13 de mayo de 2010

Garzón, al banquillo por la causa del franquismo

EL MUNDO

El juez Varela ordena la apertura del juicio oral

Garzón, al banquillo por la causa del franquismo


· Ha emitido un auto de apertura de juicio oral por la causa del franquismo

· Es la última resolución antes de juzgar la magistrado de la Audiencia Nacional

María Peral | Madrid

Actualizado miércoles 12/05/2010 14:35 horas

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El magistrado del Tribunal Supremo Luciano Varela ha decidido abrir juicio oral contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por un presunto delito de prevaricación intencionada, y no por una prevaricación meramente imprudente, en la causa abierta por las investigaciones del franquismo.

La decisión de abrir juicio oral no es recurrible, por lo que el instructor ordena que se dé cuenta de ella al presidente de la Sala Penal del Supremo "a los efectos pertinentes". Con esta expresión se alude al envío de la resolución judicial al Consejo General del Poder Judicial, que es el órgano encargado de la eventual suspensión cautelar de Garzón.

El auto del instructor responde con contundencia el informe que el fiscal de Sala Luis Navajas presentó el pasado 22 de abril instando el archivo del proceso contra Garzón por aplicación de la llamada 'doctrina Botín'. El Ministerio Público sostuvo que sólo él tiene la llave de la acusación, por lo que la acción popular que ejerce el Sindicato Manos Limpias no podría sentar a Garzón en el banquillo.

Varela afirma que el fiscal "omite, olvida o ignora" que la 'doctrina Botín' no solamente fue superada por la posterior sentencia que condenó al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa, sino que la facultad de la acción popular para llevar a alguien al banquillo, aunque el fiscal no acuse, fue confirmada también en la sentencia del 'caso Ibarretxe'. "No resulta admisible en Derecho que el fiscal emplace a este instructor a que decida en contra del criterio del Tribunal Supremo", afirma Varela.

La orden de apertura de juicio oral se produce un día después de que Garzón haya solicitado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) eltraslado a la Corte Penal Internacional (CPI) para ocupar un puesto de asesor del fiscal jefe durante siete meses.

Una vez dictada la apertura de juicio oral, el CGPJ podría decidir la suspensión cautelar del magistrado de la Audiencia Nacional antes de dar el visto bueno al traslado solicitado por Garzón, solicitud que la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces estudiará esta mañana.

Delito de prevaricación

La Sala Penal del Tribunal Supremo decidió por unanimidad el 26 de mayo de 2009 abrir un proceso al juez Garzón por un delito de prevaricación (dictar a sabiendas una resolución injusta) durante la instrucción de la causa por las desapariciones del franquismo.

La acusación se basa en haber iniciado y prolongado unas diligencias sobre las desapariciones del franquismo atribuyendo a personas fallecidas delitos que habían prescrito, estaban amnistiados y que, además, no eran competencia de la Audiencia Nacional.

La querella está promovida por el colectivo Manos Limpias, dirigido por Miguel Bernad Remón, uno de los responsables del partido ultraderechista Fuerza Nueva. Con posterioridad presentan querellas la asociación Libertad e Identidad y el partido Falange Española. La Fiscalía se manifestó en contra y pide su archivo.

El Supremo puso de manifiesto que, tras una primera etapa de más de un año en la que Garzón no hizo otra cosa que proveer las denuncias que iba recibiendo, el 1 de febrero de 2008 la Fiscalía de la Audiencia Nacional emitió un informe en el que advertía que este tribunal no era el competente para investigar las desapariciones forzadas, que el delito de lesa humanidad consignado en las denuncias no estaba en vigor cuando se produjeron los hechos denunciados y que en todo caso sería aplicable la Ley de Amnistía de 1977. Sin resolver sobre su competencia, Garzón ordenó la práctica de distintas diligencias.

Rechazada la recusación

El pasado 23 de abril, el juez Varela expulsa a Falange del proceso por haber presentado fuera del plazo establecido el escrito de acusación contra Garzón. Una expulsión, además, que ha sido confirmada en el auto de Varela de este miércoles.

Dos días antes, Varela había dado a la formación ultra un día de plazo para que subsanara dicho escrito, que contenía valoraciones ideológicas y comentarios personales sobre Garzón.

Posteriormente, el 24 de abril, Garzón recusó a Varela por "interés y parcialidad" en el proceso abierto contra él.

Cuatro días después, el magistrado recusado admitió a trámite esta recusación y se aparta provisionalmente de la causa contra Garzón. Sin embargo, el Tribunal Supremo rechazó de plano la recusación de Varela planteada por la Audiencia Nacional.

El instructor del incidente de recusación, el magistrado Andrés Martínez Arrieta, tomó esta decisión al no apreciar fundamento alguno en laalegación de Garzón de que Varela había perdido la imparcialidad al requerir a las acciones populares para que corrigieran los defectos formales que presentaban sus escritos de acusación.