20 de febrero de 2012
El impuesto de donaciones registra los mayores agravios fiscales
Dar una casa a un hijo en Andalucía puede costar 27.000 euros más que en Madrid
Las diferencias autonómicas en el impuesto sobre donaciones. - Alejandro Meraviglia
Jaume Viñas - Madrid - 20/02/2012 - 07:00
Regalar la vivienda a un hijo puede salir muy caro en términos fiscales en unas comunidades y prácticamente gratis en otras. Un estudio del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) muestra que el impuesto de donaciones, un tributo de competencia autonómica, se aplica de forma dispar según el territorio. Si un contribuyente recibe de sus padres una vivienda de 180.000 euros, deberá pagar 27.391 euros en Andalucía y Asturias, las dos comunidades que mantienen el tributo más elevado. Esta misma operación, en otras regiones resulta mucho menos costosa ya que la mayoría ha establecido bonificaciones. Para el ejemplo propuesto, la factura fiscal no alcanzará los 300 euros en Madrid o la Comunidad Valenciana. En Cataluña, se pagarán unos 6.000 euros y, en Galicia, 9.000 euros.
Por otra parte, el REAF destaca la diferencias fiscales entre donar una vivienda a un hijo o darle dinero para que se compre una casa. La segunda opción suele resultar más rentable en términos fiscales. Así, siguiendo con el ejemplo anterior, un hijo que reciba de sus progenitores 180.000 euros para comparar una vivienda deberá pagar por el impuesto sobre donaciones unos 6.400 euros en Andalucía frente a los 27.391 euros que pagaría si recibiera directamente de sus padres una vivienda por el mismo precio. En Cataluña, Extremadura, Galicia, Castilla-La Mancha o Murcia resulta indiferente en términos fiscales donar un vivienda o dar dinero para comprar una casa.
En este sentido, antes que donar una vivienda al hijo es preferible dejarla en herencia, ya que la mayoría de comunidades han fijado elevadas bonificaciones en el caso de patrimonios que pasan de padres a hijos. Además, hay que tener en cuenta que, a efectos fiscales, la donación de una vivienda equivale a una venta. Es decir, el padre que done la vivienda familiar a su hijo deberá apuntarse en el IRPF una ganancia patrimonial. Así, si compró su casa por 60.000 euros y, en el momento de la donación está tasada en 180.000 euros, deberá pagar por IRPF más de 23.000 euros.
El impuesto de sucesiones y donaciones ha ido perdiendo peso en los presupuestos de las comunidades a medida que se incrementaban las bonificaciones. En 2007, las comunidades autónomas recaudaron 2.745 millones por este tributo y actualmente ingresan en torno a 2.200 millones, un 20% menos. Cataluña es la comunidad que, históricamente, más recursos obtenía por Sucesiones y Donaciones. La Generalitat recaudó 600 millones de euros en 2010, una cifra que se ha reducido a la mitad después de que el Ejecutivo catalán de Artur Mas siguiera el ejemplo de la Comunidad de Madrid y prácticamente suprimiera el impuesto sobre sucesiones para herencias que pasan de padres a hijos.
Más allá de las diferencias en el impuesto sobre sucesiones y donaciones, la factura fiscal derivada de comprar una vivienda también varía entre un territorio y otro. Las comunidades autónomas tienen competencia en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales, que es el que se aplica a la compraventa de viviendas usadas.
Aragón, Baleares, las dos Castillas, Galicia, Madrid, Murcia, La Rioja y la Comunidad Valenciana mantienen un único tipo del 7%. En cambio, Cataluña subió el gravamen al 8% mientras que Andalucía, Extremadura y Asturias fijaron tipos progresivos que alcanzan el 10% en función del precio de la vivienda. Un contribuyente que compre una casa de segunda mano en Cataluña por 300.000 euros pagará 24.000 en impuestos. Si la compra se produce en Madrid, la factura fiscal será menor, de 21.000 euros.
6% interanual cayó la recaudación por el impuesto de sucesiones y donaciones hasta el tercer trimestre de 2011. Las comunidades ingresan en torno a 2.000 millones al año por este tributo.
4.000 millones recaudan las comunidades al año por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales, que grava la compraventa de casas de segunda mano. Durante la época del boom inmobiliario, las comunidades llegaron a recaudar más de 10.000 millones de euros.
A la inmensa mayoría de asalariados le resulta indiferente tributar por IRPF en una u otra comunidad. Sin embargo, la factura fiscal de los altos ejecutivos con elevados sueldos sí que puede variar, y mucho, en función de la residencia fiscal.
El REAF apunta que un contribuyente con un sueldo bruto de 400.000 euros pagará 197.000 si vive en Cataluña. Mientras que otro asalariado con el mismo sueldo pagará en Madrid 186.700 euros. La diferencia, de 10.000 euros, se debe a que la Generalitat subió cuatro puntos la parte autonómica del IRPF para las rentas superiores a 175.000 euros. Así, en Cataluña, el tipo máximo del IRPF asciende al 56% frente al 52% que aplican la mayoría de comunidades autónomas.
La Comunidad de Madrid y La Rioja son las únicas regiones que han aprovechado su capacidad normativa para reducir el impuesto.
Los efectos de la subida
Además de Cataluña, Andalucía, Comunidad Valenciana, Andalucía, Extremadura, Asturias y Cantabria también elevaron el tramo autonómico del impuesto para las rentas más altas. En cualquier caso, el aumento del IRPF aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy sí que afectará a todos los contribuyentes, con la excepción de los que ganan menos de 9.500 euros brutos al año. La subida fiscal, que en principio solo se aplicará en 2012 y 2013, encarecerá en 90 euros anuales el IRPF que paga un contribuyente que gana 22.000 euros brutos.
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