8 de marzo de 2012

El TSJC avala el modelo de inmersión lingüística de la Generalitat

El TSJC avala el modelo de inmersión lingüística de la Generalitat

El Tribunal garantiza a las familias demandantes escolarizar a sus hijos en castellano

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado el actual modelo de inmersión lingüística de la Generalitat y ha estimado, parcialmente, el recurso contra la sentencia del Supremo que obligaba al Gobierno catalán a que el castellano fuera lengua vehicular en la enseñanza. El TSJC garantiza el derecho de las familias demandantes a que sus hijos sean escolarizados en castellano. En diciembre de 2010, el Tribunal Supremo apoyaba la petición de estas familias y enseptiembre de 2011 el TSJC daba a la Generalitat un plazo de dos meses para ejecutar la sentencia del alto tribunal.
El TSJC cree ahora que no puede pronunciarse de forma general sobre el uso de castellano como lengua vehicular en la educación a raíz de una “lectura descontextualizada y literal de una frase del fallo del Supremo”. Ese fallo, de diciembre de 2010, admitía que el catalán "pueda tener un trato diferenciado" para garantizar la educación bilingüe, pero reclama que el uso del castellano "no quede reducido al objeto de estudio de una asignatura más". Ante la ambigüedad de la sentencia, los magistrados consideran que “solo el propio Tribunal Supremo habría podido, en su momento mediante una aclaración de sentencia, precisar el contenido de esa frase".
En su auto, conocido a las 14 horas, el pleno de la sala contenciosa ha decidido dejar sin efecto la resolución sobre el sistema de enseñanza en Cataluña que dictó la Sección Quinta de la misma sala contenciosa del TSJC en septiembre de 2011. Aquella resolución urgía a la Generalitat para que, en el plazo de dos meses, adoptara las medidas necesarias para que el castellano fuera lengua vehicular en la escuela y levantó una enorme polvareda política a propósito del modelo lingüístico en las aulas. Al dejar sin efecto la resolución, la consecuencia en la práctica es que se mantiene el modelo de inmersión que han defendidos los sucesivos gobierno en Cataluña. Y ello al margen de que los magistrados del TSJC no hayan entrado en el fondo de la cuestión, ya que se han pronunciado sobre el recurso interpuesto por la Generalitat.
Aunque mantiene la inmersión,la resolución precisa que la Generalitat debe garantizar el derecho de las familias a recibir una atención personalizada. El auto subraya, en primer lugar, que en el caso de las tres familias que pidieron educar a sus hijos en castellano, el Gobierno catalán "no ha acreditado haber ejecutado debidamente la sentencia del Supremo". A partir de ahora, la Generalitat deberá responder de forma obligatoria a las familias que reclamen esa opción y valorará caso por caso.
La resolución permite a las familias acudir a la vía judicial y exigir que reciban también ese trato personalizado. La gestión y el alcance de ese trato diferenciado dependerá del Departamento de Educación de la Generalitat.
El abogado de Convivencia Cívica Catalana, Ángel Escolano, ha valorado la resolución que a su juicio permite a los padres educar a sus hijos en castellano. “Sabemos ya de 500 familias que lo han pedido y podrán ver satisfechas sus demandas”.
La decisión de hoy del TSJC constituye un episodio más dentro de la larga ristra de fallos emitidos por distintos órganos judiciales desde el inicio de la larga travesía de la inmersión lingüística en Cataluña, que se hizo efectiva con la aprobación de la ley de Normalización Lingüística en 1983.
La resolución, que ha sido aprobada por mayoría (21 votos) y con un voto particular, es susceptible de recurso ante el Tribunal Supremo.
Poco después de la puesta en marcha de la norma aparecieron los primeros recursos contra los decretos que desarrollaban la polémica ley. En 1984, en el campo de la Enseñanza, Esteban Gómez Rovira fue el primer padre que reclamó que sus hijos recibieran una enseñanza en castellano.
La Audiencia de Barcelona anuló varios artículos fundamentales de la ley del catalán en diciembre de 1985. Tres años después, el Tribunal Supremo, máxima instancia judicial del país, revocó dichos fallos y dio luz verde a la ley. Agotada la vía judicial, la ley llegó al Tribunal Constitucional, que terminó por avalarla en 1994, reconociendo que el catalán es “lengua vehicular” de la enseñanza en Cataluña y su “centro de gravedad”.
Tras la publicación en junio de 2010 de la polémica sentencia del nuevo Estatuto de Cataluña, cuya deliberación tardó cuatro años en resolverse, el texto se pronunció de forma ambigua sobre la problemática en cuestión: "El catalán debe ser la lengua vehicular de aprendizaje en la enseñanza pero no la única que goce de tal condición, predicable con igual título del castellano en tanto que lengua asimismo oficial". También reconoce que el catalán debe ser el "centro de gravedad" del modelo.

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