19 de marzo de 2018
El Congreso rechazará investigar y juzgar los crímenes de la dictadura franquista
Adriana Lastra, portavoz del PSOE - ÓSCAR DEL POZO
El Pleno de la Cámara Baja rechazará este martes la toma en consideración de la reforma de la Ley de Amnistíaimpulsada por Podemos, ERC, PNV y PDECAT para juzgar e investigar los crímenes y las violaciones de derechos humanos que tuvieron lugar durante la dictadura franquista. La llave de la decisión ha vuelto a recaer en manos del PSOE, que ha decidido sumar fuerzas con PP y Ciudadanos para echar atrás esta iniciativa al entender que la Ley de Amnistía fue uno de los pilares de la Transición. La vicesecretaria general del PSOE, Adriana Lastra, ha anticipado en rueda de prensa la posición de su partido «por una cuestión de seguridad jurídica». No quiso entrar en muchos más detalles, pero sí planteó que los servicios jurídicos del PSOE han trasladado que la reforma «jurídicamente es francamente mejorable». Sí se mostró de acuerdo, no obstante, en que «los crímenes de lesa humanidad se pueden perseguir» pero no comparte que se pueda de facto dejar sin vigencia la Ley de Amnistía. Los socialistas sí incluyen en su proposición de ley para reformar la ley de Memoria Histórica la propuesta de anular los juicios franquistas.
No lo ven así Podemos y los partidos nacionalistas que en su exposición de motivos consideran esta reforma «imprescindible» para «profundizar con rigor» en los valores y principios que deben presidir un Estado democrático. Insisten en que solo investigando y juzgando «los crímenes contra la humanidad» cometidos durante la dictadura franquista se facilitará el derecho a la tutela judicial efectiva que asiste a las víctimas y sus familiares. «No es posible menoscabar el derecho de las víctimas a un recurso efectivo o reparaciones», subraya la proposición de ley , reivindicando el derecho de las sociedades «a conocer la verdad» acerca de esos hechos. Estos cuatro grupos denuncian que la Ley de Amnistía española se ha convertido en una «norma de impunidad» que ha impedido la investigación y el enjuiciamiento de las citada violaciones de derechos, al eliminar su «carácter criminal» y defender que «no deberían perseguirse».
Como principal argumento, recuerdan que la concesión de amnistías generales sobre asesinatos y maltratos a civiles está prohibida por el Derecho internacional y viola el Convenio Europeo de Derechos Humanos. En esta línea, el texto se apoya en el informe elaborado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en 2009 en el que considera con las obligaciones del Estado son «incompatibles» con aquellas amnistías que impiden el enjuiciamiento de personas que presuntamente han cometido crímenes de guerra o de lesa humanidad, genocidio y otras violaciones graves de los derechos humanos. Pone también sobre la mesa las críticas que distintos organismos internacionales han realizado a la citada ley española por no respetar las obligaciones internacionales adquiridas. Entre ellos, el Comité contra la desaparición forzada de las Naciones Unidas o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, reclamando en ambos casos la valoración de alternativas que priven de efecto a las disposiciones de la Ley de Amnistía en lo que concierne al acceso a la justicia sobre violaciones graves de los derechos humanos cometidas durante la Guerra Civil y el franquismo.
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