3 de junio de 2015

Los animales no son cosas

Los animales no son cosas

Un ensayo colectivo denuncia el anacrónico estatuto jurídico de los animales en España

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De izquierda a derecha, Teresa Giménez-Candela; Antonio Rovira, Joaquín Estefanía; Ignacio Polanco; Basilio Baltasar, Jesús Mosterín y Javier Sádaba, en la presentación del libro 'El Derecho de los animales'. / JULIÁN ROJAS
Para el Derecho español, los animales son cosas, meros bienes susceptibles de apropiación y de libre disposición por parte de sus propietarios. El libro El Derecho de los animales —un ensayo colectivo a cargo de filósofos, juristas y etólogos editado por Marcial Pons— cuestiona este anacrónico estatuto jurídico y pone sobre la mesa “una nueva frontera moral”: el respeto humano al resto de animales.
“Los intelectuales y científicos [...] que polemizan abiertamente a causa de la tauromaquia, la caza, los experimentos con animales en laboratorios, las granjas o los mataderos industriales son los que se preguntan si podemos dar indefinidamente un trato injusto, degradante o cruel a los animales”, reflexiona en el prólogo del libro el escritor Basilio Baltasar, director del área cultural de la Fundación Santillana.
El volumen, el tercero de la Biblioteca del Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ha sido presentado hoy en el Círculo de Bellas Artes de Madrid por varios de sus autores. En el acto participaron Ignacio Polanco, presidente de la Fundación Santillana y presidente de honor de PRISA —quien resaltó que el derecho de los animales “es un notable reto para nuestros pensadores"—; Joaquín Estefanía, director de la Cátedra de Estudios Iberoamericanos Jesús de Polanco, y Antonio Rovira, catedrático de Derecho constitucional en la Universidad Autónoma de Madrid y director de la colección.
Alemania, Austria, Suiza y Francia ya han cambiado la consideración legal de los animales como cosas
El libro constata una lenta “transformación cultural” en España. Las denuncias por casos de maltrato de perros aumentaron un 88% en 2013 respecto a 2008, según datos del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil. También se han dado pasos importantes en el terreno jurídico. La reforma del Código Penal en 2010 eliminó el requisito de “ensañamiento” del artículo 337 que tipifica el maltrato animal como delito. Hasta entonces, ahorcar a un galgo en un olivo o pegar un tiro a un gato eran casos que escapaban a la ley por considerarse sin saña.
"Hablar de los derechos de los animales tiene que ver con el progreso moral de la sociedad", manifestó Joaquín Estefanía en la presentación. Mientras que Antonio Rovira afirmó que "los animales no humanos deben ser bienes constitucionalmente protegidos".
En El Derecho de los animales, las abogadas Cristina Bécares y María González Lacabex instan a cambiar la consideración legal de los animales como cosas, un paso ya dado en Alemania, Austria, Suiza y Francia. Las juristas también denuncian que el Código Penal tipifica el maltrato animal únicamente cuando es “injustificado” o cuando se considera “cruel”.
La Constitución española no menciona el bienestar de los animales en ninguno de sus preceptos”, subraya el profesor Gabriel Doménech
Bécares y González Lacabex critican la diferente protección de los animales en función de la comunidad autónoma en la que se encuentren. En las Islas Canarias están permitidas las peleas de gallos, prohibidas expresamente en otras comunidades. Cataluña es la única región que prohíbe absolutamente sacrificar a los animales rescatados y albergados en refugios, mientras que en la Comunidad de Madrid se puede suministrar una inyección letal al animal si no es adoptado en 10 días.
En Extremadura, continúan las abogadas, se permite matar a un cerdo en el domicilio para consumo propio. Y las corridas de toros y otros espectáculos taurinos quedan excluidos de todas las leyes autonómicas de protección animal excepto en Cataluña y las Islas Canarias.
“La Constitución española no menciona el bienestar de los animales en ninguno de sus preceptos”, subraya Gabriel Doménech, profesor de Derecho administrativo de la Universidad de Valencia. En esta situación, el bienestar animal colisiona con varios derechos reconocidos en la Constitución, como la libertad religiosa, empresarial, científica y el derecho a la propiedad privada. Así, en aras de la libertad religiosa, un musulmán o un judío pueden degollar un animal saltándose la legislación española que exige que un animal sea aturdido antes de su sacrificio.
Doménech sugiere modificar la Constitución para introducir el bienestar animal, como hizo Alemania con su Ley Fundamental. “Pero la realidad es que esta es una puerta prácticamente imposible de abrir en nuestro país, principalmente porque aquí existe un verdadero horror a cambiar un texto que se considera poco menos que sagrado”, lamenta. La Ley Fundamental alemana, “en poco más de medio siglo de vigencia, ha experimentado 51 reformas, algunas muy sustanciales, mientras que la española, en la mitad de tiempo, solo se ha visto alterada levemente en un par de ocasiones”, remacha el profesor.
El físico y divulgador de la ciencia Jorge Wagensberg, sin embargo, se muestra optimista en el libro: “La compasión que inicialmente afectaba solo a uno mismo o a la familia se ha ido extendiendo y hoy está alcanzando a los animales. El concepto prójimo está a punto de aceptarlos, como en otros tiempos aceptó a otras etnias, a otras clases sociales o a la mujer. Levanto mi copa por ello”.

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