17 de enero de 2013

El Consejo Audiovisual pide revisar la ley para regular los espacios de esoterismo


El Consejo Audiovisual pide revisar la ley para regular los espacios de esoterismo

El organismo andaluz sugiere la prohibición de estas emisiones, como se ha hecho en otros países

Emelina Fernández, presidenta del Consejo Audiovisual de Andalucía.
El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) aprobó este miércoles elevar al Ministerio de Industria el informe que elaboró el pasado mes de diciembre y en el que ponía en evidencia la proliferación de espacios de esoterismo y las paraciencias, así como el incumplimiento sistemático de la normativa de emisión. El organismo reclama la revisión de la Ley General de Comunicación Audiovisual para establecer una regulación "específica y detallada".
El Consejo de Andalucía también remitirá su resolución a los grupos políticos en el Congreso, en el Senado y en el Parlamento autonómico para que se tenga en cuenta en la elaboración del proyecto de ley de comunicación audiovisual.
El informe del CAA pone en evidencia la proliferación de espacios, tanto en radio como en televisión, que venden adivinación del futuro a través de actividades de “índole paranormal, esotérico u ocultista” y que recomiendan la “práctica de sortilegios”.
Estos programas, que solo pueden emitirse entre las diez de la noche y las siete de la mañana, “han aumentado de forma alarmante y se han convertido en una importante fuente de ingresos para buena parte del sector audiovisual, inundando la oferta televisiva española”, según la resolución del Consejo. Además, el 50% de los canales que los emiten no poseen la correspondiente licencia y, de ellos, el 76% se dedica fundamentalmente a la emisión de contenidos relacionados con el esoterismo y las paraciencias sin respetar la limitación horaria.
Prohibición
Sugiere el Consejo Andaluz que “en España cabría adoptar la decisión de prohibir expresamente la emisión” de estos espacios, como ha sucedido en algunos países europeos. El último ha sido Bélgica el pasado año.
En cualquier caso, el organismo andaluz exige el cumplimiento de las limitaciones de la Ley General de Comunicación audiovisual y de la Directiva para la televenta: duración ininterrumpida de 15 minutos, ser fácilmente identificables como publicidad televisiva y televenta y estar claramente diferenciados de los programas mediante mecanismos acústicos y ópticos, entre otras condiciones.
La alerta del Consejo andaluz no es nueva. Lo ha venido haciendo desde el año 2009, fecha de la aprobación de la primera Ponencia sobre programas de videncia, cartomancia y quiromancia en la televisión. Un año después se consiguió limitar el horario de sus emisiones. En los últimos informes se seguía detectando un incumplimiento sistemático de las restricciones.

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