3 de agosto de 2012

¿Quién tiene derecho a la tarjeta sanitaria?


SOCIEDAD / ELIMINADA LA DECLARACIÓN DE POBREZA

¿Quién tiene derecho a la tarjetasanitaria?

El Consejo de Ministros da luz verde al decreto ley que regula el aseguramiento sanitario en España

ABC - Día 03/08/2012 - 15.41h
El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno al nuevo decreto ley que regula el aseguramiento sanitario, es decir quién tiene derecho en España a tener tarjeta sanitaria y a ser atendido en los centros sanitarios públicos sean ciudadanos españoles o extranjeros. El decreto era necesariodespués de la reforma sanitaria aprobada en abril y con la que el Gobierno restringía el acceso a los inmigrantes ilegales y ponía coto al turismo sanitario.
Esa reforma establecía que a partir del 1 de septiembre los inmigrante «sin papeles» solo podrían tener acceso a una atención básica (urgencias, partos, programas de salud pública, atención de menores...). La idea era que la sanidad era solo para quien cotizara, lo que dejaba en el limbo legal y sin cobertura sanitaria a muchos ciudadanos españoles: mayores de 26 años sin trabajo que perdían la cobertura sanitaria de sus padres, separados o divorciados sin una remuneración o rentistas y órdenes religiosas que nunca habían cotizado. El decreto aclara esas situaciones y establece un límite económico de cien mil euros, la renta anual máxima que se exigirá a los que no coticen para tener acceso a la tarjeta. Con esta norma, todos los españoles tendrán asistencia sanitaria siendo titulares de su tarjeta. «Hoy hemos dado un paso de gigante hacia la universalidad real de la sanidad», aseguró la ministra de Sanidad, Ana Mato, al término del Consejo de Ministros.
¿Todos los españoles tendrán derecho a sanidad gratuita?
Sí, tanto los españoles como los extranjeros con residencia legal en España, estén en activo o en situación de desempleo. Los requisitos son: ser trabajador por cuenta ajena o propia, afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada; ser pensionista de la Seguridad Social o recibir la prestación por desempleo o haberla agotado. El decreto unifica en una única norma el procedimiento para reconocer la condición de asegurado mediamente la expedición de la tarjeta sanitaria individual.
¿Y los ciudadanos que no coticen y sean residentes legales?
Los rentistas, estudiantes o mayores de 26 años sin empleo, miembros de órdenes religiosas o ciertos colectivos como arquitectos y abogados también tendrán la condición de asegurados. No tendrán que hacer una declaración de pobreza para acceder a la tarjeta como sucedía ahora. Aunque se les pone un requisito: ingresar menos de 100.000 euros al año. Solo se exigirá haber cotizado a quienes ganen más de esa cantidad anual. Todo el que ingrese menos de esa cifra y esté en situación legal (español o extranjero) tendrá derecho a la tarjeta sanitaria. Por ejemplo, un ciudadano español que no haya cotizado nunca y tenga unos ingresos superiores a los cien mil euros, aunque pague sus impuestos, no tendrá derecho a asistencia sanitaria gratuita. O deberá hacerse un seguro médico privado o pagar de su bolsillo la atención recibida en un hospital público.
¿Qué ocurrirá con los divorciados y separados que dependan de la tarjeta de su anterior pareja?
Ellos y sus hijos mantienen su derecho a la asistencia sanitaria con un documento propio. Los hijos menores de 26 años (los mayores deberán pedir tarjeta propia y justificar la ausencia de ingresos) seguirán en la tarjeta de sus padres y también los hijos mayores con una discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 65 por ciento. También tendrán derecho los menores legalmente acogidos por una persona asegurada, por su cónyuge o pareja de hecho, así como por su ex cónyuge si el acogimiento se hubiese producido antes del divorcio.
¿A los extranjeros les bastará con comprarse una casa para acceder a una sanidad gratuita?
No. La norma establece los mecanismos para acabar con el «turismo sanitario» y el uso fraudulento de los servicios de salud de los ciudadanos extranjeros, la mayoría procedentes de países europeos ricos. Cuando residan en España deberán demostrar que no son una carga para nuestro país y no se sufragará la asistencia sanitaria de los europeos que ya la tienen cubierta en su país, bien por sus instituciones de seguridad social en los países de orgien, bien por sus seguros privados. Se les prestará la misma atención y se les exigirá los mismos requisitos que se les exige a los españoles cuando se trasladan a otro país de la Unión Europea. El Gobierno estima que ahorrará unos mil millones de euros al año con estas medidas.
¿Si ya tengo tarjeta individual tengo que cambiarla?
Los que ya tengan su tarjeta sanitaria propia no tendrán que hacer ningún cambio. Por ejemplo, estudiantes que ahora alcanzan los 26 años tendrán que tramitar la tarjeta para no perder el acceso a la sanidad universal, sin tener que hacer una declaración de pobreza o ausencia de ingresos.
¿Dónde se tramita?
El procedimiento para el reconocimiento de la condición de asegurado o beneficiario se tramitará y resolverá por el Instituto Nacional de la Seguridad Social o, en su caso, por el Instituto Social de la Marina, indica el Ministerio de Sanidad en una nota. En la mayoría de los casos (trabajadores por cuenta propia o ajena, pensionistas, desempleados) el reconocimiento se hará de forma automática. Para los restantes supuestos deberá presentarse una solicitud debiendo resolverse y notificarse al interesado en el plazo de 30 días.
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fija en cien mil euros de renta el límite para tener tarjeta sanitaria
Un decreto elimina la declaración de pobreza para acceder a la asistencia sin cotizar
MADRID - Los ciudadanos españoles que no coticen a la Seguridad Social ya no tendrán que declararse pobres de solemnidad para acceder a la sanidad pública. El Gobierno ha redactado un proyecto de real decreto por el que regula la condición de asegurado y de beneficiario y clarifica el limbo legal en el que quedaban mayores de 26 años sin trabajo que perdían la cobertura sanitaria de sus padres o divorciados sin una remuneración.
La ministra de Sanidad, Ana Mato, había garantizado que ningún ciudadano español se quedaría sin asistencia sanitaria tras las dudas que despertaba el decreto ley de los recortes sanitarios. Ahora un nuevo real decreto, que desarrolla la norma anterior, despeja todas las dudas. Los inmigrantes ilegales solo tendrán derecho a la asistencia básica, como ya se había anunciado. La principal novedad es que los españoles que no coticen no tendrán que declararse pobres de solemnidad.
Declaración de IRPF
Desaparece esta figura, pero sí se fija un límite de ingresos de 100.000 euros para tener acceso a la tarjeta sani-taria. En esos ingresos se tendrá en cuenta «la totalidad de los rendimientos del trabajo, del capital, de actividades económicas y ganancias patrimoniales», reza el proyecto de real decreto al que ha tenido acceso AB C. Los que superen esa cantidad, como por ejemplo los rentistas, aunque paguen impuestos, si no cotizan a la Seguridad Social no tendrán derecho a la tarjeta sanitaria. Podrán acceder a la Sanidad pública, pero pagando de su bolsillo. Otra posibilidad es que suscriban un seguro privado.
Los que ganan menos de 100.000 euros al año y ni coticen tendrán derecho a la asistencia sanitaria gratuita. Por ejemplo, estudiantes mayores de 26 años. Los que ya tengan una tarjeta sanitaria propia no tendrán que hacer ningún cambio. El resto tendrán que tramitarla para no perder el acceso a la sanidad universal, sin tener que hacer una declaración de pobreza o ausencia de ingresos.
El anteproyecto detalla todos los casos en los que se asegura la cobertura sanitaria pública, aunque no se cotice a la Seguridad Social. Por ejemplo, ser cónyuge de la persona asegurada o «convivir con ella constituyendo una pareja de hecho debidamente inscrita en el registro correspondiente». También tendrán derecho a tarjeta los hombres y mujeres separados
«con derecho a percibir una pensión compensatoria». Los hijos menores de 26 años (los mayores deberán pedir tarjeta propia yjustificar la ausencia de ingresos) seguirán en la tarjeta de sus padres y también los mayores con una discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 65 por ciento. También tendrán derecho los menores legalmente acogidos por una persona asegurada, por su cónyuge o pareja de hecho, así como por su ex
cónyuge si el acogimiento se hubiese producido antes del divorcio.
Abuso extranjero
En el proyecto no cambia la situación ya anunciada para los inmigrantes«sin papeles» a los que se reserva la asistencia básica. Sobre los extranjeros de la Unión Europea, se cita el abuso que hacen algunos y se pide que «no se conviertan en una carga excesiva para la asistencia social en nuestro país».

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