13 de junio de 2013
La policía podrá acceder a todos los informes de los detectives privados
EL PAIS - JESÚS DUVA Madrid 13 JUN 2013 - 00:05 CET37
El Gobierno tiene previsto aprobar este viernes en el Consejo de Ministros el anteproyecto de ley de Seguridad Privada, que sustituirá a la vigente desde 1992. El proyecto contempla un mayor control de los detectives, al obligarles a hacer un contrato con cada cliente que les haga un encargo, del que inmediatamente tendrán que dar cuenta a la policía. Pero no solo eso, sino que la policía y la Guardia Civil podrán acceder a los informes elaborados por los detectives a efectos de control e “inspección”, según el texto al que ha tenido acceso EL PAÍS.
Eva Grueso Domínguez, presidenta de la Asociación Profesional de Detectives en España, es tajante: “Este proyecto es una barbaridad y conlleva un control excesivo”. Tanto Grueso como otros compañeros consideran que el Ministerio del Interior ha adoptado esta posición trasel escándalo del espionaje a políticos destapado a raíz del caso Método 3 hace unos meses. El giro dado a la nueva ley está en íntima relación con el presunto espionaje sufrido, por ejemplo, por Alicia Sánchez-Camacho, presidenta del PP en Cataluña. El propio ministro, Jorge Fernández, anunció en marzo que la norma impediría “que se pueda volver a producir lo que se ha producido ahora”.
El artículo 25 de la futura ley establece taxativamente que los detectives deberán “formalizar por escrito un contrato por cada servicio de investigación que les sea encargado, comunicando su celebración al Ministerio del Interior en la forma que reglamentariamente se determine”. El cómo lo regulará un reglamento.
La Asociación de Detectives no oculta su enfado con la imposición de esa obligación: “¿Qué necesidad hay de que la policía sepa y tenga registrado qué persona sospecha que su cónyuge le es infiel? ¿O que un banco ha solicitado una investigación sobre un cliente que ha dejado de pagar sus recibos?”
Los representantes de los 1.500 profesionales que operan en España consideran que “está fuera de toda lógica y fuera del derecho que la intimidad de las personas se condicione a un deber genérico de información a las autoridades, ya que se desvelarán situaciones que nada tienen que ver con la seguridad pública”. Los detectives creen que eso es inconstitucional.
Otro aspecto no exento de polémica lo recoge el artículo 49 al ordenar que “por cada servicio que les sea contratado, los detectives privados deberán elaborar un único informe en el que reflejarán el número de registro asignado al servicio, los datos de la persona que encarga y contrata el servicio, el objeto de la contratación, los medios usados, los resultados, los detectives intervinientes y las actuaciones realizadas”.
Aunque incluye la salvaguarda de que en tales informes “únicamente se hará constar información directamente relacionada con el objeto y finalidad de la investigación contratada”, la ley dispone que se facilitará tal expediente al cliente, pero, al mismo tiempo, estará “a disposición de las autoridades policiales competentes para [su] inspección”.
La ley obliga, además, a los detectives a presentar una memoria anual de actividades, con la información y datos que se determine reglamentariamente, si bien añade que tal memoria “no podrá contener datos de carácter personal sobre contratantes o investigados”, para tratar de salvaguardar así las serias reticencias de los profesionales del sector.
Los investigadores privados piensan que las informaciones sobre los clientes y los encargos que estos les hagan podrían ser almacenados por el Ministerio del Interior, lo que supondría la creación de un fichero de datos de carácter personal.
La Ley Orgánica de Protección de Datos contempla esta posibilidad, si bien recalca que solo podrán hacerse tales archivos “cuando sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas para las que se hayan obtenido”.
El proyecto gubernativo también advierte de que las empresas de seguridad y los detectives deberán comunicar a la policía, tan pronto como sea posible, “cualesquiera circunstancias o informaciones relevantes para la prevención, el mantenimiento o restablecimiento de la seguridad ciudadana”. Los detectives se oponen a esta disposición, al considerarla ambigua y, además, vulneradora del derecho a la confidencialidad de sus clientes.
En otro apartado, la ley bendice que las empresas de seguridad privada y la policía o la Guardia Civil se intercambien datos, de forma que “puedan ser comprobados al instante”. Intentando esquivar la posible colisión con otros preceptos legales, Interior proclama que las empresas de seguridad que den “de buena fe información a las fuerzas de seguridad” no vulnerarán las restricciones sobre divulgación de información ya impuestas por la ley y los contratos privados.
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