09 Feb 2010
La infanta, tras el divorcio ¿la nulidad?
Escrito por: mgalaz el 09 Feb 2010 - URL Permanente
La infanta Elena ha consultado con expertos en derecho canónico cómo solicitar la nulidad de su matrimonio con Jaime de Marichalar, con quien se casó en la catedral de Sevilla el 18 de marzo de 1995. La decisión de emprender esta vía todavía no está formalmente tomada, pero fuentes próximas a la Infanta indican que como católica y miembro de la familia real española es lo que debe hacer. Aún así la Casa del Rey niega de manera oficial que se vaya a iniciar el proceso de nulidad en Roma.
El palacio de La Zarzuela acaba de confirmar que el pasado 21 de enero se inscribió el divorcio de doña Elena y Marichalar en el Registro Civil de la Familia Real. Marichalar ha perdido el título de duque de Lugo y ya no figura en la página web de la Casa del Rey.
La hija de los Reyes tardaría entre dos y tres años en anular su boda religiosa.
A partir de este momento, la Infanta, según las leyes de la Iglesia, tendría prohibido comulgar, por ejemplo; si bien, se podría obviar su situación de divorciada y por "misericordia" seguir recibiendo la comunión si ella así lo deseara. El problema mayor con vistas a la Iglesia aparecería si doña Elena iniciara una nueva relación, ya que estaría siendo "adúltera". Aunque en el siglo XXI estas consideraciones parecen trasnochadas, todo indica que la familia real española, al ser católica, preferiría que uno de sus miembros siguiera las normas de Roma.
Según los expertos consultados, doña Elena puede iniciar en solitario el proceso o hacerlo de acuerdo con Jaime de Marichalar.
Las distintas etapas del proceso de nulidad matrimonial son: introductoria, en la que se definen las causas de nulidad; probatoria, cuando se producen las declaraciones de las partes y de testigos, así como la presentación de documentos y realización de peritajes (psiquiátricos, médicos y caligráficos, entre otros); discusoria, el momento en que los abogados de las partes y el defensor del vínculo -designado por la Iglesia- deben debatir en favor o no de la disolución del matrimonio; y por último la decisoria, cuando un tribunal colegiado de varios jueces emite la sentencia.