12 de julio de 2013
Defensa rechaza a los aspirantes a soldado con tatuajes “visibles”
J. C. nació hace 25 años en Getafe (Madrid), en el cinturón industrial de la capital, donde vive con sus padres: él es mecánico, sufre una discapacidad del 33% y trabaja en la ONCE; ella es peluquera, carece de empleo y ejerce de ama de casa. A esta mujer siempre le atrajo la vida militar y hace siete años, cuando el Ejército andaba escaso de reclutas, ya estuvo tentada de convertirse en soldado. Su familia la convenció para que estudiara una carrera y en junio del año pasado se graduó en Derecho por la Universidad Carlos III. Asiste por las mañanas a una academia donde se prepara para ingresar en las Fuerzas Armadas y pasa dos horas diarias en el gimnasio, poniéndose a punto para las pruebas físicas. Su sueño es acabar de oficial en el Cuerpo Jurídico Militar, y piensa que, para alcanzarlo, lo mejor es empezar de soldado raso.
Con estudios superiores, carné de conducir y certificado de inglés, J. C. está muy por encima del nivel exigido para optar a las 1.500 plazas de tropa y marinería convocadas este año por el Ministerio de Defensa. Pero se ha tropezado con un obstáculo tan minúsculo como aparentemente insalvable: un tatuaje en tinta negra de 4 x 2 centímetros en su muñeca izquierda.
El pasado 17 de junio la academia donde se prepara para ser militar le remitió la convocatoria publicada en el BOE. J. C. la leyó con detenimiento, aunque ya la conocía de años anteriores.
En el punto 3.3.i), relativo a las condiciones para poder participar en la oposición, saltó la sorpresa: se exige “carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades, virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso”.
Hasta ahí, no tenía de qué preocuparse. Su tatuaje es una E mayúscula girada, con una línea que la cruza en diagonal. Nada que pueda interpretarse como racista, sexista o anticonstitucional. Pero el texto de la convocatoria proseguía: “Así mismo, no son permitidos los tatuajes que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de las Fuerzas Armadas no especiales”.
J. C. consultó con algunos militares con los que coincidía en el gimnasio y que lucían aparatosos tatuajes en los brazos o las piernas. Intentaron tranquilizarla: mucho antes de que se pusiera de moda entre los civiles, algunos cuerpos militares, como la Legión, hicieron del tatuaje su seña de identidad. Si echaran del Ejército a todos los soldados tatuados, algún cuartel se quedaría casi vacío.
Pero J. C. no estaba segura. El uniforme de verano es de manga corta y su muñeca, inocultable. Decidió consultar a la dirección de correo electrónico que figura en la página web del Ministerio de Defensa. “He leído las bases de la actual convocatoria para tropa y marinería [...] Yo tengo un tatuaje en la muñeca, pequeño (unos 4 cms.), es una letra mayúscula del alfabeto, y quería saber si ello me imposibilita para acceder a la convocatoria”.
Una semana después le llegó la respuesta: “Estimado Sr. [sic]: En relación a su consulta, le informamos que no puede tener ningún tatuaje ([la convocatoria] no indica el tamaño), que se vea con cualquier uniformidad (ya sea de invierno o de verano)”. J. C. acudió a un centro de tratamiento estético para saber cuánto le costaría borrarse el tatuaje. Unas cinco semanas y 1.200 euros. Demasiado tarde y demasiado caro.
Un portavoz de Defensa aseguró ayer que la prohibición de llevar tatuajes ofensivos deriva del código disciplinario y la que proscribe cualquier tatuaje visible del “respeto a la uniformidad” y la “instrucción de policía de personal y aspecto físico”, aunque no se obligue a los militares a quitarse los tatuajes.
Las anteriores convocatorias de tropa y marinería no incluían este requisito. Tampoco las de ingreso en la Guardia Civil.
La ley de la Carrera Militar y la de Tropa y Marinería enumeran las condiciones para convertirse en militar: ser español (o de algunos países iberoamericanos), tener de 18 a 29 años, no estar privado de derechos civiles, carecer de antecedentes penales, no haber sido expulsado de la Administración, poseer la titulación académica exigida, superar las pruebas selectivas. Nada que ver con la estética o el aspecto físico.
Mariano Casado, abogado y dirigente de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), cree que la exigencia puede ser inconstitucional. Recuerda que el artículo 30 de la Constitución reconoce a los españoles “el derecho y el deber” de defender a España; y el 103 “el acceso a la función pública de acuerdo a los principios de mérito y capacidad”. Ninguna convocatoria puede imponer requisitos que no estén previstos en la ley, advierte.
J. C. luce su tatuaje desde los 19 años. Asegura que la E girada y tachada significa error. Pero seguro que el mayor error no es suyo.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario