23 de febrero de 2010
Estrasburgo no admite el recurso del PNV sobre la anulación de la consulta soberanista
EL PAÍS - Madrid - 23/02/2010
Estrasburgo no admite el recurso del PNV sobre la anulación de la consulta soberanista
Los nacionalistas respetan y acatan la decisión pero expresan su disconformidad
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo no ha admitido a trámite la demanda presentada por EAJ-PNV contra el Reino de España por la anulación en septiembre de 2008 de la ley que amparaba la consulta soberanista planteada por el exlehendakari Juan José Ibarretxe, con la que pretendía recabar la opinión ciudadana en el País Vasco sobre la apertura de un proceso de negociación para alcanzar la paz y la normalización política. La ley había sido aprobada por el Parlamento Vasco el 27 de junio de 2008 con los votos en contra de socialistas y populares.
Según la decisión adoptada el pasado 9 de febrero por el juez E. Myjer, y hecha pública hoy, el Tribunal entiende que "la inadmisibilidad debe declararse porque resulta incompatible, por razón de la materia, con las disposiciones del Convenio Europeo de Derechos Humanos". Es "una decisión definitiva y frente a ella no cabe recurso alguno", concluye el Tribunal.
Fuentes de EAJ-PNV han asegurado que respetan y acatan la decisión de la Corte pero han expresado su "disconformidad" porque el juez basa su decisión en "algo que la demanda ni pide ni formula". Es, en su opinión, una excusa para no admitirla a trámite.
Los nacionalistas vascos consideran, además, que el Tribunal de Estrasburgo ha hecho una interpretación "restrictiva y tímida" del Convenio Europeo de Derechos Humanos al considerar que la demanda presentada por el PNV no afecta a las disposiciones de este Convenio, por lo que instan a abrirlo a "las exigencias de la democracia directa y a la participación de los ciudadanos en los procesos decisorios de transcendencia para su futuro".
El Tribunal Constitucional declaró, por unanimidad, el 11 de septiembre de 2008 la inconstitucionalidad de la ley de la Consulta Vasca por violar el artículo 149.1.32 de la Constitución, que reserva al Estado la competencia exclusiva para autorizar la convocatoria de consultas populares mediante un referéndum. Ibarretxe, que calificó la sentencia de "atropello democrático" y un desprecio al Gobierno vasco, manifestó entonces su intención de recurrir ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.
Estrasburgo no admite el recurso del PNV sobre la anulación de la consulta soberanista
Los nacionalistas respetan y acatan la decisión pero expresan su disconformidad
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo no ha admitido a trámite la demanda presentada por EAJ-PNV contra el Reino de España por la anulación en septiembre de 2008 de la ley que amparaba la consulta soberanista planteada por el exlehendakari Juan José Ibarretxe, con la que pretendía recabar la opinión ciudadana en el País Vasco sobre la apertura de un proceso de negociación para alcanzar la paz y la normalización política. La ley había sido aprobada por el Parlamento Vasco el 27 de junio de 2008 con los votos en contra de socialistas y populares.
Según la decisión adoptada el pasado 9 de febrero por el juez E. Myjer, y hecha pública hoy, el Tribunal entiende que "la inadmisibilidad debe declararse porque resulta incompatible, por razón de la materia, con las disposiciones del Convenio Europeo de Derechos Humanos". Es "una decisión definitiva y frente a ella no cabe recurso alguno", concluye el Tribunal.
Fuentes de EAJ-PNV han asegurado que respetan y acatan la decisión de la Corte pero han expresado su "disconformidad" porque el juez basa su decisión en "algo que la demanda ni pide ni formula". Es, en su opinión, una excusa para no admitirla a trámite.
Los nacionalistas vascos consideran, además, que el Tribunal de Estrasburgo ha hecho una interpretación "restrictiva y tímida" del Convenio Europeo de Derechos Humanos al considerar que la demanda presentada por el PNV no afecta a las disposiciones de este Convenio, por lo que instan a abrirlo a "las exigencias de la democracia directa y a la participación de los ciudadanos en los procesos decisorios de transcendencia para su futuro".
El Tribunal Constitucional declaró, por unanimidad, el 11 de septiembre de 2008 la inconstitucionalidad de la ley de la Consulta Vasca por violar el artículo 149.1.32 de la Constitución, que reserva al Estado la competencia exclusiva para autorizar la convocatoria de consultas populares mediante un referéndum. Ibarretxe, que calificó la sentencia de "atropello democrático" y un desprecio al Gobierno vasco, manifestó entonces su intención de recurrir ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.