12 de enero de 2009

Archivada la causa contra Ibarretxe, López y Otegi

ELPAÍS.com / EFE - Madrid / Bilbao - 12/01/2009

Archivada la causa contra Ibarretxe, López y Otegi

La resolución considera que la acusación popular no está legitimada para abrir el juicio oral por las reuniones en 2006 durante la tregua de ETA entre el 'lehendakari', dirigentes del PSE y miembros de la ilegalizada Batasuna
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha decidido archivar la causa contra el lehendakari Juan José Ibarretxe, los dirigentes del PSE Patxi López y Rodolfo Ares y cinco miembros de la ilegalizada Batasuna, entre ellos el que fuera su portavoz Arnaldo Otegi, por las reuniones mantenidas en 2006 en plena tregua de ETA, informa Aitor Guenaga. El tribunal considera que la acusación popular, la única presente en este juicio, formada por el Foro de Ermua y Dignidad y Justicia, no está legitimada para abrir el juicio oral.
Ahora sí, la doctrina del 'caso Botín'
Ibarretxe quiere juicio para demostrar su inocencia
La decisión, sobreseimiento libre del caso, ha sido adoptada por dos votos a favor y uno en contra, el del presidente del tribunal, Manuel Díaz de Rábago, que ha emitido un voto particular en el que considera que las dos asociaciones están legitimadas para poner en marcha el proceso. Esta semana se darán a conocer los argumentos de la decisión y el contenido del voto particular.
El abogado del Foro de Ermua ha anunciado ya que recurrirán laresolución ante el Tribunal Supremo por considerar que va en contra dela sentencia del caso Atutxa que sí consideró legítima a laacusación popular para abrir juicio. Dignidad y Justicia, segundo colectivo que ostenta la acusación popular, se ha pronunciado en el mismo sentido. Entre las primeras reacciones de los acusados, el secretario general de los socialistas vascos, Patxi López, ha afirmado que el archivo de la causa "lo que hace es desligitimar a todas las partes". El Gobierno vasco ha convocado la reunión extraordinaria de su consejo para analizar la decisión del tribunal.
La doctrina Botín
El tribunal ha tomado en consideración la petición de la Fiscalía del TSJPV según la que el proceso debía ser suspendido en aplicación de la doctrina Botín, que dice precisamente que si la acusación particular o el Ministerio fiscal no ejercen la acción penal, no puede procederse a la apertura de juicio oral sólo con las acusaciones populares.
La defensa de Ibarretxe, no obstante, retiró el jueves, durante la primera sesión del juicio, la cuestión previa que pedía la suspensión del proceso. El lehendakari quería continuar con el juicio para demostrar su inocencia. Los abogados del resto de acusados, junto a la Fiscalía, instaron al tribunal a "poner fin al juicio" de forma inmediata.
Los cinco miembros de la izquierda abertzale (además de Otegi, Pernando Barrena, Juan José Petrikorena, Rufino Etxeberria y Olatz Dañobeitia, estos cuatro en prisión) estaban acusados de un delito de desobediencia a la sentencia de ilegalización de Batasuna dictada por el Tribunal Supremo. Ibarretxe, López y Ares se sentaban en el banquillo por colaboración necesaria a este delito de desobediencia.
Ahora sí, la doctrina del 'caso Botín'
Se aplicó en el juicio al presidente del Banco de Santander, Emilio Botín; no se hizo en el que juzgó al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa, y ahora sí, se ha utilizado para archivar el caso contra Ibarretxe, López y Ares por reunirse con Batasuna en 2006, durante la tregua de ETA. La doctrina del caso Botín, que se desprende del artículo 782.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, considera a grandes rasgos que la acusación popular no es suficiente para abrir juicio si no hay acusaciones del Ministerio Fiscal o acusación particular.
En concreto, el artículo citado dice lo siguiente: "Si el Ministerio Fiscal y el acusador particular solicitaren el sobreseimiento de la causa por cualquiera de los motivos que prevén los artículos 637 y 641, lo acordará el Juez (...)". El artículo 637 prevé el "sobreseimiento libre", el aplicado en el archivo de la causa contra Ibarretxe y López, en los siuientes casos:
1. "Cuando no existan indicios racionales de haberse perpetrado el hecho que hubiere dado motivo a la formación de la causa".
2. "Cuando el hecho no sea constitutivo de delito".
3. "Cuando aparezcan exentos de responsabilidad criminal los procesados como autores, cómplices o encubridores".
Entre las diferencias en los causas abiertas a Botín y Atutxa están que, en el proceso al primero, se retiraron tanto la acusación del fiscal como la particular. Durante el proceso al ex presidente del Parlamento vasco se retiró la acusación del fiscal. No existía acusación particular, así que bastó con la popular presentada por Manos Limpias. El Foro de Ermua y Dignidad y Justicia eran la única acusación presente en el juicio por los contactos durante la tregua de ETA.