Parlament y lo que eso puede significar en relación con las posibilidades que sus previsiones puedan materializarse”.
Las frases del informe jurídico
“La sentencia del Tribunal Constitucional comporta la obligación de que el Parlament la cumpla”.“Después de la sentencia es posible que estas vías legales [recurso o impugnación] sean utilizadas por el Estado contra cualquier decisión del Parlament que tenga relación directa con la resolución, especialmente en relación con las leyes del proceso constituyente, de hacienda y de seguridad social que se anuncian en la resolución”.
“Los efectos de la sentencia afectan a cualquier resolución del Parlament que insistan en la promoción y concreción del proyecto político de creación de un Estado independiente al margen de la reforma constitucional”.
El informe alude a la reciente reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y asegura que podría invocarse para exigir el cumplimiento de la sentencia si el Parlament toma nuevas decisiones “con efectos análogos o parecidos”. El letrado mayor añade que eso podría considerarse una “contravención de la sentencia” y reitera que eso serviría para “cualquier decisión que adopte el Parlament, especialmente de aquellas que puedan insistir en la promoción y concreción del proyecto político de creación de un Estado independiente al margen de la reforma constitucional”.
“La sentencia del Tribunal Constitucional comporta la obligación de que el Parlament la cumpla”, recalca el informe en su primera conclusión, aunque constata que el ejercicio de la función parlamentaria “está garantizado directamente por el Estatut” y otras leyes, y no puede quedar condicionado a la polémica resolución secesionista ni a su nulidad.
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