6 de marzo de 2012

Sexismo linguistico y visibilidad de la mujer.

Sexismo linguistico y visibilidad de la mujer.
Ignacio Bosque
De la Real Academia Espanola
Catedratico de Lengua Espanola de la Universidad Complutense de Madrid y
Ponente de la Nueva gramatica de la lengua espanola
1. En los ultimos anos se han publicado en Espana numerosas guias de lenguaje no sexista. Han sido editadas por universidades, comunidades autonomas, sindicatos, ayuntamientos y otras instituciones. Las que identifico con siglas o abreviaturas en la relacion que aparece al final constituyen tan solo una muestra de ese extenso catalogo. Antepondre un guion a la pagina citada: MUR-8, UPM-10, UGT-14, etc.
2. La mayor parte de estas guias han sido escritas sin la participacion de los linguistas. Constituye una importante excepcion MAL, que contiene abundante bibliografia. Esta es la guia mas completa de las nueve, y tambien la menos radical en sus propuestas. Cabe pensar que los responsables o los impulsores de las demas guias entienden que no corresponde a los linguistas determinar si los usos verbales de los hispanohablantes son o no sexistas. Aunque se analizan en ellas no pocos aspectos del lexico, la morfologia o la sintaxis, sus autores parecen entender que las decisiones sobre todas estas cuestiones deben tomarse sin la intervencion de los profesionales del lenguaje, de forma que el criterio para decidir si existe o no sexismo linguistico sera la conciencia social de las mujeres o, simplemente, de los ciudadanos contrarios a la discriminacion. Ha trascendido a la prensa recientemente el malestar de los profesores de Lengua Espanola de la Universidad de Murcia ante la guia de lenguaje no sexista que esta institucion elaboro (MUR, en la lista final) sin contar con su participacion o recabar siquiera su parecer.
Se ha senalado en varias ocasiones que los textos a los que me refiero contienen recomendaciones que contravienen no solo normas de la Real Academia Espanola y la Asociacion de Academias, sino tambien de varias gramaticas normativas, asi como de numerosas guias de estilo elaboradas en los ultimos anos por muy diversos medios de comunicacion. En ciertos casos, las propuestas de las guias de lenguaje no sexista conculcan aspectos gramaticales o lexicos firmemente asentados en nuestro sistema linguistico, o bien anulan distinciones y matices que deberian explicar en sus clases de Lengua los profesores de Enseñanza Media, lo que introduce en cierta manera un conflicto de competencias.
No hay, desde luego, ilegalidad alguna en las recomendaciones sobre el uso del lenguaje que se introducen en esas guías, pero es fácil adivinar cuál sería la reacción de las universidades, las comunidades autónomas, los ayuntamientos o los sindicatos si alguna institución dirigiera a los ciudadanos otras guías de actuación social sobre cuestiones que competen directamente a esos organismos, y, más aún, que lo hiciera sin consultar con ellos y sin tener en cuenta sus puntos de vista, cuando no despreciando abiertamente sus criterios.
3. Las nueve guías que menciono poseen numerosos puntos en común. También existen algunas diferencias entre ellas, relativas sobre todo al grado de detalle con el que explican los fenómenos gramaticales o léxicos. De las nueve guías que menciono, MAL es la única que acepta el uso no marcado (más comúnmente llamado genérico) del masculino, como en El trabajador debe exigir sus derechos (MAL-29) o en El alumno deberá asistir puntualmente a clase (MAL-32), donde admite que “el masculino es extensivo a las mujeres”. Esta guía se limita a censurar “el uso abusivo del masculino genérico” (MAL-47), mientras que las demás no aceptan su empleo y recomiendan evitarlo en todos los casos.
Entre los aspectos que comparten las guías de lenguaje no sexista destaca sobre todo una argumentación implícita que me parece demasiado obvia para ser inconsciente. Consiste en extraer una conclusión incorrecta de varias premisas verdaderas, y dar a entender a continuación que quien niegue la conclusión estará negando también las premisas.
La primera premisa verdadera es el hecho cierto de que existe la discriminación hacia la mujer en nuestra sociedad. Son alarmantes, en efecto, las cifras anuales de violencia doméstica, y se siguen registrando situaciones de acoso sexual no siempre atendidas debidamente por las autoridades competentes. Existen todavía diferencias salariales entre hombres y mujeres. Se atestiguan también diferencias en el trato personal en el trabajo, que a veces se extienden al grado de capacitación profesional exigible en la práctica, así como a las condiciones requeridas para acceder a puestos de responsabilidad. Además de en el mundo laboral, existe desigualdad entre hombres y mujeres en la distribución de las tareas domésticas. Es también real el sexismo en la publicidad, en la que la mujer es considerada a menudo un objeto sexual. Son igualmente verdaderas las actitudes paternalistas que algunos hombres muestran hacia las mujeres, sea dentro o fuera del trabajo, y son asimismo objetivos otros muchos signos sociales de desigualdad o de discriminación que las mujeres han denunciado repetidamente en los últimos años.
La segunda premisa, igualmente correcta, es la existencia de comportamientos verbales sexistas. El lenguaje puede usarse, en efecto, con múltiples propósitos. Puede emplearse para describir, ordenar, preguntar, ensalzar o insultar, entre otras muchas acciones, y, desde luego, también puede usarse para discriminar a personas o a grupos sociales. Este hecho ha sido destacado por los lingüistas en numerosas ocasiones, incluso aplicándolo al caso específico de las mujeres, como explicaré en este mismo texto.
La tercera premisa verdadera es el hecho de que numerosas instituciones autonómicas, nacionales e internacionales han abogado por el uso de un lenguaje no sexista. En casi todas las guías que menciono se alude, en efecto, a la abundante legislación que propugna abolirlo. Menciono a continuación, en orden cronológico, una pequeña parte de esa extensa documentación:
Resolución 14.1 de Conferencia General de la UNESCO (1987); Resolución 109 de Conferencia General de la UNESCO (1989); Recomendación aprobada por el Comité de Ministros del Consejo de Europa (21 febrero de 1990); Orden de 22/3/1995 del Ministerio de Educación y Ciencia; Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat Valenciana para la igualdad entre mujeres y hombres; Ley del 4/4/2007, para la igualdad entre mujeres y hombres, y de protección contra la violencia de género en la Región de Murcia; Ley 12/2007 para la promoción de la igualdad de género de la Junta de Andalucía; Informe sobre el lenguaje no sexista del Parlamento Europeo (febrero de 2008).
Algunas revistas científicas internacionales piden actualmente a los investigadores que no usen únicamente la inicial del nombre de pila en las citas bibliográficas de sus trabajos, ya que se ha constatado cierta tendencia a considerar, por defecto, que el autor de la obra citada en tales casos es un varón, en lugar de una mujer. Existen otras muchas medidas sociales surgidas en los últimos años, igualmente destinadas a evitar situaciones de discriminación hacia las mujeres.
La cuarta premisa, casi un corolario de las anteriores, es igualmente correcta. Es necesario extender la igualdad social de hombres y mujeres, y lograr que la presencia de la mujer en la sociedad sea más visible. Hago notar que las palabras visible, visibilidad, invisibilidad, visibilizar o visibilización están presentes en las nueve guías que he mencionado.
De estas premisas correctas, en cierta forma subsumidas en la última, se deduce una y otra vez en estas guías una conclusión injustificada que muchos hispanohablantes (lingüistas y no lingüistas, españoles y extranjeros, mujeres y hombres) consideramos insostenible. Consiste en suponer que el léxico, la morfología y la sintaxis de nuestra lengua han de hacer explícita sistemáticamente la relación entre género y sexo, de forma que serán automáticamente sexistas las manifestaciones verbales que no sigan tal directriz, ya que no garantizarían “la visibilidad de la mujer”. En este punto coinciden todas las guías, aun cuando se diferencian en el énfasis que ponen en la conclusión alcanzada. Si no se acepta el razonamiento, se estará impidiendo al lenguaje “que evolucione de acuerdo con la sociedad” (GRAN-1), de forma que mantendremos una serie de “hábitos que [lo] masculinizan […], lo que expulsa a las mujeres del universo simbólico” (CCOO-6). Caeremos, en suma, en el “pensamiento androcéntrico, ya que la utilización de esta forma de lenguaje nos hace interpretar lo masculino como lo universal” (UPM-10).
4. Como la primera premisa no afecta a cuestiones lingüísticas, no me detendré en ella. Apuntaré tan solo que, si bien no está en discusión que sigue existiendo en nuestra sociedad discriminación hacia la mujer, sí existe discrepancia entre las mujeres acerca de cuáles son exactamente las medidas que la evitarían. A manera de ilustración, indicaré tan solo que conozco mujeres (algunas, sumamente prestigiosas) que consideran ofensivo el establecimiento de cuotas que regulen su acceso a puestos de responsabilidad, sea en el número de ministras o de directoras generales que deben formar parte del Gobierno, el de catedráticas que deben enseñar en una determinada universidad, el de miembros femeninos de un comité o de un jurado o el de cirujanas de un hospital. No deseo entrar a valorar esta cuestión polémica ni, en general, la pertinencia de los llamados “criterios de paridad”. Si menciono estos ejemplos, relativos a la existencia de discrepancias entre las mujeres acerca de lo que es o no es socialmente discriminatorio, es porque en las guías que examino no se muestran discrepancias en relación a lo que es o no es verbalmente sexista (de nuevo, con la posible excepción de MAL). No solo no se percibe ninguna duda en sus redactores a la hora de discriminar los usos verbales sexistas de los no sexistas, sino que se confunde, no sé si ingenua o deliberadamente, el verdadero sexismo verbal, que he identificado en la segunda de mis cuatro premisas correctas, con la alarma infundada ante voces y construcciones sintácticas que mostrarían un uso supuestamente sexista del lenguaje.
Las muestras de tal confusión son abundantes. Hay, efectivamente, sexismo en el ejemplo Los directivos acudirán a la cena con sus mujeres (UGT-7), precisamente porque el masculino engloba en su designación a varones y mujeres, pero los autores de esa guía entienden que tan sexista es usar esta frase como emplear los trabajadores de la empresa (UGT-11) con la intención de aludir a trabajadores y trabajadoras. Tan sexista les parece el preguntar a una mujer si es señora o señorita (UGT-13) como escribir (UGT-10) Todos tenemos sentimientos, en lugar de Las personas tenemos sentimientos. En cuanto a MAL, considera, correctamente, que son sexistas frases como En el turismo accidentado viajaban dos noruegos con sus mujeres (MAL-72), pero recomienda a la vez escribir Los gerentes y las gerentas revisarán las solicitudes presentadas hasta la fecha (MAL-81), puesto que entiende que usar únicamente los gerentes podría ser discriminatorio con la mujer.
En general, el rechazo a toda expresión del masculino destinada a abarcar los dos sexos es marcadísimo en las guías. VAL considera sexista escribir los valencianos (VAL-15) y todos los ciudadanos (frente a toda la ciudadanía); UNED rechaza los becarios (UNED-6) y propone en su lugar las personas becarias; y AND considera discriminatorio escribir número de parados (AND-36), en lugar de número de personas sin trabajo.
En su ya antiguo libro ¿Es sexista la lengua española? (Barcelona, Paidós, 1994), Álvaro García Meseguer analizaba pormenorizadamente estas confusiones. Explicaba (pág. 58) por qué son claramente sexistas frases como Hasta los acontecimientos más importantes de nuestra vida, como elegir nuestra esposa o nuestra carrera, están determinados por influencias inconscientes, ya que introducen una marcada perspectiva androcéntrica en una afirmación general sobre los seres humanos. Justificaba asimismo por qué es sexista —acaso más llamativamente aún (pág. 60)— uno de los versos de la famosa canción Libertad sin ira, popularizada en España en los años de la Transición por el grupo Jarcha: Gente que solo busca su pan, su hembra, su fiesta en paz. Este autor añadió muchos más ejemplos de esta confusión en El español, una lengua no sexista (trabajo publicado en Internet), y otros lingüistas han insistido en ella. Explicaba García Meseguer que son sexistas, y por tanto discriminatorias, frases como Los ingleses prefieren el té al café, como prefieren las mujeres rubias a las morenas, pero también aclaraba que no lo es, en cambio, formar construcciones genéricas con artículos determinados o cuantificadores en masculino, como en Todos los que vivimos en una ciudad grande.
Aplicando el verbo visibilizar en el sentido que recibe en estas guías, es cierto que esta última frase “no visibiliza a la mujer”, pero también lo es que las mujeres no se sienten excluidas de ella. Hay acuerdo general entre los lingüistas en que el uso no marcado (o uso genérico) del masculino para designar los dos sexos está firmemente asentado en el sistema gramatical del español, como lo está en el de otras muchas lenguas románicas y no románicas, y también en que no hay razón para censurarlo. Tiene, pues, pleno sentido preguntarse qué autoridad (profesional, científica, social, política, administrativa) poseen las personas que tan escrupulosamente dictaminan la presencia de sexismo en tales expresiones, y con ello en quienes las emplean, aplicando quizá el criterio que José A. Martínez ha llamado despotismo ético en su excelente libro El lenguaje de género y el género lingüístico (Universidad de Oviedo, 2008). No debe olvidarse que los juicios sobre nuestro lenguaje se extienden a nosotros mismos.
5. Algunos de los responsables de las guías que comparo responderían a la pregunta que acabo de formular afirmando que la autoridad que se les reclama no es académica, ya que procede de su sensibilidad ante la discriminación de la mujer en el mundo moderno. El argumento es insostenible, puesto que califica arbitrariamente de sexista al grupo —absolutamente mayoritario— de mujeres y hombres con una sensibilidad diferente. Si “el uso del masculino con valor genérico implica un trato lingüístico discriminatorio” (CCOO-24), ¿cómo han de reaccionar las mujeres que no perciben en él tal discriminación? En efecto, ¿qué se supone que ha de pensar de sí misma una mujer que no se sienta excluida de la expresión Se hará saber a todos los estudiantes que… por mucho que la Generalitat Valenciana (VAL-28) le diga que la están discriminando? Las guías que analizo son poco flexibles en este punto. Pareciera que se quiere dar a entender que la mujer que no perciba irregularidad alguna en el rótulo Colegio Oficial de Psicólogos de Castellón, y que (a diferencia de VAL-37) no considere conveniente cambiarlo por Colegio Oficial de Psicólogos y Psicólogas de Castellón, debería pedir cita para ser atendida por los miembros de dicha institución.

He tenido la oportunidad de revisar recientemente una selección de textos de Soledad Puértolas, Maruja Torres, Ángeles Caso, Carmen Posadas, Rosa Montero, Almudena Grandes, Soledad Gallego-Díaz, Ángeles Mastretta, Carmen Iglesias y Margarita Salas, y puedo asegurar que ninguna de estas mujeres sigue las directrices contra el supuesto sexismo verbal que se propugnan en las guías que estoy comentando. Como sería absurdo cargar de citas este artículo, voy a mencionar un solo ejemplo, que me parece ilustrativo.
Margarita Salas pronunció la conferencia inaugural del curso 2005-2006 en la Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales. Se titulaba Experiencias de una vida dedicada a la investigación científica. En este texto, accesible en Internet, Salas explica las dificultades sociales que tuvo que vencer en sus primeros años de investigadora. Hace en él una encendida defensa de la igualdad profesional y laboral de hombres y mujeres, y en particular de la necesidad de que la mujer acceda a puestos de responsabilidad en el mundo de la universidad, la política, la empresa y la investigación con igualdad de deberes y derechos respecto de los hombres. Solo a los redactores de las guías que menciono les sorprenderá que se incluya a sí misma en la referencia del sustantivo masculino científicos (“Yo creo que los científicos tenemos la obligación de hacer una difusión de la ciencia asequible, pero rigurosa”); que no intente excluir a las mujeres cuando habla de “los 40 doctorandos que se han formado en mi laboratorio”; que no pretenda dejar fuera a las niñas cuando explica que “un aspecto muy importante para la participación de la mujer en el mundo profesional es que haya facilidades para el cuidado de los niños”, ni tampoco a sus amigas cuando, al final de su conferencia, agradece a sus amigos su apoyo y su amistad a lo largo de su vida.
Se me ocurre preguntar ahora a los responsables de las guías mencionadas qué quiere decir exactamente que este texto abunda en rasgos de sexismo lingüístico. La pregunta se podría aplicar igualmente a los textos de decenas, seguramente centenares, de escritoras, periodistas, científicas o artistas, entre otras muchas representantes de la cultura, el arte o la ciencia, firmemente comprometidas con la defensa de los derechos de la mujer, además, por supuesto, de a los innumerables textos de varones que compartan esos mismos principios e ideales, y que tampoco aplican las recomendaciones lingüísticas de las guías de lenguaje no sexista.

6. La RAE y la ASALE explican (Nueva gramática de la lengua española, Madrid, Espasa, 2009, § 2.2) que el desdoblamiento en la coordinación al que he hecho referencia puede tener sentido en ciertos contextos, como en No tiene hermanos ni hermanas y en otros ejemplos que allí se proporcionan. También se aclara que existen otros recursos lingüísticos que pueden deshacer fácilmente los casos de posible ambigüedad o de falta de precisión en la referencia a grupos de personas. Pero lo que en estas guías se entiende, de manera poco justificada, es que hay siempre discriminación en las expresiones nominales construidas en masculino con la intención de abarcar los dos sexos. Proponen, pues, que debe sustituirse Los afectados recibirán una indemnización (VAL-26) por Los afectados, hombres y mujeres, recibirán una indemnización, ya que las mujeres afectadas que lean la primera variante entenderán (o quizá tendrán que entender, quieran o no, en función del despotismo ético al que me he referido) que no corresponde a ellas el resarcimiento que se anuncia.
Nadie considera controvertida la propuesta de extender la formación de pares morfológicos a los nombres de profesiones y cargos (ingeniero-ingeniera, etc.), hoy universalmente aceptada. Aun así, no parecen admitir estas guías que una profesional de la judicatura pueda elegir entre ser jueza o ser juez, ni que una licenciada en Medicina pueda escoger entre ser llamada médica o médico, a pesar de que se ha constatado en múltiples casos que existen preferencias geográficas, además de personales, por una u otra denominación.
En la guía que patrocina la Junta de Andalucía se critica a la RAE (AND-40) porque en su edición de 1984 todavía aparecían sustantivos sin desdoblar en el Diccionario Académico. No negaré que las críticas retrospectivas tienen sentido como parte de la historia de las ideas sociales (entre ellas, las lingüísticas), pero tampoco que a algunos parece molestarles que la RAE actualice sus obras con el curso de los años, ya que esta modernización los va privando de argumentos para criticarla.
7. Los lectores curiosos e interesados que lean con atención las guías de lenguaje no sexista se formularán un gran número de preguntas lingüísticas, pero me temo que buscarán inútilmente las respuestas entre sus páginas (de nuevo, con la posible excepción de MAL). El lector de estas guías habrá aprendido, en efecto, que es sexista decir o escribir El que lo vea (MUR-4) en lugar de Quien lo vea; que también lo es la expresión Los futbolistas (AND-37) en lugar de Quienes juegan al fútbol; que no debe hablarse de los requisitos exigidos para acceder a plazas de Profesores no Asociados (UNED-5), sino de los requisitos exigidos para acceder a las plazas de Profesorado no Asociado; que un periodista no debe escribir Los españoles irán a las urnas el próximo domingo, sino La población española irá a las urnas el próximo domingo (VAL-24), y que en la redacción de los convenios colectivos deben evitarse expresiones como permiso para acudir a la consulta del médico (CCOO-52), puesto que este uso discrimina a las médicas.
Una vez que haya asimilado todas estas directrices, el lector se preguntará probablemente si es o no sexista usar el adjetivo juntos, masculino plural, en la oración Juan y María viven juntos. Como este adjetivo “no visibiliza el femenino”, en este caso el género del sustantivo María, es de suponer que esta frase es sexista. Tal vez el que la construyó debería haber dicho …viven en compañía para no ser discriminatorio con las mujeres. Pero, ¿qué hacer si el predicado fuera …están contentos, …están cansados o …viven solos? ¿Deberían tal vez usarse en estos contextos adjetivos que no hagan distinción en la concordancia de género, como alegres o felices, o locuciones que no la requieran, como en soledad? De nuevo, ninguna respuesta.
¿Será o no sexista el uso de la expresión el otro en la secuencia Juan y María se ayudan el uno al otro en lo que pueden? Como esta expresión tampoco visibiliza el femenino en la concordancia, cabe pensar que esta frase también es sexista. Si a un hombre o una mujer se le escapa la frase Ayer estuvimos comiendo en casa de mis padres, ¿estará siendo sexista? Seguramente sí, se dirá, puesto que el sustantivo padres designa aquí al padre y a la madre conjuntamente. Como se sabe, el español no posee un término particular para estos usos, a diferencia del inglés, el francés o el alemán, entre otras lenguas. Así pues, el sustantivo padres tampoco visibiliza a la mujer, a pesar de que la abarca en su designación. Pero, si hay que evitar estas expresiones, por sexistas, tampoco podremos usar los reyes, mis tíos o sus suegros para designar parejas (ni tus primos para referirse a grupos), ya que la anulación de la visibilidad de la mujer se extiende a todas ellas. ¿Debería entonces pedirse a la RAE que expulsara estas voces de su diccionario (padre: 9. pl. El padre y la madre, DRAE) y de su gramática (Nueva gramática, § 2.2l)?
Hace unas semanas pregunté a mis alumnas de sintaxis de la Universidad Complutense si aceptaban la oración Nadie estaba contenta. Ninguna contestó afirmativamente. Como antes, una opción es pensar que la RAE debería darla por buena, fomentar su uso y contribuir con ello a la visibilidad de la mujer en el lenguaje. Otra opción, que algunos consideramos preferible, sería entender que la irregularidad de esta frase no está en la sociedad, sino en la sintaxis. Nos parece natural, en efecto, ¿Quién estaba contenta? porque interpretamos un complemento partitivo tácito (¿Quién de ellas?), mientras que rechazamos Nadie estaba contenta porque este complemento se rechaza igualmente en ese caso (es decir, no decimos Nadie de ellas).
Aun cuando dejáramos de lado estas cuestiones sintácticas sutiles, seguiría siendo pertinente la simple pregunta de dónde fijar los límites ante el “problema de la visibilidad de la mujer en el lenguaje”. Si la mujer ha de sentirse discriminada al no verse visualizada en cada expresión lingüística relativa a ella, y al parecer falla su conciencia social si no reconoce tal discriminación, ¿cómo establecemos los límites entre lo que su conciencia debe demandarle y el sistema lingüístico que da forma a su propio pensamiento? Si no estamos dispuestos a aceptar que es la historia de la lengua la que fija en gran medida la conformación léxica y sintáctica del idioma, ¿cómo sabremos dónde han de detenerse las medidas de política lingüística que modifiquen su estructura para que triunfe la visibilidad?
Consideremos, a título de ejemplo, el caso de los animales. ¿Debemos entender tal vez que es correcto discriminar a las hembras en expresiones tan comunes como los perros, los gatos, los lobos o los jabalíes, o hemos de interpretar, por el contrario, que no es preciso que el género tenga aquí correspondencia con el sexo? Los que elijan esta última opción ¿habrían de argumentar tal vez que los animales no tienen dignidad, y que este es el factor que determina la visibilidad morfológica? De nuevo, ¿cuál es el límite?
A los que respondan que no conviene llevar las normas o las reglas gramaticales a sus extremos, habría que recordarles que las normas gramaticales no tienen extremos. Se formulan de cierta manera y se aplican en función de ciertos criterios léxicos, morfológicos o sintácticos que deben expresarse con claridad. Se dice en algunas guías (por ejemplo, en CCOO-24) que los críticos del desdoblamiento léxico (ciudadanos y ciudadanas, etc.) construyen deliberadamente ejemplos recargados con el solo propósito de ridiculizar, a menudo en periódicos o en blogs, a quienes proponen dicho recurso visibilizador. Pero los fragmentos de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela que oportunamente cita Ignacio M. Roca en el Boletín de la Real Academia Española (tomo 89, 2009, pág. 78) no constituyen ejemplos inventados por periodistas o escritores:
«Sólo los venezolanos y venezolanas por nacimiento y sin otra nacionalidad podrán ejercer los cargos de Presidente o Presidenta de la República, Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, Presidente o Presidenta y Vicepresidentes o Vicepresidentas de la Asamblea Nacional, magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia, Presidente o Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Procurador o Procuradora General de la República, Contralor o Contralora General de la República, Fiscal General de la República, Defensor o Defensora del Pueblo, Ministros o Ministras de los despachos relacionados con la seguridad de la Nación, finanzas, energía y minas, educación; Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas de los Estados y Municipios fronterizos y de aquellos contemplados en la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional.»
«Para ejercer los cargos de diputados o diputadas a la Asamblea Nacional, Ministros o Ministras; Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas de Estados y Municipios no fronterizos, los venezolanos y venezolanas por naturalización deben tener domicilio con residencia ininterrumpida en Venezuela no menor de quince años y cumplir los requisitos de aptitud previstos en la ley.»
De hecho, tales desdoblamientos múltiples se proponen a menudo como ejemplos en estas mismas guías. La de la UNED considera que no debe decirse Los funcionarios interinos que hayan trabajado entre el 8 de julio y el 7 de enero […], sino (UNED-5) Los funcionarios y funcionarias interinos e interinas que hayan trabajado entre el 8 de julio y el 7 de enero […]. También propone (UNED-8) como modelo de redacción frases como […] foros y chats, para que el/la estudiante pueda comunicarse con el equipo docente, los/las tutores/as y los/las compañeros/as…, así como En estos centros las tutoras y los tutores actuarán como guías y asesores de las alumnas y los alumnos (UNED-10), con aparente discriminación de las asesoras. En MAL-70 se sugiere como pauta El/la avalado/a está obligado/a a comunicar a el/la avalista dicha circunstancia.
8. Un buen paso hacia la solución del “problema de la visibilidad” sería reconocer, simple y llanamente, que, si se aplicaran las directrices propuestas en estas guías en sus términos más estrictos, no se podría hablar. Mucho me temo, sin embargo, que las propuestas no estén hechas para ser adaptadas al lenguaje común. Unas veces se dice expresamente en las guías, pero otras queda tan solo sobrentendido: se supone que los cambios que se solicitan han de afectar únicamente al lenguaje oficial. Se aplicarían, pues, a los textos legales o administrativos (lengua escrita) y a los discursos públicos, las declaraciones, las ruedas de prensa y otras manifestaciones de la lengua oral. Dicho de una manera más
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clara: se ve como algo enteramente natural que la autoridad, el responsable o el gestor que desdobla usuarios y usuarias o ciudadanos y ciudadanas se olvide de su desdoblamiento cuando ya no esté delante de un micrófono o de una cámara. Una vez abandone la tribuna o el estudio de grabación, dirá que “va a cenar con unos amigos”, sin intención de excluir a las mujeres, o que “tiene que ir al colegio a recoger a sus hijos”, sin que hayamos de suponer que no tiene hijas. Hablará, en una palabra, como todo el mundo.
No me parecen insignificantes las implicaciones que conlleva la aceptación de este sorprendente cambio de registro. Precisamente ahora que se trabaja para que el lenguaje de los textos jurídicos se acerque en alguna medida al español común, las propuestas para “visibilizar a la mujer” en el idioma parecen encaminarse en el sentido opuesto. Se trata, al parecer, de lograr que el lenguaje oficial se diferencie aún más del real. A los tan denostados eufemismos de los políticos y los economistas, que enmascaran o edulcoran, como sabemos, tantos aspectos de la realidad, parece que ha de agregarse ahora un nuevo código artificial, ajeno al lenguaje común, constituido por nuevos circunloquios, restringidos —como antes— al mundo oficial. A la vez, se acepta paradójicamente su propia artificiosidad al reconocer implícitamente que no tienen aplicación en la lengua de todos los días.
Pero existen razones para la esperanza. Observo, por ejemplo, que la Junta de Andalucía no sigue tan estrictamente en su Boletín Oficial (BOJA) las normas antisexistas que proponen sus consejerías. Abro al azar el BOJA y leo: "Emplácese a cuantos aparecen como interesados en el expediente, a fin de que puedan personarse en legal forma como demandados en el plazo de nueve días ante el órgano jurisdiccional" (BOJA, 7 de enero de 2009, pág. 55). A estas tres infracciones en tan pocas líneas se suman otras muchas en otros números del BOJA, y aun en este que cito.
En el mismo sentido, el título del informe nº 247/2012 de la Federación Regional de Enseñanza de Comisiones Obreras de Madrid (Sector Universidad) contiene dos supuestas infracciones a las pautas que estipula este sindicato: Los defensores universitarios dan la razón a los trabajadores. En sus páginas aparecen asimismo varios usos del masculino en su uso no marcado, y no encuentro en ellas ni un solo grupo nominal desdoblado (ya no somos los únicos en defender […]; la atención a los estudiantes; el legítimo derecho de los empleados públicos, etc.). Lo mismo cabe decir de los documentos de la UGT (un ejemplo, entre otros muchos, es la Carta de derechos de los trabajadores en paro del 2-12-2010). No he sido capaz, por otra parte, de encontrar un solo documento de CCOO o de UGT en el que aparezca la expresión desdoblada empresarios y empresarias.
Es de suponer que los que redactaron todos estos textos, y otros análogos emitidos por las mismas instituciones que patrocinan las guías de lenguaje no sexista, probaron antes la versión alambicada de sus escritos, y —quizá después de algunas dudas—, optaron, con buen criterio, por sacrificar la visibilidad a la naturalidad y a la eficacia.
9. Nadie pone hoy en cuestión que la labor que llevan a cabo los profesores de Lengua en la Enseñanza Media constituye una parte esencial de la educación de nuestros jóvenes. Entre sus múltiples tareas está la de conseguir que adquieran cierta soltura en el uso del idioma, distingan matices léxicos y gramaticales, y sean capaces de hablar y escribir con corrección. El profesor de Lengua deberá decidir, como es lógico, qué normas explica en sus clases. Habrá de pensar si recomienda a sus alumnos que escriban l@s niñ@s (como se sugiere en AND-37), l@s actores/as normalmente involucrad@s (como se propone en UGT-33) y alumn@s o funcionari@s (como se recomienda en UPM-17), o deberá, por el contrario, pedir a sus alumnos que eviten estas expresiones, tal como recomienda la RAE, junto con todas las gramáticas normativas y los manuales de estilo de los medios de comunicación.
En la guía de Comisiones Obreras se explica (CCOO-65, nota 24) que la arroba es un signo “que no es reconocido en este uso no sexista por los dispositivos lectores que emplean las personas con discapacidad visual”. A pesar de ello, constituye “un recurso posible y efectivo cuando no se quiere marcar el género”. De hecho, parece sugerir que se emplee también en rótulos, y propone el ejemplo Acceso Delegad@s. Solo una de las nueve guías que cito recomienda evitar la arroba como signo lingüístico en todos los contextos. Aun así, no propone sustituir L@s niñ@s vendrán a clase con ropa cómoda (MAL-88) por el equivalente con los niños, sino con las niñas y niños o con los/as niños/as.
La elección del profesor de Lengua afecta, desde luego, a otros muchos aspectos. Deberá decidir si recomienda que sus alumnos escriban Los/las trabajadores/as, como hace la UGT (UGT-11) o si les enseña a evitar este uso. Cuando explique en clase los sustantivos colectivos y los abstractos ¿deberá tener en cuenta que no equivalen siempre a
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los plurales? La Universidad de Murcia (MUR-4) proporciona una lista de “términos que hacen referencia tanto a hombres como a mujeres”. En esta lista aparecen alumnado, profesorado y clientela, pero también adolescencia, licenciatura, coordinación, infancia, niñez, ingeniería, vejez y jefatura, términos que se proponen como sustitutos de los nombres de persona. La Universidad Politécnica (UPM-12) recomienda usar las tutorías en lugar de los tutores; la Generalitat Valenciana hace equivaler (VAL-23) el alcalde a la alcaldía, y la Universidad de Granada (GRAN-6) entiende que este tipo de sustituciones “facilitarán la escritura sin romper la estética del texto”. MAL es la única guía que actúa con cierta cautela: “Estos listados son orientativos y no deben interpretarse como soluciones válidas en todos los contextos” (MAL-52).
No es preciso, desde luego, ser lexicógrafo para intuir que la niñez no equivale a los niños, y, en general, que, si existen contextos en que alguno de estos sustantivos abstractos equivalga a un colectivo de persona, están sumamente restringidos. En ciertos casos, los nombres colectivos de persona (ninguno de los cuales “visibiliza a la mujer”) no designan en español dos grupos de individuos de distinto sexo. Así, el que dirige un colegio podría tal vez usar la expresión mi profesorado para aludir al conjunto de profesores y profesoras que trabajan en él, pero el que quiere referirse al conjunto de profesores y profesoras que ha tenido en su vida no podrá usar mi profesorado, pero sí mis profesores. En UPM-12 se hace notar que, como es sexista la presencia del artículo los en los interventores, habrá que sustituir esa expresión por quienes intervengan. Poco parece importar a los autores de la guía el que las dos fórmulas no sean necesariamente equivalentes.
En la mayor parte de las guías que cito se recomienda omitir, siempre que sea posible, los artículos masculinos para evitar el uso no marcado de este género. Para la Universidad de Granada (GRAN-7) es sexista la frase Los jóvenes y los ancianos están siempre de acuerdo, de forma que el sexismo desaparecería suprimiendo el artículo: Jóvenes y ancianos están siempre de acuerdo. La Universidad de Murcia recomienda (MUR-4) no usar expresiones como Va dirigido a los estudiantes de último curso, y aconseja emplear en su lugar Va dirigido a estudiantes de último curso. Pero, como es obvio, el profesor de Lengua Española debería aclarar en sus clases que la supresión del artículo da lugar unas veces a secuencias anómalas, y otras muchas a notables cambios de sentido. El que dice Conozco a los especialistas en esta cuestión está diciendo que los
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conoce a todos, mientras que, si dice Conozco a especialistas en esta cuestión, está diciendo que conoce a algunos (que podrían, como antes, ser hombres o mujeres). Las gramáticas del español suelen explicar estas diferencias con detalle.
¿Es todo esto demasiado sutil? ¿Se le está diciendo al profesor que en sus clases de Lengua debe prescindir de los matices y que ha de anular cuantas diferencias sintácticas o léxicas sean necesarias para que prevalezca la visibilidad? Me parece que el conflicto de competencias al que aludía al principio no es tanto un problema legal cuanto una cuestión de responsabilidad profesional. También es, por consiguiente, un problema de conciencia.
10. Llama la atención el que sean tantas las personas que creen que los significados de las palabras se deciden en asambleas de notables, y que se negocian y se promulgan como las leyes. Parecen pensar que el sistema lingüístico es una especie de código civil o de la circulación: cada norma tiene su fecha; cada ley se revisa, se negocia o se enmienda en determinada ocasión, sea la elección del indicativo o del subjuntivo, la posición del adjetivo, la concordancia de tiempos o la acepción cuarta de este verbo o aquel sustantivo.
Nadie niega que la lengua refleje, especialmente en su léxico, distinciones de naturaleza social, pero es muy discutible que la evolución de su estructura morfológica y sintáctica dependa de la decisión consciente de los hablantes o que se pueda controlar con normas de política lingüística. En ciertos fenómenos gramaticales puede encontrarse, desde luego, un sustrato social, pero lo más probable es que su reflejo sea ya opaco y que sus consecuencias en la conciencia lingüística de los hablantes sean nulas. Así, el hecho de que tothom (literalmente, ‘todo hombre’) signifique ‘todos, todo el mundo’ en catalán no parece molestar a las catalanas. El indefinido omne (de lat. hominem) se usaba en castellano medieval con el sentido de ‘uno, cualquiera’. Esta forma de crear indefinidos pervivió en alemán y en francés, entre otros idiomas. El indefinido alemán man (‘alguien, uno’) se pronuncia como el sustantivo Mann (‘hombre’), y no se diferenciaba de él en la lengua antigua. Cualquier alemán, hombre o mujer, reconoce que hay relación entre man y Mann cuando dice, por ejemplo, Das sagt man (‘Eso dicen’). Es algo mayor la diferencia de pronunciación entre el francés on (‘uno, alguien’) y homme (‘hombre’), pero su origen es también el sustantivo “hombre” (latín hominem). Esta forma de fosilización recibe entre los lingüistas el nombre de gramaticalización.

No queda claro cual habria de ser, aplicando la logica de la visibilidad, la reaccion de las mujeres alemanas o francesas ante estos hechos, ni tampoco ante que institucion deberian presentar su protesta por tener que aceptar tamana injusticia sintactica. Como es obvio, si no se sienten discriminadas por estos fenomenos .como, en efecto, sucede. es porque comprenden que los significados de las palabras se modifican en su evolucion, incluso aunque sus antiguos sentidos sean parcialmente reconocibles en la actualidad. Si no hay discriminacion en estos usos es, simplemente, porque las etimologias no revelan el significado actual de las palabras, y tambien porque la historia de cada lengua no es la historia de las disposiciones normativas que sobre ella se hayan dictado, sino la historia de un organismo vivo, sujeto a una compleja combinacion de factores, entre los que destacan los avatares de los cambios sociales y las restricciones formales fijadas por el sistema gramatical. Como es obvio, no existe institucion ante la que haya que manifestarse para exigir que el sustantivo sol, el nombre del astro rey, deje de ser masculino en espanol, a la vez que luna es femenino, y demandar que las cosas sean exactamente al reves, como sucede en aleman.
11. Se explica en AND-60 que ¡°esta guia, mas que mostrar pautas gramaticales [¡¦], es un intento de iniciar pequenas vias de reflexion en la ciudadania¡±. Seguramente es asi, aun cuando el hecho de que la Junta de Andalucia explicara en su momento que se multaria a los anunciantes que no respetaran en sus textos las directrices linguisticas de esa institucion la convierte quiza en algo mas que ¡°un intento de reflexion en la ciudadania¡±. Las paginas precedentes constituyen tambien un intento de mover a la reflexion, pero en un sentido diferente. El proposito ultimo de las guias de lenguaje no sexista no puede ser mas loable: contribuir a la emancipacion de la mujer y a que alcance su igualdad con el hombre en todos los ambitos del mundo profesional y laboral. Intuyo que somos muchos .y muchas. los que pensamos que la verdadera lucha por la igualdad consiste en tratar de que esta se extienda por completo en las practicas sociales y en la mentalidad de los ciudadanos. No creemos que tenga sentido forzar las estructuras linguisticas para que constituyan un espejo de la realidad, impulsar politicas normativas que separen el lenguaje oficial del real, ahondar en las etimologias para descartar el uso actual de expresiones ya fosilizadas o pensar que las convenciones gramaticales nos impiden expresar en libertad nuestros pensamientos o interpretar los de los demas.
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No deja de resultar inquietante que, desde dependencias oficiales de universidades, comunidades autonomas, sindicatos y ayuntamientos, se sugiera la conveniencia de extender .y es de suponer que de ensenar. un conjunto de variantes linguisticas que anulan distinciones sintacticas y lexicas conocidas y que prescinden de los matices que encierran las palabras con la intencion de que perviva la absoluta visibilidad de la distincion entre genero y sexo. La ensenanza de la lengua a los jovenes constituye una tarea de vital importancia. Consiste, en buena medida, en ayudarlos a descubrir sus sutilezas y comprender sus secretos. Se trata de lograr que aprendan a usar el idioma para expresarse con correccion y con rigor; de contribuir a que lo empleen para argumentar, desarrollar sus pensamientos, defender sus ideas, luchar por sus derechos y realizarse personal y profesionalmente. En plena igualdad, por supuesto.
GUIAS CITADAS
AND: Guia sobre comunicacion socioambiental con perspectiva de genero. Consejeria de Medio Ambiente, Junta de Andalucia, ISBN-978-84-96776-78-4, sin fecha.
CCOO: Guia para un uso del lenguaje no sexista en las relaciones laborales y en el ambito sindical. Guia para delegadas y delegados. Secretaria confederal de la mujer de CCOO y Ministerio de Igualdad, Madrid, 2010.
GRAN: Guia de lenguaje no sexista. Unidad de Igualdad de la Universidad de Granada, Universidad de Granada, sin fecha.
MAL: Antonia M. Medina Guerra (coord.): Manual de lenguaje administrativo no sexista. Asociacion de estudios historicos sobre la mujer de la Universidad de Malaga y Area de la mujer del Ayuntamiento de Malaga, 2002.
MUR: Guia de uso no sexista del lenguaje de la Universidad de Murcia. Unidad para la Igualdad entre mujeres y hombres, Universidad de Murcia, 2011.
UPM: Manual de lenguaje no sexista en la Universidad Politecnica de Madrid. Madrid, Unidad de Igualdad, Universidad Politecnica de Madrid, sin fecha.
UGT: Guia sindical del lenguaje no sexista. Madrid, Secretaria de Igualdad, Union General de Trabajadores, 2008.
UNED: Guia de lenguaje no sexista. Oficina de Igualdad, UNED, sin fecha.
VAL: Igualdad, lenguaje y Administracion: propuestas para un uso no sexista del lenguaje. Conselleria de Bienestar Social, Generalitat Valenciana, 2009.
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. Este informe, redactado por Ignacio Bosque, ha sido suscrito por todos los academicos numerarios y correspondientes que asistieron al pleno de la Real Academia Espanola celebrado en Madrid el jueves, 1 de marzo de 2012. A saber:
ACADEMICOS DE NUMERO DE LA RAE
D. Pedro Alvarez de Miranda
D. Luis Maria Anson
D. Jose Manuel Blecua
D. Ignacio Bosque
D. Juan Luis Cebrian
D. Luis Mateo Diez
D. Antonio Fernandez de Alba
D. Pedro Garcia Barreno
D. Eduardo Garcia de Enterria
D. Juan Gil
D. Pere Gimferrer
D. Luis Goytisolo
D. Salvador Gutierrez Ordonez
D.¨£ Carmen Iglesias
D. Emilio Lledo
D. Jose Maria Merino
D. Francisco Nieva
D. Jose Antonio Pascual
D. Arturo Perez-Reverte
D. Alvaro Pombo
D.¨£ Soledad Puertolas
D. Francisco Rodriguez Adrados
D.¨£ Margarita Salas
D. Gregorio Salvador
D. Jose Manuel Sanchez Ron
D. Dario Villanueva
ACADEMICOS CORRESPONDIENTES
D. Humberto Lopez Morales (secretario general de la Asociacion de Academias de la Lengua Espanola)
D. Francisco Arellano (Academia Nicaraguense de la Lengua)
D.¨£ Norma Carricaburo (Academia Argentina de Letras)
D.¨£ Ana Maria Nafria (Academia Salvadorena de la Lengua)
D. Jose Rodriguez (Academia Filipina de la Lengua Espanola)
D. Bernard Sese (Francia)
D. Norio Shimizu (Japon)

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