21 de octubre de 2010
El Supremo abre el segundo proceso a Garzón por las escuchas de 'Gürtel'
El auto cuestiona la actuación de Pedreira, actual instructor de la trama corrupta
JULIO M. LÁZARO - Madrid - 21/10/2010
EL PAIS
El juez del Tribunal Supremo Alberto Jorge Barreiro ordenó ayer abrir procedimiento abreviado contra el juez Baltasar Garzón al apreciar indicios de delitos de prevaricación y vulneración de las garantías constitucionales por ordenar intervenir las comunicaciones de los cabecillas de la trama Gürtel con sus abogados en la prisión. El auto, de inusitada dureza, afirma que Garzón, al autorizar las escuchas, lesionó "uno de los principios básicos del sistema procesal penal, retrotrayéndonos a un estatus procesal anterior al Estado de derecho". La resolución deja en entredicho la actuación del juez Pedreira, que previsiblemente será el siguiente objetivo de los abogados de la red Gürtel y, por ende, su instrucción sobre la trama vinculada al PP.
El instructor no quiere una nulidad y prefiere que Garzón sea juzgado
En línea con el resto de la Sala, el juez Jorge Barreiro sostiene que la defensa de los cabecillas de la trama Gürtel habría tenido "mayor eficacia" si Garzón hubiera acordado su incomunicación, "pues al menos no se autoincriminarían ni aportarían fuentes de prueba en contra de sus propios intereses procesales".
La decisión del instructor del Supremo implica la apertura de un segundo procedimiento abreviado contra el juez Garzón. El juez Luciano Varela le abrió otro por investigar los crímenes del franquismo mientras que el magistrado Manuel Marchena indaga sus cobros como profesor en la Universidad de Nueva York.
Después de varios meses de mantener bajo secreto su instrucción contra Garzón, Jorge Barreiro ni siquiera ha esperado a que el instructor del caso Gürtel, Antonio Pedreira, alzase el secreto sobre la totalidad del sumario, y abre el procedimiento estando secretas aún una parte de las actuaciones.
Además, ordena dar traslado al fiscal y "a todas las partes acusadoras" por un plazo de 10 días para que soliciten la apertura del juicio contra Garzón y formulen sus escritos de acusación o "excepcionalmente" pidan la práctica de diligencias complementarias. El auto no menciona que se entreguen las actuaciones ni al juez imputado ni a su defensa. Entre los querellantes se encuentran el cabecilla de la trama Gürtel, Francisco Correa, y su lugarteniente, Pablo Crespo.
Horas antes de conocerse el auto, la defensa de Garzón había propuesto el testimonio del juez Antonio Pedreira y que el Supremo certificase cuántas escuchas han sido anuladas y en cuántas se había ordenado perseguir al juez o tribunal que las acordó.
El instructor se dedica a mejorar las querellas de los implicados en la trama Gürtel, que imputaban a Garzón haber ordenado las escuchas amparándose en un precepto que solo las autoriza cuando el preso es sospechoso de delitos de terrorismo. Barreiro desecha las argumentaciones de los querellantes por entender que la norma sobre escuchas en las cárceles es "farragosa, contradictoria y zigzagueante", y no la considera determinante para dirimir los indicios contra Garzón.
Por eso se centra en la vulneración de los derechos de defensa y del secreto profesional de los abogados de los implicados en la Gürtel para concluir que, aunque las citas de los artículos por Garzón fueran "erróneas" o "incorrectas", lo que convirtió su actuación en "palmaria y clamorosamente injusta" fue ordenar las escuchas "en unos términos tan categóricos y omnímodos que vacían de contenido el derecho de defensa".
El juez del Supremo considera aún más "alarmante" que las escuchas se acordasen respecto a "todos" los letrados que pudiesen contactar con los imputados. Barreiro sigue al pie de la letra un informe del Colegio de Abogados de Madrid y critica a Garzón por mantener las escuchas cuando Correa y Crespo nombraron nuevos letrados que no estaban imputados, como los primeros.
En cambio, critica al fiscal por entender que los autos de Garzón no eran ni siquiera nulos; al instructor del caso Gürtel, Antonio Pedreira, por aplicar "en su literalidad los argumentos del fiscal", y al magistrado del Tribunal Superior de Madrid José Manuel Suárez Robledano, por avalar en un voto particular la actuación de Garzón, en razón de la gravedad de los delitos investigados.
Barreiro alude de pasada a que los delitos de cohecho, tráfico de influencias, defraudación fiscal y blanqueo que investigaba Garzón, son "muy difíciles de instruir", pero vuelve a que la actuación de Garzón "destruye los pilares básicos del ordenamiento procesal del Estado de derecho".
La conclusión del juez del Supremo es que todo ello no puede quedar en una "mera nulidad procesal" sino que la gravedad de las escuchas obliga a imputar a Garzón una prevaricación castigada con hasta 20 años de inhabilitación. Además, le atribuye haber ordenado "instalar" artificios de grabación, por lo que le imputa otro delito de violación de garantías constitucionales.