El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha dejado en libertad a ocho marineros egipcios detenidos en aguas internacionales por agentes de Vigilancia Aduanera en un pesquero cargado con casi 10 toneladas de hachís en virtud de la nueva legislación sobre justicia universal. Con la nueva ley, que entró en vigor el pasado 15 de marzo, no se cumplen los requisitos para perseguir y enjuiciar estos hechos, porque los detenidos no son españoles y el delito no se iba a cometer en España ni en una nave con pabellón español. Antes de la reforma de la justicia universal impulsada por el Gobierno para limitar la jurisdicción de los jueces españoles fuera del territorio nacional, "no había duda sobre la competencia" de los tribunales españoles en este caso y los ocho traficantes habrían podido permanecer en prisión, sostiene el magistrado.
El juez, "en aplicación estricta de la legalidad nacional, e internacional", decreta el sobreseimiento de la causa, la puesta inmediata en libertad de los traficantes y la destrucción de la droga, que venía almacenada en las bodegas de un pesquero sin bandera y de nombre árabe. El juez Andreu declara en un auto de ocho páginas la falta de jurisdicción de los tribunales españoles y explica que en aplicación de la nueva normativa en materia de jurisdicción universal no puede proseguir con la investigación. El magistrado lamenta que “por voluntad del legislador español” esta causa haya quedado excluida de la competencia de la justicia española.
Andreu recuerda que con la nueva ley, los jueces españoles solo pueden investigar y perseguir estos hechos si fueran cometidos por españoles o en territorio español o si el navío enarbolara pabellón español. En el presente caso, explica el magistrado no se cumple ninguno de estos requisitos. Andreu concluye que “a día de hoy no existe cobertura legal para mantener nuestra jurisdicción y por tanto, no existiendo la misma procede así declararlo”. El navío partió de Alejandría (Egipto), cargó la droga en las costas de Marruecos y se dirigía a Libia para alijar las casi 10 toneladas de hachís, valoradas en 56,4 millones de euros.
La Fiscalía Antidroga ha anunciado que recurrirá la resolución del titular del Juzgado Central de Instrucción número 4. En un informe remitido al magistrado, el ministerio público sostenía que el Convenio de Viena de 1988 sobre persecución del narcotráfico establece la "necesaria cooperación" entre los Estados para eliminar el tráfico de drogas por mar. La operación por la que se apresó el pesquero egipcio cargado con droga se realizó en cooperación con las autoridades francesas, que fueron las que detectaron el barco con la droga.
El magistrado considera que la Convención de Viena "en nada afecta a la competencia de los tribunales españoles para el conocimiento de estos hechos (...) pues no establece la jurisdicción de los tribunales de los Estados", sino solo el deber de auxilio y cooperación. "El despliegue de una actuación de tipo asistencial o de cooperación con otras autoridades, en este caso las francesas, no es criterio de atribución de jurisdicción en modo alguno".
El juez Andreu entiende que España podría modificar de nuevo la ley para "extender su jurisdicción" a casos como este "en el que además ni siquiera estamos ante un buque con bandera extranjera". Durante la tramitación parlamentaria de la Ley Orgánica del Poder Judicial que limita la justicia universal, el ministerio del Interior promovió un cambio en la redacción para no poner en peligro las operaciones contra barcos cargados con droga. El magistrado sostiene que la redacción inicial de la proposición de ley hubiera servido para aplicar la jurisdicción española a este caso.
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