12 de diciembre de 2013

Policías privadas

EDITORIAL

Policías privadas

La ambigüedad de la nueva ley pone en riesgo la debida protección de los derechos fundamentales

Las funciones hasta ahora ejercidas por personal de seguridad privada —protección de instalaciones, escolta de personas— se amplían a los espacios públicos en virtud de una nueva ley. La seguridad privada no está reñida con la pública, pero sí necesitada de un cuidadoso encuadramiento. No es eso lo que se observa en el proyecto de ley, todavía pendiente del Senado, regulador de una materia que afecta al ejercicio de las libertades fundamentales.
En los términos del artículo 41, la protección privada seguirá ejerciéndose en urbanizaciones, polígonos industriales o acontecimientos deportivos, pero se extiende a zonas comerciales  peatonales “o cualquier otro evento de relevancia social que se desarrolle en vías o espacios públicos”, así como a “espacios o vías públicas en supuestos distintos de los previstos en este artículo”. La ambigüedad del texto deja abierta su aplicación a todo tipo de lugares —aunque no a conflictos políticos ni laborales—, con la caución de que es preciso un permiso previo para hacerlo y la obligación de poner a los detenidos a disposición de la fuerza pública. Los agentes privados no podrán interrogar a los detenidos, pero sí averiguar, comprobar o anotar "sus datos personales para su comunicación a las autoridades”.
La formación de un agente privado es menos exigente que la de la fuerza pública, y trabaja para empresas que, aun sometidas a trámites habilitantes, no implican un encuadramiento jerárquico similar al de las fuerzas de seguridad del Estado, autonómicas o locales. Hay que tener mucho cuidado con la calidad de la protección de los derechos fundamentales, porque si esta ya varía según sea la fuerza pública actuante, todavía más desigual puede ser la prestada por una diversidad de compañías. Al tiempo, la ley consagra una protección jurídica del agente privado “análoga a la de los agentes de la autoridad”, frente a “las agresiones o desobediencias” de que puedan ser víctimas.
Otro rompecabezas es la naturaleza de las funciones que desarrollan. Proteger una zona comercial de la pequeña delincuencia es una cosa; y otra, muy distinta, el desarrollo de actividades privadas de investigación que, como ha puesto de relieve el caso Método 3 (la agencia de detectives a la que Alicia Sánchez-Camacho, dirigente del PP catalán, ha perdonado el pinchazo de una de sus conversaciones) resultan muy difíciles de esclarecer.
El Gobierno se arriesga a hacer dejación de las funciones del Estado, al profundizar en la dualidad de seguridad de la población a proteger: por una parte, la que se paguen los ciudadanos, empresas o instituciones; por otra, la que pueda ejercer la autoridad pública con las fuerzas que dependen de ella o del poder judicial. La seguridad privada es un sector tan vasto como lucrativo y de potencialidad demostrada en otros países. Pero la decisión de generalizarla ha sido adoptada con un debate demasiado escaso e impreciso para dar un paso de tanto calado.

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