30 de octubre de 2017
El fiscal se querella por rebelión, sedición y malversación contra Puigdemont y Forcadell
El fiscal se querella por rebelión, sedición y
malversación contra Puigdemont y Forcadell
El fiscal reclama
la "exigencia de fianza y, en su caso, embargo de bienes en la cuantía que
prudencialmente se fija en un importe de 6.207.450 euros"
EL
PAIS - Madrid 30 OCT 2017 - 10:50 BRST
El
fiscal general del Estado, José Manuel Maza. JULIÁN
ROJAS / VÍDEO: QUALITY
El fiscal general del Estado, José Manuel Maza, ha anunciado este lunes
la presentación de dos querellas por rebelión, sedición,
malversación y otros conexos en el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional
contra los políticos responsables de la declaración de independencia de
Cataluña del pasado viernes que ha desembocado en la intervención de la
autonomía por parte del Gobierno. En las dos querellas, el fiscal reclama la
"exigencia de fianza y, en su caso, embargo de bienes en la cuantía que
prudencialmente se fija en un importe de 6.207.450 euros [300.000 euros cada
uno]", que corresponden a partidas vinculadas a la celebración del
referéndum.
El fiscal general ha explicado que la querella en la Audiencia Nacional
se interpone contra los miembros del Govern porque ya no gozan de aforamiento.
La querella en el Supremo se presenta contra los miembros de la Mesa de
Parlament que permitieron tramitar la votación de la declaración de
independencia. El fiscal no pide medidas cautelares ahora, y se reserva hacerlo
cuando se les cite "en atención a la gravedad de los hechos
imputados".
La querella presentada ante
la Audiencia Nacional va contra Carles Puigdemont, Oriol
Junqueras, Jordi Turul, Raül Romeva, Antoni Comín, Josep Rull, Dolors Bassa,
Meritxell Borràs, Clara Ponsatí i Obiols, Joaquim Forn, Lluís Puig i Gordi,
Carles Mundó, Santiago Vila y Meritxell Serret. La del Tribunal Supremo,
contra Carme Forcadel, Lluís María Corominas, Lluis Guinó, Anna Simó, Ramona
Barrufet y Joan Josep Nuet i Pujals. Las querellas incluyen a Vila, pese a su
dimisión, y a Nuet, que votó en contra pero participó en el recuento de votos
en el Parlament.
El fiscal general, en su querella, solicita la comparecencia
"urgente" de los políticos querellados, a fin de tomarles declaración
como investigados y de valorar la adopción de medidas cautelares personales
contra ellos. Todo ello en atención "a la gravedad de los hechos y de los
delitos imputados, así como de las penas previstas, la flagrancia en su
comisión, la contumacia en la ilegalidad y el riesgo de reiteración en las
conductas antijurídicas". En caso de incomparecencia, "el fiscal interesa
la inmediata detención" de los querellados.
Maza ha afirmado en su alocución, en la que no ha permitido preguntas,
que los querellados actuaron "con total desprecio a la Constitución".
Según el escrito del fiscal, el 1 de octubre, el president de la Generalitat
"dejaba a las claras" la estrategia del Govern: "Llevar a
término el referéndum ilegal desobedeciendo los autos judiciales mediante la
presión intimidatoria de la multitud, impidiendo la actuación de las fuerzas
del orden público".
Violencia en el
delito de rebelión
Según la querella, "la violencia que requiere el tipo" [de
rebelión] no exige que se esgriman armas, ni combate, ni violencias graves
contra las personas", y se basa en la sentencia de abril de 1983 contra
Tejero y los golpistas del 23F. Así explica el texto la imputación por
rebelión: "La concurrencia de violencia física puede no ser necesaria
cuando el alzamiento por sus características y por el número indeterminado de
personas implicadas, es de tal dimensión que tiene capacidad intimidatoria
suficiente para disuadir de una posible actuación a las fuerzas del orden
sabedoras de que cualquier oposición a los planes rebeldes, tornará el
alzamiento en violento y belicoso".
"Las movilizaciones y las concentraciones tumultuarias
desarrolladas en oposición a las órdenes de las autoridades judiciales, las
convocatorias masivas para impedir a los agentes de la autoridad cumplir con
sus funciones, los actos de acoso en forma de escraches a los miembros de la
Policía Nacional y de la Guardia Civil en sus lugares de trabajo y de descanso,
ejemplifican cómo por parte de los querellados no se buscaba simplemente contar
con el apoyo de los ciudadanos para llevar a cabo su proyecto independentista
dentro de la legalidad constitucional, lo cual no sería objeto de reproche
alguno, sino de llamamientos directos o indirectos, a través de las entidades
soberanistas, a la movilización popular o ciudadana como medio intimidatorio y
violento para conseguir el fin secesionista", detalla el texto.
"Todos los querellados, de común acuerdo con otras autoridades,
funcionarios públicos y entidades públicas y privadas, unieron sus voluntades
para, dentro de su respectivo ámbito de actuación, llevar a cabo el referéndum
independentista y con ello la separación de Cataluña de España, promoviendo y
utilizando la fuerza intimidatoria y violenta de los sectores independentistas
de la población, llamando a esta a la insurrección", resume la querella.
El texto de Maza sitúa a los Mossos como clave para los planes de los
supuestos rebeldes: "La declaración de independencia impulsada por los
querellados lleva ontológicamente anudada la asunción en exclusiva del mando
sobre los Mossos d'Esquadra, cuerpo policial integrado por más de 17.000
efectivos armados, con el potencial efecto intimidatorio que los mismos
representan para quienes intenten hacer efectiva la vigencia de la
Constitución".
La querella sitúa el delito de sedición como subsidiario de la posible
rebelión, en caso de que los jueces entiendan que el elemento de violencia no
se da en este caso. "De entenderse que algún elemento del delito de
rebelión no concurre en los hechos objeto de esta querella, estos serían
constitutivos de un delito de sedición", dice. "La afinidad entre el
delito de rebelión y el de sedición se observa igualmente en el carácter
público del alzamiento si bien aquél requiere violencia, y éste que sea
tumultuario, lo que en principio equivale a que el alzamiento sea caótico,
anárquico, inorgánico y desordenado, “aunque nada impediría, según opinión
unánime, que de ser organizado y ordenado también se aplicara el precepto
analizado”, recuerda Maza.
Declaración de
independencia inequívoca
La querella abarca desde la aprobación de las leyes de ruptura del 6 de
septiembre a la declaración de independencia del pasado viernes. El escrito del
ministerio público pretende que se acumulen en la Audiencia Nacional las causas
seguidas en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y en los juzgados 3 y
13 de Barcelona.
Para la fiscalía, la votación del pasado viernes fue para una
declaración de independencia en toda regla: "Los querellados, miembros del
Govern, así como también los miembros de la Mesa del Parlament conseguían así
su objetivo secesionista, de llegar a la declaración formal de independencia,
marcado desde el inicio de la legislatura, y obtenido por la fuerza de los
hechos consumados y por la imposición violenta de su objetivo frente a las
resoluciones de las autoridades judiciales y las fuerzas del orden público, y
en contra de la Constitución y de los fundamentos del Estado Español".
La querella de la Audiencia Nacional ha entrado inicialmente en el
Juzgado Central de Instrucción número 3, en funciones de guardia este lunes y
cuyo titular es Carmen Lamela. Esta magistrada deberá decidir si acumula esta
querella a la causa por sedición por los altercados del 20 y 21 de septiembre,
en el que fueron encarcelados Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, líderes de la ANC
y Ómnium, o bien la envía a reparto.
El fiscal general del Estado ha comparecido acompañado por Luis Navajas,
teniente fiscal del Tribunal Supremo; Fausto Cartagena, fiscal jefe de la
Inspección; José Miguel de la Rosa, fiscal jefe de la Secretaría Técnica y
Jesús Alonso, fiscal jefe de la Audiencia Nacional.
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