11 de julio de 2009

El Gobierno cambia la ley para colocar a inmigrantes parados

ELPAIS.COM

El Gobierno cambia la ley para colocar a inmigrantes parados

TOMÁS BÁRBULO - Madrid - 11/07/2009

Los inmigrantes que se queden en paro tendrán más oportunidades para buscar trabajo y reducirán el riesgo de perder sus permisos de residencia. La especial incidencia de la crisis económica entre los extranjeros ha movido al Consejo de Ministros a modificar el Reglamento de Extranjería para facilitar su recolocación y reducir la "irregularidad sobrevenida" (imposibilidad de renovar el permiso de estancia por carecer de empleo).

Los inmigrantes que se queden en paro tendrán más oportunidades para buscar trabajo y reducirán el riesgo de perder sus permisos de residencia. La especial incidencia de la crisis económica entre los extranjeros ha movido al Consejo de Ministros a modificar el Reglamento de Extranjería para facilitar su recolocación y reducir la "irregularidad sobrevenida" (imposibilidad de renovar el permiso de estancia por carecer de empleo).

Éstas son las medidas aprobadas, fruto de un acuerdo logrado en el diálogo social, dirigido por la secretaria de Estado de Inmigración, Consuelo Rumí:

- Autorización inicial. Durante el primer año de estancia en España, los extranjeros tienen un permiso inicial que sólo les permite trabajar en un sector de actividad, en una determinada provincia y por cuenta propia o por cuenta ajena. El decreto aprobado ayer facilita los trámites para que puedan cambiar de sector de actividad, de área geográfica y de modalidad de empleo.

- Permiso de residencia. Para renovar los permisos de residencia, los extranjeros tienen que presentar un contrato de trabajo en vigor. Si se hallan en el paro, no pueden obtener nuevos documentos y caen en lo que se ha dado en llamar "irregularidad sobrevenida". A partir de ahora podrán renovarlos, aunque estén desempleados, aquellos que hayan cotizado a la Seguridad Social al menos nueve meses por año de estancia en el país.

- Reagrupación en España. Si uno de los miembros de un matrimonio de inmigrantes que hayan llegado a España con sendos contratos pierde su trabajo, no puede renovar su permiso de residencia: debe volver a su país para que su cónyuge con empleo solicite desde España su reagrupación familiar. A partir de ahora, si el cónyuge con trabajo demuestra que puede mantener a su pareja, la Administración renovará la autorización de ésta.

Además, el Gobierno ha modificado también el Reglamento para que Cataluña y Andalucía puedan expedir las autorizaciones iniciales de trabajo, tal y como recogen sus estatutos de autonomía. Cataluña comenzará a hacerlo a partir de octubre.