24 de octubre de 2008
Guerra abierta entre Garzón y el fiscal por la causa del franquismo
EL PAIS - 24/10/2008
Guerra abierta entre Garzón y el fiscal por la causa del franquismo
Zaragoza invoca por primera vez una fórmula para declarar incompetente al juez
JOSÉ YOLDI - Madrid - 24/10/2008
El juez Baltasar Garzón y el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, han entrado en una espiral de guerra abierta por la competencia del primero en la causa contra el franquismo. La contención inicial, con mensajes incluidos para preservar la amistad entre ambos, ha dado paso a un enfrentamiento con gruesos términos que suponen la descalificación profesional del otro e incluso con maniobras y triquiñuelas jurídicas que ha sembrado un campo de minas en las relaciones personales que será muy difícil de superar.
El artículo 23
Bermúdez quiere "enfriar" los ánimos
Auto de rechazo del recurso del fiscal
DOCUMENTO (PDF - 41,5Kb) - 23-10-2008
Garzón rechaza el escrito del fiscal que pide a la Sala de lo Penal que le declare incompetente en la causa contra el franquismo
Escrito del fiscal que invoca el artículo 23 LEC
DOCUMENTO (PDF - 72,5Kb) - 23-10-2008
Mayor Zaragoza responde a Garzón invocando un artículo nunca antes usado en la Audiencia Nacional
Ver cobertura completa
El magistrado rechaza el recurso presentado por el ministerio público
El fiscal acusa al juez de vulnerar la ley y el juez al fiscal de retrasar la causa
Zaragoza ha llegado a promover un incidente para declarar la incompetencia objetiva y funcional del juez en el caso, previsto en el artículo 23 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pero que por lo violento y estigmatizante del procedimiento nunca se había invocado antes en los 31 años de existencia de la Audiencia Nacional. La tradicional cortesía -y Garzón y Zaragoza no es que fueran corteses entre ellos, sino que eran buenos amigos y existía una relación de complicidad desde hace 20 años- se ha ido al garete.
El juez, tras el apoyo de Zapatero y el ministro de Justicia a su labor, debió pensar que el fiscal jefe no recurriría su decisión de declararse competente y achacar a Franco y sus ministros miles de asesinatos, secuestros y crímenes contra la humanidad, porque en el mismo auto ya anunciaba que declararía extinguida la responsabilidad penal de los autores y remitiría el caso a los juzgados territoriales competentes para que siguieran instruyendo los procesos y exhumando los cadáveres de las fosas como un complemento a la Ley de Memoria Histórica.
Pero Zaragoza ya le había advertido de que no admitiría un pronunciamiento de ese estilo, y en cuanto vio el auto anunció públicamente que recurriría directamente en apelación y ante el pleno de la Sala, para no dar al juez la oportunidad de revocar sus argumentos en el recurso de reforma y para que éste no dilatase el procedimiento.
Pero Garzón, al conocer el anuncio del fiscal, decidió proteger su instrucción y transformó las diligencias previas en sumario para que el fiscal tuviera que presentar un recurso de reforma ante él, en lugar de la apelación directa ante el pleno.
La argucia de Garzón enojó a Zaragoza, que lanzó la bomba jurídica en forma de incidente del artículo 23. En un escrito de 20 folios, el fiscal jefe ataca al magistrado por todos los flancos y le acusa de "vulnerar manifiestamente las normas de competencia objetiva y funcional legalmente previstas". La consecuencia es que el incidente reduce por completo el margen de maniobra de Garzón, que únicamente puede hacer un informe para defender sus argumentos ante el pleno de la Sala. Además, el juez puede seguir instruyendo el caso, pero sólo "las diligencias necesarias para comprobar el delito y aquellas otras que considere de reconocida urgencia". Pero nada más.
Mientras tanto, Garzón rechazó la admisión a trámite del recurso de apelación presentado por Zaragoza por entender que el trámite no es ajustado a derecho. Otra andanada innecesaria entre amigos.
La trascendencia de este duelo entre titanes es escasa, ya que ni la resolución de Garzón, ni el recurso e incidente de Zaragoza, impide o posibilita el final natural de las cosas, es decir, que sea el pleno de la Sala de lo Penal el que resuelva si Garzón es competente o no.
Precisamente, el presidente de la Sala Penal, Javier Gómez Bermúdez, había previsto que el incidente promovido por Zaragoza se debatiera y votara en un pleno jurisdiccional previsto para el día 30. Para ello había recabado de Garzón un informe que éste debía entregar en un plazo de cinco días.
Sin embargo, la Sala Penal, reunida ayer en pleno, decidió suspender el plazo dado a Garzón y aplazar el pleno al tener conocimiento de que el magistrado será intervenido quirúrgicamente el próximo lunes, lo que le obligaría a trabajar durante el fin de semana, en un periodo en el que está saliente de guardia.
Previsiblemente, la convalecencia de Garzón tenga una duración de entre 10 días y dos semanas, en las que el magistrado podrá perfeccionar sus argumentos.
El tribunal ha acordado también dar traslado a las partes personadas en el proceso del escrito del fiscal para que hagan las alegaciones que estimen pertinentes.
La guerra está servida.
El artículo 23
- Zaragoza va a la guerra. El fiscal Zaragoza ha invocado por primera vez una norma de competencia prevista en la Ley de Enjuiciamiento, pero que nunca antes se había aplicado en la Audiencia Nacional y menos entre amigos. "Si durante el sumario o en cualquier fase de instrucción de un
proceso penal el Ministerio Fiscal o cualquiera de las partes entendieran
que el juez instructor
no tiene competencia
para actuar en la causa,
podrán reclamar
ante el Tribunal Superior
a quien corresponda,
el cual, previos los informes que estime necesario resolverá de plano
y sin ulterior recurso".
Guerra abierta entre Garzón y el fiscal por la causa del franquismo
Zaragoza invoca por primera vez una fórmula para declarar incompetente al juez
JOSÉ YOLDI - Madrid - 24/10/2008
El juez Baltasar Garzón y el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, han entrado en una espiral de guerra abierta por la competencia del primero en la causa contra el franquismo. La contención inicial, con mensajes incluidos para preservar la amistad entre ambos, ha dado paso a un enfrentamiento con gruesos términos que suponen la descalificación profesional del otro e incluso con maniobras y triquiñuelas jurídicas que ha sembrado un campo de minas en las relaciones personales que será muy difícil de superar.
El artículo 23
Bermúdez quiere "enfriar" los ánimos
Auto de rechazo del recurso del fiscal
DOCUMENTO (PDF - 41,5Kb) - 23-10-2008
Garzón rechaza el escrito del fiscal que pide a la Sala de lo Penal que le declare incompetente en la causa contra el franquismo
Escrito del fiscal que invoca el artículo 23 LEC
DOCUMENTO (PDF - 72,5Kb) - 23-10-2008
Mayor Zaragoza responde a Garzón invocando un artículo nunca antes usado en la Audiencia Nacional
Ver cobertura completa
El magistrado rechaza el recurso presentado por el ministerio público
El fiscal acusa al juez de vulnerar la ley y el juez al fiscal de retrasar la causa
Zaragoza ha llegado a promover un incidente para declarar la incompetencia objetiva y funcional del juez en el caso, previsto en el artículo 23 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pero que por lo violento y estigmatizante del procedimiento nunca se había invocado antes en los 31 años de existencia de la Audiencia Nacional. La tradicional cortesía -y Garzón y Zaragoza no es que fueran corteses entre ellos, sino que eran buenos amigos y existía una relación de complicidad desde hace 20 años- se ha ido al garete.
El juez, tras el apoyo de Zapatero y el ministro de Justicia a su labor, debió pensar que el fiscal jefe no recurriría su decisión de declararse competente y achacar a Franco y sus ministros miles de asesinatos, secuestros y crímenes contra la humanidad, porque en el mismo auto ya anunciaba que declararía extinguida la responsabilidad penal de los autores y remitiría el caso a los juzgados territoriales competentes para que siguieran instruyendo los procesos y exhumando los cadáveres de las fosas como un complemento a la Ley de Memoria Histórica.
Pero Zaragoza ya le había advertido de que no admitiría un pronunciamiento de ese estilo, y en cuanto vio el auto anunció públicamente que recurriría directamente en apelación y ante el pleno de la Sala, para no dar al juez la oportunidad de revocar sus argumentos en el recurso de reforma y para que éste no dilatase el procedimiento.
Pero Garzón, al conocer el anuncio del fiscal, decidió proteger su instrucción y transformó las diligencias previas en sumario para que el fiscal tuviera que presentar un recurso de reforma ante él, en lugar de la apelación directa ante el pleno.
La argucia de Garzón enojó a Zaragoza, que lanzó la bomba jurídica en forma de incidente del artículo 23. En un escrito de 20 folios, el fiscal jefe ataca al magistrado por todos los flancos y le acusa de "vulnerar manifiestamente las normas de competencia objetiva y funcional legalmente previstas". La consecuencia es que el incidente reduce por completo el margen de maniobra de Garzón, que únicamente puede hacer un informe para defender sus argumentos ante el pleno de la Sala. Además, el juez puede seguir instruyendo el caso, pero sólo "las diligencias necesarias para comprobar el delito y aquellas otras que considere de reconocida urgencia". Pero nada más.
Mientras tanto, Garzón rechazó la admisión a trámite del recurso de apelación presentado por Zaragoza por entender que el trámite no es ajustado a derecho. Otra andanada innecesaria entre amigos.
La trascendencia de este duelo entre titanes es escasa, ya que ni la resolución de Garzón, ni el recurso e incidente de Zaragoza, impide o posibilita el final natural de las cosas, es decir, que sea el pleno de la Sala de lo Penal el que resuelva si Garzón es competente o no.
Precisamente, el presidente de la Sala Penal, Javier Gómez Bermúdez, había previsto que el incidente promovido por Zaragoza se debatiera y votara en un pleno jurisdiccional previsto para el día 30. Para ello había recabado de Garzón un informe que éste debía entregar en un plazo de cinco días.
Sin embargo, la Sala Penal, reunida ayer en pleno, decidió suspender el plazo dado a Garzón y aplazar el pleno al tener conocimiento de que el magistrado será intervenido quirúrgicamente el próximo lunes, lo que le obligaría a trabajar durante el fin de semana, en un periodo en el que está saliente de guardia.
Previsiblemente, la convalecencia de Garzón tenga una duración de entre 10 días y dos semanas, en las que el magistrado podrá perfeccionar sus argumentos.
El tribunal ha acordado también dar traslado a las partes personadas en el proceso del escrito del fiscal para que hagan las alegaciones que estimen pertinentes.
La guerra está servida.
El artículo 23
- Zaragoza va a la guerra. El fiscal Zaragoza ha invocado por primera vez una norma de competencia prevista en la Ley de Enjuiciamiento, pero que nunca antes se había aplicado en la Audiencia Nacional y menos entre amigos. "Si durante el sumario o en cualquier fase de instrucción de un
proceso penal el Ministerio Fiscal o cualquiera de las partes entendieran
que el juez instructor
no tiene competencia
para actuar en la causa,
podrán reclamar
ante el Tribunal Superior
a quien corresponda,
el cual, previos los informes que estime necesario resolverá de plano
y sin ulterior recurso".
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Franquismo,
La Cruzada de Liberación Nacional,
Poder Judicial