7 de julio de 2016

El Constitucional anula las estructuras de Estado catalanas por unanimidad

El Constitucional anula las estructuras de Estado catalanas por unanimidad

Los magistrados tumban los artículos de la ley aprobada por la Generalitat que preveían una Hacienda propia

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EL PAIS -  Madrid 7 JUL 2016 - 09:26 BRT
Fachada del Tribunal Constitucional , en Madrid.
Fachada del Tribunal Constitucional , en Madrid.  EFE

El Tribunal Constitucional ha anulado por unanimidad varios artículos de la ley con la que la Generalitat de Cataluña pretendía regular las estructuras de un futuro e hipotético Estado independiente. Entre los preceptos que los magistrados consideran inconstitucionales están las disposiciones y artículos que prevén la creación de un plan director de la Administración Tributaria de Cataluña; la elaboración de un catálogo de infraestructuras estratégicas; el plan director relativo a los sectores de la energía, las telecomunicaciones y los sistemas de información y del transporte ferroviario; la creación de un Servicio Meteorológico de Cataluña; y la limitación para el establecimiento de grandes establecimientos comerciales en puertos públicos.

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Según fuentes jurídicas, el tribunal sí declara constitucionales, siempre y cuando se interpreten como determina la sentencia acordada este jueves, las disposiciones que prevén la elaboración de un inventario del patrimonio de las administraciones públicas de Cataluña y la creación de una Agencia catalana de Protección social.

Tras dos días de pleno, los magistrados han llegado a un acuerdo unánime a partir del tercer borrador de la sentencia que había elaborado el juez Santiago Martínez Vares. La sentencia adoptada por el pleno del tribunal de garantías se notificará en los próximos días al Gobierno catalán y al Ejecutivo central, que fue quien la recurrió en junio de 2015 al considerar inconstitucionales algunos preceptos de esta ley por entender que estaban pensados para sentar "las bases" de un futuro Estado catalán independiente de España.

Los artículos que ahora ha anulado el Constitucional están suspendidos desde que en junio de 2015 el Constitucional admitió a trámite el recurso del Gobierno central contra la norma que las regulaba. La suspensión fue cautelar, pero el alto tribunal acabó haciéndola firme hasta que los magistrados se pronunciaran sobre el fondo del asunto, que es lo que han hecho en la sentencia acordada hoy


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