17 de octubre de 2017
El Constitucional declara nula por unanimidad la ley del referéndum catalán del 1 de octubre
El Constitucional declara nula por unanimidad la
ley del referéndum catalán del 1 de octubre
La sentencia
sostiene que el Parlament incurrió "en muy graves quiebras del
procedimiento legislativo" que afectaron "a los derechos
fundamentales de todos los ciudadanos"
Madrid 17
OCT 2017 - 14:23 BRST
Sede
del Tribunal Constitucional.Víctor Sainz VÍDEO:
ATLAS
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha declarado este martes, por
unanimidad, la inconstitucionalidad y nulidad de la ley del
referéndum aprobada por el Parlamento de Cataluña el pasado 6 de septiembre y
suspendida cautelarmente por el TC el día 7. La sentencia sostiene
que durante la tramitación parlamentaria de la ley el Parlament incurrió
"en muy graves quiebras del procedimiento legislativo", que afectaron
"a la formación de la voluntad de la Cámara, a los derechos de las
minorías y a los derechos fundamentales de todos los ciudadanos a participar en
los asuntos públicos mediante representantes".
El texto, del que ha sido ponente el magistrado Andrés Ollero, incide en
que "un poder que niega expresamente el derecho se niega a sí mismo como
autoridad merecedora de acatamiento".
El tribunal rechaza que la Constitución recoja el derecho de
autodeterminación, entendido como "’derecho’ a promover y consumar su
secesión unilateral del Estado en el que se constituye España" y desmonta
la afirmación recurrente de los independentistas de que forma parte del
ordenamiento jurídico por vía de tratados internacionales firmados por España.
"El derecho de libre autodeterminación" ha quedado limitado en
"diversas resoluciones inequívocas de las Naciones Unidas" a los
casos de "sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación
extranjeras", recuerda el TC. "Todo intento encaminado a quebrantar
total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país
es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones
Unidas", dice.
En su decisión el Tribunal afirma que "la norma invade competencias
estatales en materia de consultas de carácter referendario y vulnera, entre
otros principios constitucionales, la supremacía de la Constitución, la
soberanía nacional y la indisoluble unidad de la Nación española".
Sobre la invasión de competencias, el Tribunal recuerda que el Estado
tiene competencia exclusiva en "el instituto del referéndum", en
cualquier "modalidad o ámbito territorial". Un referéndum concebido
para la "redefinición de la identidad y unidad del sujeto titular de la
soberanía" solo puede encauzarse mediante reforma constitucional.
La ley del referéndum catalán es "con toda evidencia,
inconstitucional" porque es contraria a "principios esenciales de
nuestro ordenamiento constitucional: la soberanía nacional, residenciada en el
pueblo español, la unidad misma de la Nación constituida en Estado social y
democrático de Derecho, y la propia supremacía de la Constitución". A esa
supremacía está sujeto también, recuerda la sentencia, el Parlament catalán.
La permanencia o no de Cataluña en el Estado no podría ser decidida,
advierte el titular, solo por Cataluña, sino por todos los ciudadanos de
España. "Lo contrario entrañaría, con la ruptura de la unidad de la
ciudadanía, la quiebra, en términos jurídico-constitucionales, de la Nación de
todos".
Reforma
Constitucional
El Constitucional recuerda que la Constitución puede ser reformada, pero
que esta revisión solo podrá hacerse de acuerdo a los procedimientos previstos
en ella y que pueden solicitar las Asambleas de las Comunidades Autónomas.
"Otra cosa supondría liberar al poder público de toda sujeción a Derecho,
con daño irreparable para la libertad de los ciudadanos", y eso es lo que
entiende la sentencia "que ha consumado el Parlamento de Cataluña",
que se ha situado "al margen del Derecho". De esta forma, dice,
"ha puesto en riesgo máximo, para todos los ciudadanos de Cataluña",
a los que ha dejado "a merced de un poder que dice no reconocer límite
alguno".
La sentencia es muy dura también con la tramitación parlamentaria de la
norma, aprobada mediante un "'procedimiento' inédito que concibió e impuso
a su conveniencia" y "en cuyo curso quedaban por entero a su arbitrio
las posibilidades de intervención y los derechos del resto de los grupos y
diputados". Se produjo, afirma el texto, la "supeditación y
consiguiente degradación de todo el derecho al imperio, fuera de norma alguna,
de la mayoría".
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