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8 de marzo de 2019

REBELION

jueves, 7 de marzo de 2019


REBELIÓN – 08/03/2019

Es natural que un núcleo de malos no sólo atraiga a sus congéneres por una fuerza de imantación, tan acertadamente descrita por San Juan Bosco, sino por la tendencia a la expansión, inherente a cuanto es intensamente vivo, así como por la necesidad de reclutar soldados para la lucha, para procurar aumentar el número de sus adeptos. La conjugación de esfuerzos resulta de un imperativo natural, que no requiere explicación alguna.

También es obvio que elementos ligados entre sí permanentemente, por afinidad profunda de mentalidades, identidad de objetivos e íntima trabazón de esfuerzos, no tardarán en elaborar un sistema ideológico, un programa y una técnica de acción comunes, y a constituir un órgano directivo. En este momento, estará trazado el itinerario que va del hecho elemental de la existencia de algunos malos que se intuyen recíprocamente y se ponen en contacto, hasta la formación de una asociación. Oculta como la masonería, semioculta como el jansenismo o el modernismo, declarada como el luteranismo o el comunismo, esta asociación se apresta al combate en todos los terrenos, ideológico, artístico, político, social, económico, etc., para la conquista de sus objetivos. En una palabra, hace Revolución.
  
La causa motriz de toda esta sucesión de fenómenos es el odio al bien, engendrado por la perversión, cuando ésta alcanza cierto nivel de profundidad.

Insistimos en tal aseveración. Y sabemos que, cuando la perversión alcanza tal nivel de profundidad, despierta esa misteriosa capacidad de detección y atracción mutuas que constituyen el punto de partida inicial de toda revolución organizada. Un gran número de personas simpatiza con los buenos, y si cometen algún pecado, lo hacen con vergüenza y tristeza. De gente así, mientras no decaiga mucho moralmente, no ha de recelarse una conjura. En otros, la perversión llega a atacar a fondo la humildad, hasta tal punto que ocasiona una cínica indiferencia ante el pecado, y hasta una rebelión contra los buenos y el bien. Que no se diga que el ser racional es incapaz de odiar el bien.

Huelga recordar aquí los distingos que el asunto comporta. Recordemos sencillamente que, si esto fuese pura y simplemente así, los ángeles malos no habrían odiado a Dios, que es el Sumo Bien. Aparte de esto, tal aversión puede consistir simplemente en una antipatía. Puede ésta, pues, engendrar incomprensiones, fricciones, incidentes, sin por eso dar origen a una conjura o una lucha, pero existen casos que denuncian un estado de espíritu mucho más agresivo. En este sentido, el odio de Caín contra Abel parece característico. Más aún el del Sanedrín contra Nuestro Señor.

EXCERTOS DE COMENTARIOS DEL PROF. PLINIO CORRÊA DE OLIVEIRA

3 de noviembre de 2017

La juez encarcela al núcleo duro secesionista que no huyó a Bélgica

La juez encarcela al núcleo duro secesionista que no huyó a Bélgica
Santi Vila podrá salir de prisión si deposita una fianza de 50.000 euros

EL PAIS -  Madrid 3 NOV 2017 - 06:01 BRST

Varios exconsellers llegan a la Audiencia Nacional. ÁLVARO GARCÍA | ATLAS
El Estado dio este jueves la respuesta más dura al proceso independentistacatalán. La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela envió a prisión incondicional al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y a otros siete exconsellers del Ejecutivo autonómico por delitos de rebelión, sedición y malversación de fondos relacionados con el proceso que culminó el pasado 27 de septiembre con la declaración de independencia. La Fiscalía reclamó a la magistrada que emita una orden europea de detención contra el expresident Carles Puigdemont y los cuatro exmiembros del Govern que han escapado a Bélgica para ponerse a salvo de la Justicia. Interior envió a los hombres a la cárcel de Estremera y a las mujeres a Alcalá-Meco.

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La juez Lamela, a petición de la Fiscalía, solo hizo una excepción a las órdenes de prisión incondicional contra todos los miembros del Govern destituidos el pasado viernes en aplicación del artículo 155 de la Constitución: el exconsejero de Empresa Santi Vila, encuadrado en el sector moderado del PDeCAT y que dimitió la víspera de la declaración de independencia, saldrá, previsiblemente hoy, de la cárcel, en cuanto deposite la fianza de 50.000 euros que le impuso la magistrada.

La decisión de enviar a prisión provisional a los exconsejeros se fundamenta en los tres supuestos que contempla la ley. El riesgo de fuga lo basa en el hecho de que “algunos querellados ya se han desplazado a otros países” para eludir “posibles responsabilidades penales”. Desde el lunes, Puigdemont está en Bélgica, donde ha expresado sus dudas sobre la imparcialidad de la justicia española. El temor a una huida de los investigados también la fundamenta tanto en la elevada pena que conllevan los delitos de rebelión (hasta 25 años de prisión en este caso), sedición (15 años) y malversación (de ocho a diez años), como en su elevado “poder adquisitivo”. Esa capacidad les permitiría “abandonar fácilmente el territorio español y subsistir en el extranjero”.

La juez también cree que podrían destruir pruebas —porque “han ostentado hasta hace solo unos días” cargos públicos— y volver a delinquir, tal como lo han hecho, de forma “planificada y consciente”, durante los últimos dos años.

La juez encarcela al núcleo duro secesionista que no huyó a Bélgica

El primero en llegar ayer a la Audiencia fue el exvicepresidente Oriol Junqueras. A continuación, llegaron los exconsejeros Raül Romeva (Exteriores), Dolors Bassa (Trabajo), Carles Mundó (Justicia), Jordi Turull (Presidencia), Josep Rull (Territorio), Meritxell Borràs (Gobernación), Joaquim Forn (Interior). Fueron recibidos con aplausos y ovaciones por un grupo de cargos del Govern y parlamentarios del PDeCAT y ERC. El último en comparecer fue Vila, que recibió el silencio de los suyos y los insultos de un pequeño grupo de nacionalistas españoles.

SANTI VILA, SIN RIESGO DE FUGA
A diferencia del resto de consejeros, la juez ha fijado prisión eludible con fianza para el exconsejero de Empresa Santi Vila. El auto le atribuye los mismos hechos supuestamente delictivos que al resto. En Vila, sin embargo, no concurre uno de los tres motivos que justifican la prisión provisional: el riesgo de reiteración delictiva. La juez recuerda que el exconsejero “desistió voluntariamente de proseguir con el proceso soberanista” el pasado 26 de octubre, “un día antes de que la DUI fuera votada en el Parlament”. Esa renuncia, que fue criticada por los soberanistas, “pone de manifiesto su voluntad contraria a consumar el intento secesionista”.

“En atención a las especiales circunstancias” que se dan en el caso de Vila, la juez decide enviarle a prisión eludible si paga una fianza de 50.000 euros en metálico. Vila, de todos modos, pasará la primera noche en prisión. Según fuentes de la defensa, desembolsará el dinero este viernes. En caso de que lo haga, la juez recuerda que le impondrá diversas medidas cautelares: le prohibirá salir del territorio español, le obligará a entregar el pasaporte y a presentarse, cada quince días, en el juzgado más próximo a su domicilio.

En su auto, la magistrada asume las tesis, e incluso los términos, de la querella presentada el lunes por el fiscal general del Estado, José Manuel Maza, contra el expresidentPuigdemont y sus 13 consejeros. La juez considera que los políticos, en una estrategia coordinada con ANC y Òmnium —las entidades encargadas de las grandes movilizaciones independentistas— “se valieron de la población” y “alentaron actos de insurrección pública, de desobediencia y de resistencia colectiva a la autoridad legítima del Estado”.

Todos los exmiembros del Govern se acogieron a su derecho a contestar solo a sus abogados, e insistieron en que “no están de acuerdo con la violencia” y “no han propugnado actos violentos”. Santi Vila, asesorado por el penalista Pau Molins —uno de los abogados que lograron la absolución de la infanta Cristina en el juicio del caso Nóos—, sí respondió a las preguntas del fiscal y la juez.

La magistrada señala en su auto de prisión dos documentos fundamentales. El primero es el plan EnfoCATs, intervenido el 20 de septiembre en el Departamento de Economía, dirigido por Junqueras. Este documento contiene la “hoja de ruta para alcanzar la independencia de Cataluña” y el papel que debería desempeñar cada uno de los actores del procés, que se inició el 9 de noviembre de 2015 con la resolución soberanista del Parlament suspendida y anulada por el Tribunal Constitucional. “Este documento (...) se corresponde perfectamente con los pasos ejecutados por la Generalitat durante los más de dos años transcurridos, incluida la declaración unilateral de independencia (DUI)”, del 27 de octubre.

Lamela describe el reparto de tareas entre las instituciones catalanas —Parlament y Govern— y las entidades soberanistas ANC y Òmnium, presididas por Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, encarcelados en Soto del Real desde el 16 de octubre. Según el relato de la juez, los trabajos parlamentarios “se orientaban a dar una apariencia de legalidad a las distintas etapas del proceso de desconexión”. La actuación de los movimientos populares, auspiciada por los políticos, “iba encaminada”, sostiene Lamela, “a crear en la ciudadanía un sentimiento de rechazo” hacia el Estado para justificar una posterior desobediencia civil.

En este punto entronca el segundo documento citado por la juez: un plan de la ANC elaborado en abril de 2015 en el que se habla de promover “movilizaciones masivas, pacíficas, puntuales, ágiles y, cuando sea necesario, espectaculares” para impulsar la hipotética república catalana independiente. La juez desconfía absolutamente del carácter pacífico de esas movilizaciones.

Espionaje de Mossos
La resolución repasa los hitos del procés y cita la carta que, el 6 de septiembre —después de que el Parlament convocara el referéndum— Puigdemont envió a los alcaldes para que cedieran locales para votar. Dos días después, en un acto, el expresident “hizo un llamamiento al enfrentamiento”, interpreta la juez, cuando animó a los ciudadanos a “mirar a los ojos” a los alcaldes y preguntarles si les permitirían votar.

El auto recuerda las detenciones del 20 de septiembre y el posterior acoso a la comitiva judicial. Y el referéndum del 1 de octubre, donde “numerosas personas ofrecieron resistencia” para impedir el acceso de la policía a los colegios electorales. La juez atribuye a los consejeros, además, haber “alentado” las “acciones de rechazo” contra los agentes desplegados en Cataluña. Las palabras más duras se las llevan los Mossos. “En la mayoría de los casos, su actitud fue pasiva”. Incluso “evitaron intervenir en los casos en los que los miembros de la Guardia Civil eran agredidos”. Los Mossos, lamenta, “llegaron a espiar las acciones de la Guardia Civil y la Policía Nacional” para alertar a los ciudadanos de su presencia en los colegios electorales.

POR QUÉ LA JUEZ NO SUSPENDIÓ LA DECLARACIÓN COMO EN EL SUPREMO
En el auto por el que envía a prisión incondicional a Oriol Junqueras y otros siete exconsellers, la juez Carmen Lamela detalla que no acordó la suspensión de las declaraciones, como sí ha hecho el Supremo con los miembros de la Mesa del Parlament, porque los escritos que presentaron todos ellos en la Audiencia Nacional esta misma mañana no llegaron a sus manos hasta que había finalizado la toma de declaraciones. Además, Lamela recuerda que tampoco ninguno de ellos lo ha hecho verbalmente al inicio de la diligencia y que simplemente se limitaron a manifestar que únicamente iban a contestar a las preguntas que les formularan los abogados de su defensa porque no habían tenido “el tiempo suficiente para examinar la querella y preparar su defensa”.
La juez detalla que la única petición verbal de suspensión de la declaración la hizo el defensor de Jordi Turull, pero que únicamente alegó que el abogado de otro de los investigados no se encontraba presente en ese momento porque asistía a la presidenta del Parlament, Carmen Forcadell, en el cercano Tribunal Supremo. Lamela señala que también desestimó esa petición porque el letrado ausente, que era el único que podía alegar dicha circunstancia, no hizo la petición.


30 de octubre de 2017

Puigdemont viaja a Bruselas el día en que el fiscal anuncia una querella contra él

Puigdemont viaja a Bruselas el día en que el fiscal anuncia una querella contra él
Maza ha presentado una querella contra el expresidente de la Generalitat por rebelión, sedición y malversación

Carles Puigdemont, en una imagen del pasado viernes en el Parlament.
Carles Puigdemont, en una imagen del pasado viernes en el Parlament. MANU FERNANDEZ AP

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont se encuentra este lunes en Bruselas, según han informado fuentes próximas al Gobierno. El viaje se ha producido el mismo día en que el fiscal general del Estado, José Manuel Maza, ha anunciado una querella contra él por los delitos de rebelión, sedición y malversación.

Puigdemont se ha desplazado a este país solo un día después de que el secretario de Estado de Asilo y Migración belga, Theo Francken, provocase una polémica al abrir la puerta a la concesión de asilo al expresidente, oferta que fue poco después negada por el primer ministro, Charles Michel.

El expresidente de la Generalitat colgó esta mañana en su perfil de Instagram una fotografía en la que sugería que se encontraba en el interior del Palau de la Generalitat. Acompañando a la imagen, escribió un escueto "bon dia". Sin embargo, el aspecto del cielo de Barcelona este lunes no coincidía con el mostrado por Puigdemont. Horas después se ha sabido que el expresidente se encuentra en Bruselas. 


El fiscal se querella por rebelión, sedición y malversación contra Puigdemont y Forcadell

El fiscal se querella por rebelión, sedición y malversación contra Puigdemont y Forcadell
El fiscal reclama la "exigencia de fianza y, en su caso, embargo de bienes en la cuantía que prudencialmente se fija en un importe de 6.207.450 euros"
EL PAIS -  Madrid 30 OCT 2017 - 10:50 BRST


 
El fiscal general del Estado, José Manuel Maza. JULIÁN ROJAS / VÍDEO: QUALITY
El fiscal general del Estado, José Manuel Maza, ha anunciado este lunes la presentación de dos querellas por rebelión, sedición, malversación y otros conexos en el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional contra los políticos responsables de la declaración de independencia de Cataluña del pasado viernes que ha desembocado en la intervención de la autonomía por parte del Gobierno. En las dos querellas, el fiscal reclama la "exigencia de fianza y, en su caso, embargo de bienes en la cuantía que prudencialmente se fija en un importe de 6.207.450 euros [300.000 euros cada uno]", que corresponden a partidas vinculadas a la celebración del referéndum.

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El fiscal general ha explicado que la querella en la Audiencia Nacional se interpone contra los miembros del Govern porque ya no gozan de aforamiento. La querella en el Supremo se presenta contra los miembros de la Mesa de Parlament que permitieron tramitar la votación de la declaración de independencia. El fiscal no pide medidas cautelares ahora, y se reserva hacerlo cuando se les cite "en atención a la gravedad de los hechos imputados".

La querella presentada ante la Audiencia Nacional va contra Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Jordi Turul, Raül Romeva, Antoni Comín, Josep Rull, Dolors Bassa, Meritxell Borràs, Clara Ponsatí i Obiols, Joaquim Forn, Lluís Puig i Gordi, Carles Mundó, Santiago Vila y Meritxell Serret. La del Tribunal Supremo, contra Carme Forcadel, Lluís María Corominas, Lluis Guinó, Anna Simó, Ramona Barrufet y Joan Josep Nuet i Pujals. Las querellas incluyen a Vila, pese a su dimisión, y a Nuet, que votó en contra pero participó en el recuento de votos en el Parlament.

El fiscal general, en su querella, solicita la comparecencia "urgente" de los políticos querellados, a fin de tomarles declaración como investigados y de valorar la adopción de medidas cautelares personales contra ellos. Todo ello en atención "a la gravedad de los hechos y de los delitos imputados, así como de las penas previstas, la flagrancia en su comisión, la contumacia en la ilegalidad y el riesgo de reiteración en las conductas antijurídicas". En caso de incomparecencia, "el fiscal interesa la inmediata detención" de los querellados.

Maza ha afirmado en su alocución, en la que no ha permitido preguntas, que los querellados actuaron "con total desprecio a la Constitución". Según el escrito del fiscal, el 1 de octubre, el president de la Generalitat "dejaba a las claras" la estrategia del Govern: "Llevar a término el referéndum ilegal desobedeciendo los autos judiciales mediante la presión intimidatoria de la multitud, impidiendo la actuación de las fuerzas del orden público".

Violencia en el delito de rebelión
Según la querella, "la violencia que requiere el tipo" [de rebelión] no exige que se esgriman armas, ni combate, ni violencias graves contra las personas", y se basa en la sentencia de abril de 1983 contra Tejero y los golpistas del 23F. Así explica el texto la imputación por rebelión: "La concurrencia de violencia física puede no ser necesaria cuando el alzamiento por sus características y por el número indeterminado de personas implicadas, es de tal dimensión que tiene capacidad intimidatoria suficiente para disuadir de una posible actuación a las fuerzas del orden sabedoras de que cualquier oposición a los planes rebeldes, tornará el alzamiento en violento y belicoso".

"Las movilizaciones y las concentraciones tumultuarias desarrolladas en oposición a las órdenes de las autoridades judiciales, las convocatorias masivas para impedir a los agentes de la autoridad cumplir con sus funciones, los actos de acoso en forma de escraches a los miembros de la Policía Nacional y de la Guardia Civil en sus lugares de trabajo y de descanso, ejemplifican cómo por parte de los querellados no se buscaba simplemente contar con el apoyo de los ciudadanos para llevar a cabo su proyecto independentista dentro de la legalidad constitucional, lo cual no sería objeto de reproche alguno, sino de llamamientos directos o indirectos, a través de las entidades soberanistas, a la movilización popular o ciudadana como medio intimidatorio y violento para conseguir el fin secesionista", detalla el texto.

"Todos los querellados, de común acuerdo con otras autoridades, funcionarios públicos y entidades públicas y privadas, unieron sus voluntades para, dentro de su respectivo ámbito de actuación, llevar a cabo el referéndum independentista y con ello la separación de Cataluña de España, promoviendo y utilizando la fuerza intimidatoria y violenta de los sectores independentistas de la población, llamando a esta a la insurrección", resume la querella.

El texto de Maza sitúa a los Mossos como clave para los planes de los supuestos rebeldes: "La declaración de independencia impulsada por los querellados lleva ontológicamente anudada la asunción en exclusiva del mando sobre los Mossos d'Esquadra, cuerpo policial integrado por más de 17.000 efectivos armados, con el potencial efecto intimidatorio que los mismos representan para quienes intenten hacer efectiva la vigencia de la Constitución".

La querella sitúa el delito de sedición como subsidiario de la posible rebelión, en caso de que los jueces entiendan que el elemento de violencia no se da en este caso. "De entenderse que algún elemento del delito de rebelión no concurre en los hechos objeto de esta querella, estos serían constitutivos de un delito de sedición", dice. "La afinidad entre el delito de rebelión y el de sedición se observa igualmente en el carácter público del alzamiento si bien aquél requiere violencia, y éste que sea tumultuario, lo que en principio equivale a que el alzamiento sea caótico, anárquico, inorgánico y desordenado, “aunque nada impediría, según opinión unánime, que de ser organizado y ordenado también se aplicara el precepto analizado”, recuerda Maza.

Declaración de independencia inequívoca
La querella abarca desde la aprobación de las leyes de ruptura del 6 de septiembre a la declaración de independencia del pasado viernes. El escrito del ministerio público pretende que se acumulen en la Audiencia Nacional las causas seguidas en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y en los juzgados 3 y 13 de Barcelona.

Para la fiscalía, la votación del pasado viernes fue para una declaración de independencia en toda regla: "Los querellados, miembros del Govern, así como también los miembros de la Mesa del Parlament conseguían así su objetivo secesionista, de llegar a la declaración formal de independencia, marcado desde el inicio de la legislatura, y obtenido por la fuerza de los hechos consumados y por la imposición violenta de su objetivo frente a las resoluciones de las autoridades judiciales y las fuerzas del orden público, y en contra de la Constitución y de los fundamentos del Estado Español".

La querella de la Audiencia Nacional ha entrado inicialmente en el Juzgado Central de Instrucción número 3, en funciones de guardia este lunes y cuyo titular es Carmen Lamela. Esta magistrada deberá decidir si acumula esta querella a la causa por sedición por los altercados del 20 y 21 de septiembre, en el que fueron encarcelados Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, líderes de la ANC y Ómnium, o bien la envía a reparto.

El fiscal general del Estado ha comparecido acompañado por Luis Navajas, teniente fiscal del Tribunal Supremo; Fausto Cartagena, fiscal jefe de la Inspección; José Miguel de la Rosa, fiscal jefe de la Secretaría Técnica y Jesús Alonso, fiscal jefe de la Audiencia Nacional.