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12 de julio de 2014

El Gobierno prohíbe por ley las identificaciones por razones étnicas

El Gobierno prohíbe por ley las identificaciones por razones étnicas

La ley de Seguridad Ciudadana recoge los consejos de los órganos consultivos

El Gobierno aprobó ayer el proyecto de Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, después de más de siete meses de polémica y consultas a diversos órganos jurisdiccionales. Las opiniones expresadas por estos han servido para limar muchos de los duros aspectos iniciales de la norma, que en algunos casos eran inconstitucionales. Ahora, el texto deberá iniciar su tramitación parlamentaria, en la que previsiblemente los partidos de la oposición seguirán expresando sus críticas hacia lo que buena parte de ellos consideran una “ley mordaza” frente a las manifestaciones ciudadanas.
Tras las objeciones del Consejo General del Poder Judicial, el Consejo Fiscal y el Consejo de Estado, el ministro del Interior, Jorge Fernández, proclamó ayer que el proyecto es “respetuoso” con la Constitución y “profundamente garantista”. Sustituirá a la ley elaborada en 1992 por el entonces ministro José Luis Corcuera.
El nuevo texto, que sigue suscitando fuertes críticas, prohibirá por primera vez por ley las redadas indiscriminadas o basadas en motivos étnicos, regulará los cacheos y establecerá que las personas que sean retenidas en comisaría para ser identificadas no podrán serlo por un plazo superior a seis horas.
El proyecto reduce a cuatro las 21 infracciones muy graves que había en el borrador inicial, mientras que las graves se quedan en 26 de las 31 iniciales y las leves en 17. Los aspectos más destacados del texto son los siguientes:
» Faltas muy graves. Son las reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en infraestructuras críticas como centrales nucleares o aeropuertos, así como la intrusión en sus recintos, incluyendo su sobrevuelo, y la obstrucción de su funcionamiento. También se incluye dentro de este apartado la fabricación, comercio y tenencia ilegal de armas reglamentarias y explosivos catalogados incumpliendo la normativa de aplicación y sin la documentación requerida cuando se causen perjuicios muy graves. La celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad por razones de seguridad también se considera también falta muy grave, igual que deslumbrar con dispositivos tipo láser a conductores de tren, metro o pilotos de aviones. La multa prevista para estos casos es de 30.001 a 600.000 euros. En las categorías de muy graves y graves habrá tres grados, dependiendo de las circunstancias, y se aplicarán las sanciones teniendo en cuenta la situación económica del multado.
» Faltas graves. La perturbación grave de la seguridad ciudadana en protestas no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el Senado, los Parlamentos autonómicos o los altos tribunales, aunque no tengan actividad, entra dentro de esta categoría que prevé sanciones de entre 601 y 30.000 euros. El castigo estará en la misma horquilla para quienes causen desórdenes graves en vía pública o provoquen incendios que representen un peligro para las personas o bienes. También será falta grave: desobedecer o resistirse a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, negarse a identificarse; contratar servicios sexuales en las proximidades de zonas infantiles, como parques o colegios, o lugares donde se ponga en peligro la seguridad vial, como los arcenes; consumir o estar en posesión de drogas en lugares públicos, así como el abandono de los utensilios empleados para ello.
En este mismo apartado entran el botellón, cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana y no esté autorizado; las cundas o coches que transportan a drogadictos a zonas donde adquirir la mercancía y el cultivo de plantas estupefacientes. Será también sancionado el uso no autorizado de imágenes o datos de miembros de las fuerzas de seguridad de Estado que pongan en riesgo su seguridad.
» Infracciones leves. Serán castigadas con una multa de 100 a 600 euros las manifestaciones y reuniones que infrinjan la ley de reunión. La Ley de Seguridad Ciudadana considera falta leve amenazar, coaccionar, vejar e injuriar a los agentes de las fuerzas de seguridad cuando estén velando por el mantenimiento del orden público, por ejemplo en manifestaciones y protestas. Asimismo, perder tres veces o más el DNI en un plazo de 3 años y la negativa a entregar este documento cuando se acuerde su retirada entrará en este apartado. Igual que los daños leves a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los actos vandálicos a servicios públicos, como las pintadas y los grafiti.
»» Retenciones. Las retenciones a efectos de identificación incorporan varias novedades: no podrán superar las seis horas de duración; cada una de ellas se anotarán en un libro de registro que se enviará cada mes a la fiscalía para su supervisión, y, además, a los retenidos se les expedirá un volante en el que constará el tiempo que permanecieron privados de libertad y quiénes fueron los agentes que realizaron esa diligencia.
» Fichero de infractores. Pese a que desde el primer momento ha sido objeto de controversia, el proyecto de ley mantiene la creación de un Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana. En él constarán los datos personales del infractor y la falta cometida. Pero no se dará publicidad sobre los infractores, en contra de lo inicialmente previsto por el Gobierno.
» Cacheos. El proyecto regula con más garantías los cacheos y registros personales, obligando a que sean practicados por agentes del mismo sexo y salvaguardando la intimidad del sospechoso.
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El Gobierno rectifica la ley de seguridad ciudadana

Las modificaciones más destacadas se refieren a la entrada y registro de domicilios, la identificación de las personas, los controles callejeros, los cacheos o el catálogo de sanciones.

18 de octubre de 2013

Si no es blanco, tiene el doble de posibilidades de que le pare la Policía

Si no es blanco, tiene el doble de posibilidades de que le pare la Policía

Un estudio de la Universidad de Valencia con datos de Metroscopia confirma que los agentes paran más a las minorías étnicas

La policía para a ciudadanos con rasgos latinos o de raza negra, para comprobar sus papeles en el intercambiador de la Avenida de América (Madrid). / ULY MARTÍN
Andrea E., una joven de Ecuador que realizaba unas prácticas laborales en Madrid el pasado 2012, fue parada dos veces por la policía en la estación de metro de Moncloa, donde tomaba un autobús a su domicilio en Pozuelo. “Yo creo que fue el mismo agente”, recuerda. La primera vez mostró su pasaporte y la dejaron continuar. La segunda identificación no fue tan rápida. “Me hicieron pasar un mal rato. Sin mirar mi pasaporte, me hicieron esperar en un banco junto a otras 15 personas y finalmente me dijeron que debía acompañarlos a comisaría. Muy enojada, les hice notar que tenía permiso para estar 45 días en la Unión Europea y que apenas llevaba 15. Que mi viaje era por razones profesionales. Fue una situación muy fea. Después de lo bien que me había tratado Madrid me sentí sola, discriminada y observada”, relata. Ella está convencida de que la pararon por ser morena. “Antes que a mí, pararon a un chico negro que también iba corriendo al autobús. Era español y se molestó mucho”, explica.
Como Andrea, muchas personas son identificadas por la policía solo por su etnia o color de piel. En definitiva, la única sospecha para pararlos es su aspecto físico. Así lo demuestra un estudio presentado este jueves por la Open Society Justice Initiative, elaborado por los investigadores del Institut Drets Human de la Universidad de Valencia con datos deMetroscopia. Una persona de apariencia caucásica (blanca) tiene la mitad de posibilidades de ser identificada en la calle que otra de piel oscura. Mientras que solo un 7% de los primeros contestó haber sido parado por agentes en los dos últimos años, esa proporción se elevaba al 14% entre las personas de minorías étnicas.
“Ya teníamos evidencias de que esto ocurría. Pero vimos la necesidad de tener datos científicos”, subraya Cristina de la Serna, portavoz en España de la Open Society Justice Iniciative. “Ahora sabemos que hay una pauta de identificar a personas extranjeras, pero por sus rasgos étnicos, porque a los inmigrantes caucásicos se les identifica menos que a los de color”, añade.
El estudio, para el que se realizaron 2.800 entrevistas, arroja otros datos reveladores sobre las prácticas policiales. Los inmigrantes tienen tres veces más posibilidades de que les paren que los españoles. Pero también entre los nacidos en España hay diferencias: los no caucásicos, aun españoles, tienen tres veces más posibilidades de ser parados por la calle por agentes que los blancos. Este es el caso de Mohamed Gerehou, oriundo de Huesca, de 21 años y negro.
Hace unos meses, el joven volvía de jugar al baloncesto en el campus de la Universidad Complutense de Madrid donde estudia Periodismo. Acompañado por un amigo “de aspecto latino, pero de Las Rozas”, dice, notó que dos personas les seguían. “Nos pararon y se identificaron como policías”, relata Gerehou, que preguntó a los agentes por qué les identificaban, sin obtener respuesta. Este estudiante está convencido de que el motivo era su color de piel. “Cuando les dimos el DNI español, no era lo que se esperaban y nos preguntaron si llevábamos drogas. Dijimos que no y, sin cachearnos, se marcharon”, recuerda.
No era la primera vez que Gerehou era identificado por agentes. Cuando tenía 16 años, acompañado de su primo y dos amigos –“todos negros”—la policía paró a los menores para que mostraran su documentación. “A mis amigos blancos, caucásicos, no les han identificado nunca. Y si yo voy con blancos, estoy convencido de que tampoco me van a parar”, se queja. “Hay discriminación. Te hacen sentir mal cuando no has hecho nada malo”, repite.
“Si realizamos una combinación entre los factores de nacimiento y apariencia, llegamos a esta conclusión: si has nacido en España y tienes apariencia caucásica europea tienes casi tres veces menos posibilidades de ser parado en la calle (un 16% de los que tienen estas características) que si tienes apariencia no-caucásica europea y has nacido fuera de España. En este caso hay una gran posibilidad de ser parado en la vía pública: el 45% de las personas con este conjunto de características declararon haber sido identificadas por la policía en algún momento del pasado”, concluyen los autores del estudio, coordinados por José García Añón, del Institut de Drets Humans de la Universidad de Valencia, y Ben Bradford, del Centre for Criminology, de la Universidad de Oxford.
“El problema es muy grave y puede acabar con un estallido social. Queremos que las autoridades admitan que esto ocurre y cambien sus prácticas”, subraya de la Serna. “En la agenda del Gobierno está hacer una nueva ley de seguridad ciudadana. Es un momento interesante para introducir el requisito de sospecha razonable y prohibir la identificación por el aspecto físico”, añade.
Según datos oficiales del Ministerio de Interior, se realizan en torno a ocho millones de identificaciones al año. “Pero no sabemos cuántas son porque se esté cometiendo un delito, o por control migratorio. Ni siquiera cómo han acabado esas identificaciones”, lamenta de la Serna. Por eso sugiere que se extienda el procedimiento de la Policía Local de Fuenlabrada, donde los agentes disponen de un manual de actuación y tienen que rellenar un informe durante la identificación. “Se recogen datos básicos. El policía se identifica, también a la persona, dice por qué se le ha parado, en qué lugar y a qué hora”, detalla José Francisco Cano de la Vega, jefe de la policía municipal de esa localidad madrileña y presidente de la Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local.
La comisaría de Fuenlabrada no solo es más eficiente que antes —“en un 30% de las identificaciones localizamos a algún ilícito; en Londres consiguen un 10% y se considera muy alto”, apunta Cano—, sino que además elabora estadísticas que permiten detectar si su actitud es discriminatoria. “Somos una parte de la sociedad y tenemos prejuicios. Pero los datos nos permiten reorientar nuestra actividad si estamos haciendo algo mal. Porque pese a los estereotipos, los nacionales son igual de delincuentes que los extranjeros”, zanja.

5 de noviembre de 2011

Cerco al insulto y la incitación racistas

Cerco al insulto y la incitación racistas

La policía registrará a partir de ahora de forma específica las conductas discriminatorias

Una manifestación contra el racismo en el barrio valenciano de Benimaclet, en diciembre de 2010. / JORDI VICENT
La prohibición de entrar en una discoteca por razones racistas, un insulto en un aparcamiento o un ataque a una personan en la calle. Cualquier incidente (sea agresión física o verbal) “que sea percibido como racista por la víctima o por cualquier otra persona” será registrado como tal por la policía con todos los detalles relacionados con su connotación racista. Hasta ahora estos ataques eran registrados de forma genérica como delitos o faltas, lo que impide conocer la dimensión real del problema y poner en marcha las medidas precisas de prevención y atención a los colectivos más vulnerables.
El Consejo de Ministros aprobó ayer la creación de este registro de incidentes racistas, a propuesta de la Secretaría de Estado de Inmigración, dependiente del Ministerio de Trabajo, dentro de la Estrategia Integral contra la el Racismo, la Discriminación y la Xenofobia. El objetivo es múltiple, según explica la secretaria de Estado de Inmigración, Anna Terrón: tener conocimiento de los incidentes que ocurren, desde el menos al más grave; saber cuántos acaban en denuncia; crear un debate sobre la situación y que la sociedad tome conciencia de ello.
Esta estrategia, que traspone las prácticas establecidas para toda la UE, también recoge un acuerdo entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Ministerio del Interior de colaboración con la policía, que incluye formación específica con la idea de ayudar a estos profesionales a detectar y prevenir actos racistas.
La iniciativa revisa además la definición de incidente racista (“cualquier incidente que es percibido como racista por la víctima o cualquier otra persona”) para que el Ministerio de Interior pueda incluir en un registro los casos que se produzcan, con criterios similares a los de otros países europeos.
La Estrategia Integral contra el Racismo, la Discriminación y la Xenofobia incluye además la recomendación de modificar el Código Penalpara que ningún acto de incitación al racismo quede impute. Se sugiere la modificación de los artículos 510 y 607 para evitar las interpretaciones que se producen en la actualidad por parte de los jueces.
La directora general de Integración de los Inmigrantes, Estrella Rodríguez, explica que la propuesta es sustituir la definición actual de los actos que se penalizan, que aquellos que supongan una “provocación” al racismo, por aquellos que “inciten” a este. La definición actual provoca que “queden sin castigar en algunas ocasiones delitos por difusión e incitación al odio”, señala Rodríguez. “El término incitación cubriría todas las nuevas situaciones que surgen, que tiene que ver con internet y la difusión de determinadas ideas a través de la red, sin que dependa de la voluntad del legislador", añadió