La Audiencia Nacional no ve delito en la pitada al himno en la final de Copa
El juez archiva la causa argumentando que la
Fiscalía no consideró delito los mismos hechos producidos en la final
de 2009 en el estadio de Mestalla

La Audiencia Nacional no ve delito en la pitada al himno
que se produjo en el Camp Nou el pasado 30 de mayo durante la final de
la Copa del Rey entre el Barça y el Athletic Club de Bilbao y ordena el
archivo de la causa.
El juez Fernando Andreu considera que los hechos denunciados por el Colectivo Manos Limpias «no son constitutivos de infracción penal», pese a que la Fiscalía había considerado que la pitada podía suponer un delito de injurias al Rey y a los símbolos o emblemas de España.
El magistrado basa su decisión de archivar la causa argumentando que en 2009 se dio lugar un hecho similar, la pitada al himno en el estadio de Mestalla en Valencia, también durante la final de la Copa del Rey, y que en ese momento la Fiscalía no vio ningún indicio de delito, por lo que el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz lo archivó.
Debido a la similitud entre ambos casos, el juez Andreu considera que son «íntegramente aplicables los razonamientos entonces expuestos» por la Fiscalía, en los que se consideraba que «la libertad de expresión es la piedra angular de los principios de la democracia».
El juez Fernando Andreu considera que los hechos denunciados por el Colectivo Manos Limpias «no son constitutivos de infracción penal», pese a que la Fiscalía había considerado que la pitada podía suponer un delito de injurias al Rey y a los símbolos o emblemas de España.
El magistrado basa su decisión de archivar la causa argumentando que en 2009 se dio lugar un hecho similar, la pitada al himno en el estadio de Mestalla en Valencia, también durante la final de la Copa del Rey, y que en ese momento la Fiscalía no vio ningún indicio de delito, por lo que el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz lo archivó.
Debido a la similitud entre ambos casos, el juez Andreu considera que son «íntegramente aplicables los razonamientos entonces expuestos» por la Fiscalía, en los que se consideraba que «la libertad de expresión es la piedra angular de los principios de la democracia».
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