22 de enero de 2011

El País Vasco consagra el derecho a exigir una vivienda ante la justicia
Los ciudadanos de rentas bajas podrán reclamar piso o prestación - Se fija un canon a las casas vacías - El beneficiario que eleve sus ingresos perderá la VPO
ALBERTO URIONA - Bilbao - 22/01/2011
EL PAIS



Por vez primera en España, un ciudadano podrá acudir a los tribunales si la administración no le proporciona un piso en alquiler o una compensación económica. El derecho figura en el anteproyecto de la ley de vivienda de Euskadi, presentada ayer, que contempla un canon anual (de 700 euros para una vivienda de 70 metros cuadrados) a los dueños que se nieguen a alquilar pisos desocupados.
·         Expropiaciones deseables

El anteproyecto protege a hogares con ingresos hasta 15.000 euros
La ley requerirá más de un año para su aprobación y el debate entre las instituciones y partidos vascos. Pero tiene una ventaja: el texto se basa en las aportaciones de un centenar de entidades sociales y empresariales (desde constructores, promotores y consumidores hasta sindicatos y Municipios) que firmaron en junio, tras seis meses de debate, un Pacto Social por la Vivienda, lo que garantiza que gran parte de contenido no se modifique.
La normativa se inscribe en la filosofía del Gobierno vasco de reducir la construcción de viviendas protegidas y potenciar el alquiler y la rehabilitación por la escasez de suelo disponible y el mayor coste de construir nueva vivienda. En Euskadi hay 320.000 viviendas, entre un parque global de un millón, con más de 50 años de antigüedad.
Estas son las principales novedades de la ley:
- Derecho a la vivienda. Euskadi no es la primera comunidad autónoma que reconoce el derecho a la vivienda, ya que existe en Andalucía, pero la regulación vasca va un poco más lejos. Supone la obligatoriedad de que los vascos con rentas más bajas accedan a un piso protegido en alquiler en su comarca (no vale proporcionar a una familia de Vitoria una vivienda en Bilbao). Si el Gobierno autónomo no puede ofrecerlo, aporta una prestación económica para que lo arriende en el mercado libre. Si incumple cualquier de estos supuestos, puede demandar a la Administración ante los tribunales. En Andalucía, la denuncia al juez solo es para reclamar al municipio que elabore un plan de viviendas. En Euskadi es un derecho individual a un piso. Para ello, debe estar empadronado en el País Vasco, carecer de una vivienda digna y estar inscrito más de cuatro años en el registro oficial Etxebide.
La ley establece su aplicación inmediata, sin esperar al reglamento, con lo que un año después de la aprobación beneficiará a familias de tres o más miembros con ingresos anuales inferiores a 15.000 euros. Aun no se ha fijado cuántos serán, pero se sabe que al menos entrarán las 16.000 personas que perciben la llamada prestación complementaria de vivienda (de 250 y 320 euros mensuales), que obliga a un desembolso anual de 50 millones. La ley vasca prevé que, a partir del segundo año, se incluyan en este derecho a la vivienda las familias de dos miembros con ingresos inferiores a 12.000 euros y, desde el tercer ejercicio, las de un solo miembro con menos de 9.000 euros al año.
- Canon en los pisos vacíos. La ley regula por primera vez las viviendas desocupadas, lo que han intentado otras comunidades. Establece la declaración administrativa de vivienda deshabitada para las que estén desocupadas de forma continuada durante más de dos años, salvo excepciones como segundas residencias o traslados de domicilio por razones laborales, de salud, dependencia o emergencia social. Los Ayuntamientos podrán exigir un canon anual de 10 euros por cada metro cuadrado útil, cuyos ingresos se destinarán a patrimonio municipal de suelo, o imponer el alquiler forzoso al propietario, una figura que existe en Cataluña.
- Expropiación forzosa de VPO. Otra novedad es la expropiación forzosa de viviendas de protección oficial (VPO) si los inquilinos han mejorado sustancialmente sus ingresos, un supuesto que se da con cierta frecuencia. La ley deja sin vivienda, incluso con carácter retroactivo, a los titulares que por tres años consecutivos tengan ingresos que dupliquen los máximos establecidos para acceder a una VPO, que en Euskadi rondan ahora los 40.000 euros anuales.
- Precios diferentes según la renta. Las viviendas protegidas de una promoción no costarán lo mismo, con iguales características, para los adjudicatarios actuales, que deben ganar entre 9.000 y 39.000 euros anuales. Habrá diferentes tramos (se barajan dos o tres) y un fondo de garantía y compensación, que permitirá al promotor cobrar la cantidad fijada por piso, independientemente de que el inquilino abone más o menos.
- Reformas con el 50% del aval de vecinos. El impulso de la rehabilitación en Euskadi (con un parque de 700.000 viviendas de más de 40 años de antigüedad) se define con medidas como la obligación de obras de mejora (y no solo el mantenimiento como ahora) y que solo se requiera la aprobación del 50% de los propietarios, en vez del 60% actual.