22 de noviembre de 2008

Un juzgado de Valladolid ordena por primera vez en España la retirada de crucifijos de un colegio público

EL PAIS - Valladolid - 22/11/2008

Un juzgado de Valladolid ordena por primera vez en España la retirada de crucifijos de un colegio público

El fallo recoge que los símbolos religiosos vulneran los derechos fundamentales de igualdad y libertad de conciencia

AGENCIAS - Valladolid - 22/11/2008

El Juzgado de lo Contencioso Adminisrativo número 2 de Valladolid ha dictado una sentencia que obliga al colegio público Macías Picavea a retirar los crucifijos de sus aulas y espacios comunes, después de que un grupo de padres así lo demandara desde 2005. El juez destaca en la sentencia, a la que ha tenido acceso, que el mantenimiento de los símbolos religiosos en este centro educativo conculcaría "derechos fundamentales" consagrados en los artículos 14 y 16.1 de la Constitución, referidos a la igualdad y la libertad de conciencia.
La sentencia refelja que en un centro público docente se imparte enseñanza a menores que se encuentran "en plena fase de formación de su personalidad". Es por ello, que la presencia de estos símbolos religiosos "puede provocar en esos menores el sentimiento de que el Estado está más cercano a la confesión con la que guardan relación".
Este fallo es la primera sentencia que obliga a la retirada de crucifijos de un colegio público en España. La Asociación Cultural Escuela Laica e impulsor del proceso judicial, Fernando Pastor, se trata de una sentencia "importantísima", ya que es la primera vez en España que un juez "entra en el fondo" del asunto dando la razón "a la libertad de conciencia y a la higiene democrática". La sentencia alude a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que recuerda que "el Estado se prohíbe a sí mismo cualquier concurrncia, junto a los ciudadanos, en calidad de sujeto de actos o de actitudes de signo religioso" y alude a "la laicidad y neutralidad del Estado".
Sin embargo , Fernando Pastor, que es el padre de una niña del colegio Macías Picavea, recuerda que el Gobierno regional puede "recurrir" esta sentencia en un plazo de 15 días aunque ha insistido en que esta posibilidad sería "una indecencia". Si este recurso se lleva a cabo, ha apuntado Pastor, se pediría al juzgado "la ejecución cautelar de la sentencia" para que la retirada de crucifijos fuera efectiva hasta el próximo fallo, al tratarse de "vulneración de Derechos Fundamentales".