14 de abril de 2009
Indultada la madre que fue condenada por abofetear a su hijo
EL PAIS
Indultada la madre que fue condenada por abofetear a su hijo
La mujer debía mantenerse alejada del menor durante más de un año por la agresión
EFE - Jaén - 14/04/2009
El Consejo de Ministros ha concedido el indulto a una madre condenada a 67 días de cárcel y a la prohibición de acercarse a su hijo de 12 años en un año y 67 días por darle un bofetón y agarrarlo del cuello. La medida, referida al alejamiento, se concedió en el último Consejo de Ministros y fue comunicada ayer por telegrama a la Audiencia Provincial de Jaén.
• 45 días de cárcel para una madre que pegó a su hijo por no hacer los deberes
• La madre de Pozo Alcón condenada pide el indulto
• El bofetón aún tiene defensores
• Encuesta: ¿Crees que el bofetón es un buen método educativo?
Gracias al indulto la mujer no deberá cumplir la pena de alejamiento con la condición de que en los próximos dos años no cometa ningún otro delito. Tampoco deberá entrar en la cárcel ya que carece de antecedentes penales y la pena es inferior a dos años.
El abogado de la madre, Ignacio Amor, que ha asegurado que el indulto es "lo que se esperaba" después de que la Audiencia Provincial lo apoyase, ha calificado la primera condena a la madre como "rarísima" y espera que todo este proceso "dé lugar a que se modifique la ley".
La Audiencia Provincial de Jaén recogía la petición de un indulto parcial en una sentencia del mes enero en la que aumentaba la pena impuesta a la madre tras producirse un error material de la primera sentencia emitida por el juzgado número 3 de lo Penal de Jaén.
En la primera sentencia la madre había sido condenada a 45 días de prisión y a un año y 45 días de alejamiento, pena que fue elevada al no haberse tenido en cuenta que los hechos habían ocurrido dentro del domicilio familiar.
Según las sentencias, estaba acreditado que la madre "cometió un acto de agresión contra su hijo al cogerlo del cuello para levantarlo del suelo y darle un tortazo en la cabeza", y se cumplían "todos los requisitos del maltrato, aun cuando hubiese sido la única agresión cometida", ya que el niño se golpeó la cabeza contra el lavabo y sangró por la nariz.
Los hechos tuvieron lugar en Pozo Alcón (Jaén), en una discusión que comenzó tras regañar la acusada a su hijo por no haber hecho los deberes.
La sentencia también reconocía que el niño tenía un carácter "difícil" y era "desobediente" en el colegio, lo que era motivo de nerviosismo para la madre.
Indultada la madre que fue condenada por abofetear a su hijo
La mujer debía mantenerse alejada del menor durante más de un año por la agresión
EFE - Jaén - 14/04/2009
El Consejo de Ministros ha concedido el indulto a una madre condenada a 67 días de cárcel y a la prohibición de acercarse a su hijo de 12 años en un año y 67 días por darle un bofetón y agarrarlo del cuello. La medida, referida al alejamiento, se concedió en el último Consejo de Ministros y fue comunicada ayer por telegrama a la Audiencia Provincial de Jaén.
• 45 días de cárcel para una madre que pegó a su hijo por no hacer los deberes
• La madre de Pozo Alcón condenada pide el indulto
• El bofetón aún tiene defensores
• Encuesta: ¿Crees que el bofetón es un buen método educativo?
Gracias al indulto la mujer no deberá cumplir la pena de alejamiento con la condición de que en los próximos dos años no cometa ningún otro delito. Tampoco deberá entrar en la cárcel ya que carece de antecedentes penales y la pena es inferior a dos años.
El abogado de la madre, Ignacio Amor, que ha asegurado que el indulto es "lo que se esperaba" después de que la Audiencia Provincial lo apoyase, ha calificado la primera condena a la madre como "rarísima" y espera que todo este proceso "dé lugar a que se modifique la ley".
La Audiencia Provincial de Jaén recogía la petición de un indulto parcial en una sentencia del mes enero en la que aumentaba la pena impuesta a la madre tras producirse un error material de la primera sentencia emitida por el juzgado número 3 de lo Penal de Jaén.
En la primera sentencia la madre había sido condenada a 45 días de prisión y a un año y 45 días de alejamiento, pena que fue elevada al no haberse tenido en cuenta que los hechos habían ocurrido dentro del domicilio familiar.
Según las sentencias, estaba acreditado que la madre "cometió un acto de agresión contra su hijo al cogerlo del cuello para levantarlo del suelo y darle un tortazo en la cabeza", y se cumplían "todos los requisitos del maltrato, aun cuando hubiese sido la única agresión cometida", ya que el niño se golpeó la cabeza contra el lavabo y sangró por la nariz.
Los hechos tuvieron lugar en Pozo Alcón (Jaén), en una discusión que comenzó tras regañar la acusada a su hijo por no haber hecho los deberes.
La sentencia también reconocía que el niño tenía un carácter "difícil" y era "desobediente" en el colegio, lo que era motivo de nerviosismo para la madre.