13 de abril de 2013

La Abogacía dice que “la Infanta no tuvo participación dolosa” en Nóos


La Abogacía dice que “la Infanta no tuvo participación dolosa” en Nóos

El órgano refuta los criterios jurídicos del juez instructor, José Castro, y se adhiere al recurso presentado por el fiscal Pedro Horrach

 Palma de Mallorca - EL PAIS13 ABR 2013 - 00:01 CET333
La infanta Cristina, el pasado día 5 en Barcelona. / ANDREU DALMAU (EFE)
La infanta Cristina, según la Abogacía del Estado, que representa a laAgencia Tributaria en el caso Urdangarin, no tuvo “una participación activa, consciente y dolosa” en las acciones supuestamente delictivas de defraudación y evasión fiscal de las que se acusa a su marido, Iñaki Urdangarin. Por ello no debe permanecer imputada. El yerno delRey carga con la acusación por tres delitos fiscales: uno por el impuesto de sociedades y dos sobre la renta de las personas físicas, de 2007 y 2008.
La Abogacía refuta los criterios jurídicos del juez instructor, José Castro, porque se adhiere plenamente al recurso de apelación presentado por el fiscal Pedro Horrach, al que también se ha sumado Urdangarin. Horrach pidió la anulación del auto de imputación.
El instructor observó “un supuesto de cooperación necesaria” de Cristina de Borbón con su marido y los negocios bajos sospecha del Instituto Nóos al permitir “una utilitarista figuración” de su rango y cargo. La Abogacía del Estado se centra en rebatir los argumentos sobre los delitos fiscales y recuerda que la defensa de los intereses de Hacienda es la base única de su personación, de enero de 2013.

Adhesión “limitada”

La Abogacía reconoce que su adhesión al recurso del fiscal en el caso Urdangarin es “limitada” porque su actuación de investigación, acusación y defensa no puede exceder los intereses de parte perjudicada de la Hacienda Pública y de la Administración. El resto de delitos de corrupción del caso (hasta siete) quedan fuera de su ámbito. Asume que no podría actuar sobre una posible cooperación de la Infanta en un delito de tráfico de influencias, que el juez señala y el fiscal rechaza expresamente.
La Abogacía dice que no se puede atribuir a la hija del Rey un papel de “inductora” en los citados delitos fiscales de los que se acusa a Iñaki Urdangarin, ni tampoco se le ha de considerar “cooperadora necesaria” de los mismos, ni siquiera “cómplice”, en ningún caso.
La Infanta fue vocal de la junta directiva del Instituto Nóos y es copropietaria de Aizóon la sociedad familiar que Urdangarin usó para su facturar los ingresos millonarios de Nóos y de sus asesorías privadas, para evitar la carga tributaria. Del bloque de catorce indicios de criminalidad o dudas razonables del juez para la imputación solo uno se refiere a los delitos contra la Hacienda Pública.

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