El
Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, ha confirmado la
ilegalización de la formación
Acción Nacionalista Vasca (ANV), que el Tribunal Supremo decretó el 22 de diciembre de 2008 y que el Constitucional
confirmó el 29 de enero del año siguiente.
Así consta en una sentencia dictada este martes por el tribunal en el que se señala que esta decisión no violó el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que recoge la libertad de expresión; ni el 11, que establece el derecho de reunión y asociación.
La decisión del TEDH supone un aval rotundo a la resolución dictada por el Supremo contra ANV. Según el dictamen del tribunal europeo, hay "pruebas suficientes para la ilegalización" de la formación 'abertzale' por "su relación con Batasuna-ETA" y por "sostener un proyecto políticocontrario a los principios de una sociedad democrática".
El TEDH ha tenido en cuenta que los dirigentes de Batasuna asistían a los actos políticos de ANV, y que algunos de sus asociados formaron parte de las listas electorales de ANV en las elecciones municipales de 2007. También destaca que tanto ETA como Batasuna asumieron como propios los resultados obtenidos por ANV en esos comicios sin que esta formación protestara y da especial importancia a que ANV nunca condenó los atentados de ETA.
En opinión del TEDH, hay elementos suficientes para hablar del "apoyo político total de ANV a ETA-Batasuna". En este sentido, destaca que está probado que ETA-Batasuna financió la campaña electoral de ANV y que además este partido asumió el discurso amenazante de ETA y SEGI contra sus oponentes políticos.
Aval al criterio del Supremo
En 2008, el Tribunal Supremo destacaba en su sentencia la negativa de los miembros electos de ANV a condenar los atentados de ETA y su colaboración con miembros de la ilegal Batasuna durante y tras las elecciones locales de 2007, en las que se permitió concurrir a algunas de las listas presentadas por esta formación, mientras que otras 133 fueron anuladas por considerarse "continuadoras" de la formación ilegalizada en 2003.
Los abogados de la formación 'abertzale', que fue vetada por el alto tribunal por su vinculación con la ilegalizada Batasuna y la organización terrorista ETA, denunciaron que la decisión judicial del Supremo, que fue confirmada por el Constitucional el 29 de enero, vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
La Sala del 61 del Supremo dictó la sentencia de ilegalización el 22 de diciembre de 2008 y acordó la disolución de la formación 'abertzale' como partido político tras admitir las demandas que habían presentado la Fiscalía y la Abogacía del Estado.
El Constitucional rechazó el 29 de enero de 2009 el recurso de amparopresentado por ANV en una sentencia en la que confirmaba la "relación demostrada" entre esta formación y ETA, y destacaba como "especialmente relevante" su postura pública frente al fenómeno terrorista, al utilizar "lemas, símbolos y proclamas" como los que habitualmente ha venido usando Batasuna para legitimar la violencia.
El TC también constataba la perfecta adecuación del criterio del Tribunal Supremo, cuya sentencia era calificada de "razonable y meditada", a los requisitos señalados en la Ley de Partidos Políticos (LPP) para disolver un partido político.
El Supremo destacaba en su sentencia la negativa de los miembros electos de ANV a condenar los atentados de ETA y su colaboración con miembros de la ilegal Batasuna durante y tras las elecciones locales de 2007, en las que se permitió concurrir a algunas de las listas presentadas por esta formación, mientras que otras 133 fueron anuladas por considerarse "continuadoras" de la formación ilegalizada en 2003.
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