24 de junio de 2009

El Consejo Fiscal cuestiona la constitucionalidad de la Ley del Aborto

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Miércoles, 24 de Junio de 2009

Madrid

El Consejo Fiscal cuestiona la constitucionalidad de la Ley del Aborto

NIEVES COLLI | MADRID

Actualizado Miércoles, 24-06-09 a las 11:02

El Consejo Fiscal se dividió a la hora de elaborar su dictamen sobre el proyecto de ley del aborto, dado que la mayoría conservadora —seis de los once vocales que ayer conformaban el Consejo, como consecuencia del fallecimiento de Rafael Valero, uno de sus miembros natos— se impuso sobre los progresistas. El texto aprobado por la mayoría tacha el anteproyecto de «inconstitucional» por cuanto deja absolutamente desprotegido al feto, cuya vida, según la doctrina del Tribunal Constitucional, «encarna un valor fundamental —la vida humana— garantizado en el artículo 15» de la Carta Magna. Los informes del Consejo Fiscal son preceptivos, pero no vinculantes.
Según una nota de prensa hecha pública ayer por la tarde, la Fiscalía también hará llegar al Ministerio de Justicia el texto desechado por la mayoría del Consejo, que contó sólo con el apoyo de Cándido Conde Pumpido, del teniente fiscal del Supremo y de los dos vocales de la Unión Progresista de Fiscales. Fuentes del sector conservador aseguraron que el informe que se enviará al Gobierno es el aprobado por mayoría y que, en todo caso. a él podrán adjuntarse «los votos particulares» del grupo minoritario.
Unanimimidad de los fiscales en rechazar que los padres de las menores de entre 16 y 18 años no sean informados
Fuentes fiscales explicaron que la principal discrepancia entre los dos bloques del Consejo estuvo en el artículo 14, referido a los plazos. Este precepto establece la voluntad de la embarazada, y que ésta haya sido debidamente informada, como únicos requisitos para abortar hasta la semana catorce.
El dictamen del Consejo Fiscal recuerda que la protección que la Constitución otorga a la vida humana implica dos obligaciones para el Estado: «abstenerse de interrumpir o de obstaculizar el proceso natural de gestación» y «establecer un sistema legal para la defensa de la vida (...)».
«Sacrificio del nasciturus»
Este segundo requisito no se cumple por el anteproyecto. El texto «prefiere olvidar» que una simple declaración de voluntad de la mujer «supondrá nada menos que el “sacrificio del nasciturus”». En opinión del Consejo Fiscal, se trata de un «paso cualitativo que viene a ignorar que nos encontramos ante un bien constitucionalmente protegido».
Tras considerar que no es «jurídicamente aceptable» el tratamiento que la ley hace del aborto como si fuera «una medida más de planificación de la reproducción», el informe recuerda que «en puridad, no puede hablarse de un derecho al aborto, pues ello supondría el reconocimiento del derecho a eliminar a un ser humano distinto de la madre y titular del derecho a la vida humana».
Recuerda que para el TC la vida del feto es un «bien protegido constitucionalmente»
Entre los vocales conservadores y los progresistas sí hubo un «consenso básico» en el rechazo a que los padres de las menores de entre 16 y 18 años no tengan que ser siquiera informados de la decisión de sus hijas de interrumpir su embarazo. El texto entiende que la decisión, «susceptible de dejar graves secuelas psicológicas», corresponde a la menor, pero propone como «solución intermedia» establecer la obligación de informar a los padres. «Y el hecho fehaciente de tal conocimiento paterno —puntualiza el texto mayoritario— debe ser uno de los requisitos exigidos para que los médicos puedan practicar el aborto, en los casos permitidos por la ley».
Respecto de las penas previstas para los supuestos no amparados por la ley, el Consejo Fiscal critica que se prevea la misma sanción (multa de 6 a 24 meses) para todos ellos, sea cual sea su gravedad. Algo que «no parece razonable desde la óptica de la proporcionalidad».